Modifican reglamentos para preparación y presentación de memorias anuales y de oferta pública primaria y venta de valores mobiliarios

Fecha de publicación31 Diciembre 1999
Fecha de disposición31 Diciembre 1999
Pág. 182267
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 31 de diciembre de 1999
Que, adicionalmente, en la oportunidad que se apro-
bó la estructura tarifaria vigente hasta el 31 de diciem-
bre del presente año, el Directorio de CONASEV dispu-
so que a más tardar el 31 de diciembre de 1999, CAVA-
LI ICLV S.A. debería haber cumplido con ciertos requi-
sitos previstos en un cronograma preestablecido, orien-
tado a la adecuación al marco legal del Reglamento de
Instituciones de Compensación y Liquidación de Valo-
res, aprobado por Resolución CONASEV Nº 070-99-EF/
94.10;
Que, CAVALI ICLV S.A. ha solicitado a CONASEV
la prórroga de la vigencia de la actual estructura tarifa-
ria cuyo vencimiento se produce el 31 de diciembre del
año en curso, comprometiéndose a cumplir los requisi-
tos pendientes en un plazo determinado de acuerdo al
Oficio PRE.106.99;
Que la solicitud planteada por CAVALI ICLV S.A.
resulta atendible máxime si se tiene en cuenta la proximi-
dad de la finalización de la vigencia de la actual estructura
tarifaria; y,
Estando a lo dispuesto por el Artículo 2º inciso a) y el
Artículo 11º inciso b) del Texto Unico Concordado de la Ley
Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº
26126, y Artículo 7º de la Ley del Mercado de Valores,
Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo acordado por el
Directorio de esta Comisión Nacional reunido en sesión de
fecha 28 diciembre de 1999;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Prorrogar la vigencia de las tarifas apro-
badas mediante Resolución CONASEV Nº 070-99-EF/94.10
desde el 1 de enero del año 2000.
Artículo 2º.- La vigencia de las tarifas a que se refiere
el artículo anterior finalizará en la oportunidad que se
apruebe la nueva estructura tarifaria presentada por CA-
VALI ICLV S.A.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a CA-
VALI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE DIAZ ORTEGA
Presidente
16279
Modifican reglamentos para prepara-
ción y presentación de memorias anua-
les y de oferta pública primaria y venta
de valores mobiliarios
RESOLUCION CONASEV
Nº 119-99-EF/94.10
Lima, 29 de diciembre de 1999
VISTO:
El Informe Nº 087-99-EF/94.50 presentado por la Ge-
rencia de Emisores y Empresas, con opinión favorable de la
Gerencia General.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/
94.10, se aprobó el Reglamento de Preparación y Presenta-
ción de Memorias Anuales y Reportes Trimestrales, esta-
bleciéndose los términos bajo los cuales las entidades emi-
soras de valores deben cumplir con preparar y presentar
dichos documentos al Registro Público del Mercado de
Valores de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas
y Valores, para su posterior difusión a los participantes del
mercado;
Que, es objetivo de la Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores diseñar un marco normativo moderno
y eficiente que regule el mercado de valores a través de la
estrecha interacción entre los agentes que actúan en éste y
el organismo regulador;
Que, se ha considerado conveniente establecer que los
emisores con valores y programas inscritos en el Registro
Público del Mercado de Valores, puedan preparar optativa-
mente la memoria anual de conformidad con el Artículo
aquella norma que se exige de acuerdo a las disposiciones
legales que rigen a la entidad emisora;
Que, con la finalidad de mantener el nivel de transpa-
rencia de las transacciones que se lleven a cabo en el
mercado de valores, se ha considerado necesario requerir a
aquellos emisores que se acojan a la referida opción la
presentación de un documento de información anual que
incorpore de manera sistemática la información referida a
la empresa; y,
Estando a lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 2º y el
inciso b) del Artículo 11º del Texto Unico Concordado de la
Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126,
así como a lo acordado en Sesión de Directorio de fecha 13
de diciembre de 1999;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sustituir el tercer párrafo del Artículo 1º
del Reglamento para la Preparación y Presentación de
Memorias Anuales, aprobado mediante Resolución CONA-
SEV Nº 141-98-EF/94.10, por los siguientes párrafos:
"Opcionalmente, las entidades emisoras que cuenten con
valores o programas inscritos en el Registro Público del
Mercado de Valores podrán presentar a CONASEV y a la
entidad responsable de la conducción del mecanismo cen-
tralizado de negociación donde se transen sus valores, la
Memoria Anual elaborada de conformidad con el Artículo
acuerdo a las disposiciones legales que rigen a la entidad
emisora.
En el caso señalado en el párrafo anterior, las entida-
des emisoras deberán presentar adicionalmente el Do-
cumento de Información Anual, cuyo contenido es el
mismo que se establece en el Manual para la prepara-
ción de Memorias Anuales y otros Documentos Informa-
tivos, aprobado por la Resolución Gerencia General Nº
211-98-EF/94.11, o norma que lo sustituya. Asimismo,
las entidades emisoras deberán entregar a los accionis-
tas el Documento de Información Anual, al menos en la
misma forma y oportunidad en que sea entregada la
Memoria Anual.
El Documento de Información Anual deberá ser presen-
tado a más tardar conjuntamente con la Memoria Anual.
Asimismo, se deberá señalar en la primera página de la
Memoria Anual respectiva que se ha procedido conforme a
la referida opción.
La presentación de la Memoria Anual y del Documento
de Información Anual no es exigible para el Gobierno
Central, el Banco Central de Reserva del Perú, para gobier-
nos extranjeros así como en los otros supuestos que deter-
mine CONASEV en función a las características particula-
res del valor inscrito."
Artículo 2º.- Adicionar como segundo párrafo del Artí-
culo 3º del Reglamento para la Preparación y Presentación
de Memorias Anuales, aprobado mediante Resolución CO-
NASEV Nº 141-98-EF/94.10, el siguiente texto:
"El Documento de Información Anual, deberá ser elabo-
rado por el mismo órgano encargado de la preparación de la
Memoria Anual."
Artículo 3º.- Incorporar como tercer párrafo del
Artículo 18º del Reglamento de Oferta Pública Primaria
y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolu-
ción CONASEV Nº Nº 141-98-EF/94.10, referido a los
documentos a incorporar por referencia, el siguiente
texto:
"Asimismo, en el caso que las entidades emisoras se
acojan a la opción establecida en el tercer párrafo del
Artículo 1º del Reglamento para la Preparación y Presenta-
ción de Memorias Anuales, podrán incorporar por referen-
cia el Documento de Información Anual."
Artículo 4º.- En el caso que las entidades emisoras se
acojan a la opción señalada en el tercer párrafo del Artículo
1º del Reglamento para la Preparación y Presentación de
Memorias Anuales, entiéndase que toda referencia efectua-
da a la Memoria Anual en el tercer párrafo del Artículo 3º,
en los Artículos 4º, 5º, en la parte final del Artículo 6º y en
la Segunda Disposición Final del referido Reglamento,
comprende adicionalmente al Documento de Información
Anual.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR