ORDENANZA Nº 011-2008-CR/GOB.REG.TACNA - Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna

Fecha de publicación22 Junio 2008
Fecha de disposición22 Junio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 22 de junio de 2008
374576
publicará mensualmente en el Diario Of‌i cial El Peruano, por
una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos
hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación
de la Dirección Regional de Energía y Minas y de la Unidad
Técnico Normativo del Gobierno Regional de Apurímac;
Que, por Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/
DM, publicada con fecha 18 de noviembre del 2006, se
declaró que el Gobierno Regional de Apurímac, concluyó
el proceso de transferencia de funciones sectoriales en
materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de
esa fecha para el ejercicio de la misma;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el
artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;
De conformidad con la atribución establecida en el
inciso f) del artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, aprobada por Ley Nº 27867 y asumiendo su
competencia el Gobierno Regional de Apurímac:
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese en el Diario Of‌i cial El
Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de julio 2007, abril y mayo del 2008,
de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de
la presente resolución y para los efectos a que se contraen
24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese y publíquese.
RODOLFO ANDRÉS MATTOS OJEDA
Director Regional de Energía y Minas
Gobierno Regional de Apurímac
216013-1
GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Aprueban el Reglamento Interno del
Consejo Regional de Tacna
ORDENANZA REGIONAL
Nº 011-2008-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha veintiuno de mayo del año dos mil ocho, en Sesión
Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Estado, prescribe que “Los Gobiernos Regionales, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia”;
Orgánica de Gobiernos Regionales establece como una
de las atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar su
Reglamento Interno”;
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus
atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido
y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y 37 literal a)
y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, y el artículo 38 del Reglamento Interno del
Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria de
la fecha, ha aprobado la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno
del Consejo Regional de Tacna, el mismo que consta
de: Título Preliminar, 60 (sesenta) artículos, 3 (tres)
Disposiciones Transitorias y 1 (una) Disposición Final y
que como anexo forma parte de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto las demás
normas y disposiciones legales que se opongan a la
presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente
Ordenanza Regional en el diario of‌i cial “El Peruano” y en
el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día veintiuno de Mayo del año
dos mil ocho.
JUAN VARGAS GOMEZ
Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notif‌i que, difunda y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, al
día veintitrés de mayo del año dos mil ocho.
HUGO ORDOÑEZ SALAZAR
Presidente del Gobierno Regional de Tacna
216363-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Establecen conformidad de resolución
expedida por la Municipalidad Distrital
de Puente Piedra que resuelve aprobar
proyecto de habilitación urbana nueva
de terreno
RESOLUCIÓN N° 113-2008-MML-GDU-SPHU
Lima, 22 de abril de 2008
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y
HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Codif‌i cado Nº 41279-2008, mediante el cual la
Municipalidad Distrital de Puente Piedra, remite los actuados
administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Nº 154-
2008/GDU-MDPP, de fecha 26 de marzo del 2008, aprobando
el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva con Celebración
de Contratos de Compraventa Garantizada, solicitada por
COMPAÑÍA INMOBILIARIA PROMOTORA Y CONSTRUCTORA
PACÍFICO S.A.C., debidamente representada por su Gerente
General señor Moisés Barrientos Gutiérrez ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 154-2008/
GDU-MDPP, de fecha 26 de marzo del 2008 (fs. 68 al 71),
expedida por la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, se
resuelve Aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana Nueva
denominado “URBANIZACIÓN EL SAUCE I”, con Celebración
de Contratos de Compraventa Garantizada, para Uso
Residencial de Densidad Media R-4, de conformidad con el
plano signado con el Nº 004-2008/MDPP-GDU-SGOPHU-HU,
del terreno rústico sin nombre de 9,020.00 m², ubicado frente
al Pasaje Santa Rosa Tramo 1-4, distrito de Puente Piedra,
provincia y departamento de Lima, solicitada por la COMPAÑÍA
INMOBILIARIA PROMOTORA Y CONSTRUCTORA
PACÍFICO S.A.C., debidamente representada por su Gerente
General señor Moisés Barrientos Gutiérrez;
Que, con Informe Nº 123-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de
fecha 18 de abril del 2008 (fs. 79 al 81), la División de Revisión
de Diseño de esta Subgerencia manif‌i esta, que la presente
Habilitación Urbana Nueva denominado “URBANIZACIÓN
EL SAUCE I”, con Celebración de Contratos de Compraventa
Garantizada, para Uso Residencial de Densidad Media R-
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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