DECRETO SUPREMO N° 026-2013-RE - Ratifican el Anexo III Acuerdo Administrativo reglamentario del Convenio de Aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay

Fecha de publicación19 Junio 2013
Fecha de disposición19 Junio 2013
El Peruano
Miércoles 19 de junio de 2013 497479
Autorizan viaje del Director de la
Oficina Central Nacional INTERPOL -
Lima a Curazao - Antillas, en comisión
de servicios.
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 057-2013-IN
Lima, 18 de junio de 2013
VISTO, el mensaje N/Referencia: OIPC-INTERPOL Nº
2013/14/NCB/AME/ARC del 24 de abril de 2013, suscrito
por el señor Jean-Michel LOUBOUTIN, Director Ejecutivo
de Servicios Policiales de la Organización Internacional de
Policía Criminal – INTERPOL, mediante el cual se hace
conocer que del 1 al 3 de julio de 2013, se realizará en el
World Trade Centre de Curazao – Antillas Holandesas, la
“22ª Conferencia Regional de las Américas”.
CONSIDERANDO:
Que, la Organización Internacional de Policía
Criminal – INTERPOL, fue creada en 1923 y cuenta en
la actualidad con ciento noventa (190) países miembros,
siendo su principal objetivo el facilitar la cooperación
policial trasfronteriza, prestando apoyo y ayuda a todas
las organizaciones, autoridades y servicios que tienen
como f‌i n prevenir o combatir la delincuencia internacional;
en tal sentido realiza asambleas, conferencias regionales,
seminarios, coloquios, entre otros;
Que, la Of‌i cina Central Nacional – INTERPOL – Lima,
es el órgano operativo que en representación de la Policía
Nacional del Perú, tiene como f‌i n coordinar, promover y
ejecutar la cooperación policial recíproca a nivel internacional,
para la lucha contra la delincuencia común, dentro del marco
de respeto a los tratados, a los convenios internacionales,
a los derechos humanos, al estatuto y reglamentos de la
Organización Internacional de Policía Criminal – INTERPOL,
las leyes internacionales y peruanas;
Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 152-2013-
DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 22 de mayo de 2013, el
Estado Mayor Personal de la Dirección General de la
Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el
General de Policía Director General de la Policía Nacional
del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del
servicio del Coronel de Armas de la Policía Nacional del
Perú Luis Octavio BISSO PUN, Director de la Of‌i cina
Central Nacional INTERPOL – Lima, del 30 de junio al 4
julio de 2013, a f‌i n de que participe en la “22ª Conferencia
Regional de las Américas”, a desarrollarse en el World
Trade Centre de Curazao – Antillas Holandesas;
Que, con Memorándum Múltiple Nº 799-2013-
DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 27 de mayo de 2013, el
General de Policía Director General de la Policía Nacional
del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución
autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio
del Of‌i cial Superior de Armas de la Policía Nacional del
Perú antes indicado; siendo sufragados los gastos por
concepto de viáticos y los pasajes aéreos, incluyendo la
tarifa única de uso de aeropuerto para el personal policial,
por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007-Ministerio del Interior;
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, modif‌i cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM,
que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
establece que la resolución de autorización de viajes al
exterior de la república estrictamente necesarios, será
debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés
específ‌i co de la institución y deberá indicar expresamente el
motivo del viaje, el número de días de duración del viaje,
el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el
impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;
Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º
de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al extranjero
de servidores o funcionarios públicos y representantes
del Estado, establece que el requerimiento de excepción
adicionales a las señaladas en los literales del artículo en
mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo
deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo
de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la
misma que es publicada en el diario of‌i cial “El Peruano”; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modif‌i cado con Decreto
Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2013; el Decreto
Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones
del Ministerio del Interior, el Reglamento Organización y
Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante
Decreto Supremo N° 002-2012-IN y el Decreto Legislativo
N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en
comisión del servicio, del Coronel de Armas de la Policía
Nacional del Perú Luis Octavio BISSO PUN, Director de
la Of‌i cina Central Nacional INTERPOL – Lima, del 30 de
junio al 4 julio de 2013, a f‌i n de que participe en la “22ª
Conferencia Regional de las Américas”, a desarrollarse en
el World Trade Centre de Curazao – Antillas Holandesas.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y
pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de
aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia
en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la
Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas
de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007 - Ministerio
del Interior, de acuerdo al detalle siguiente:
Importe Días Personas T/C Total S/.
Viáticos US$ 240.00 3 X 1 = 720.00 2.645 1,904.40
Pasajes aéreos US$ 1,388.64 X 1 = 1,388.64 2.645 3,672.95
5,577.35
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el Of‌i cial Superior de Armas de la
Policía Nacional del Perú designado, deberá presentar
ante el titular del Sector un informe detallado describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante
el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas
debidamente documentada.
Artículo 4.- La presente resolución suprema no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos
de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente resolución suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
952142-6
RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el Anexo III Acuerdo
Administrativo reglamentario del
Convenio de Aplicación del Convenio
Iberoamericano de Seguridad Social
entre la República del Perú y la
República Oriental del Uruguay
DECRETO SUPREMO
Nº 026-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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