DECRETO SUPREMO N° 033-2011-EF - Aprueban normas reglamentarias de la Ley N° 29637, Ley que regula los Bonos Hipotecarios Cubiertos

Fecha de publicación02 Marzo 2011
Fecha de disposición02 Marzo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 2 de marzo de 2011 438083
la cual precisa la adecuación orgánica y funcional del
Ministerio de Defensa, señala que la Dirección Técnica
de Administración adquiere la denominación de Dirección
General de Gestión Administrativa para la Defensa;
Que, por su parte el artículo 74º del Reglamento de
Organización y Funciones aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 001-2008-DE de fecha 03 de enero de 2008,
establece la estructura orgánica de la Dirección General
de Gestión Administrativa para la Defensa, creando la
Dirección de Logística;
Que, la nueva Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Defensa - Ley Nº 29605 del 22 de octubre de
2010, mantiene su actual estructura;
Que, mediante documento de vista, la referida
funcionaria ha presentado su renuncia a dicho cargo,
por lo que resulta pertinente emitir la resolución
correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444,
- Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos,
la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 001-
2008-DE, mediante el cual se aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aceptar la renuncia, con efectividad
al 01 de marzo de 2011, a la ingeniera Siboney Muñoz
Toia, en el cargo de Directora de Logística del Ministerio
de Defensa, agradeciéndole por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME THORNE LEÓN
Ministro de Defensa
608677-2
Designan funcionaria responsable de la
elaboración y actualización del Portal
de Transparencia de CONIDA
COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO AEROESPACIAL
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 012-2011-JEINS-CONIDA
Lima, 19 de enero de 2011
El Jefe Institucional de la Comisión Nacional de
Investigación y Desarrollo Aeroespacial-CONIDA;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º del Texto
Único Ordenado de la referida Ley Nº 27806, corresponde
a cada entidad pública, la difusión de información
institucional referida a sus funciones, organización,
personal, procedimientos a su cargo, presupuesto
adquisiciones de bienes y servicios, entre otros aspectos
de interés público;
Que, el artículo 4º del Reglamento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado
designación del funcionario responsable de entregar la
información y del funcionario responsable de la elaboración
y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución
de la máxima autoridad de la Entidad y será publicado
en el Diario Of‌i cial El Peruano, adicionalmente la Entidad
colocará copia de la resolución en un lugar visible en cada
una de sus sedes administrativas;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 021-2010-
JEINS-CONIDA de fecha 29 de enero de 2010 se designa
al Ing. Gustavo Adolfo Henríquez Camacho, Secretario
General, como el funcionario responsable de brindar la
información solicitada en aplicación del artículo 3° del Texto
Único Ordenado de la Ley 27806 – Ley de Transparencia
y Acceso a la Información Pública y al CAP. FAP Fernando
Joel Diaz Salinas, Director Técnico de Estudios Espaciales
como funcionario responsable de la implementación y
actualización del Portal de Transparencia de la CONIDA;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 005-2011-
JEINS-CONIDA de fecha 13 de enero de 2011, se da por
concluido con ef‌i cacia anticipada a partir del 01 de enero
de 2011, el encargo de Director Técnico de Estudios
Espaciales al CAP. FAP Fernando Joel Diaz Salinas;
Que, en ese sentido corresponde designar al nuevo
funcionario responsable de elaborar y actualizar en el
Portal de Transparencia de la institución;
Que, a mérito a lo establecido en el numeral 1º del artículo
17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General, la autoridad administrativa podrá disponer en el
mismo acto administrativo que tenga ef‌i cacia anticipada a
su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados,
y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses
de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera
en la fecha a la que pretenda retrotraerse la ef‌i cacia del acto el
supuesto de hecho justif‌i cativo para su adopción;
De conformidad con el Decreto Supremo N° 043-2003-
PCM y su Reglamento así como demás normas legales
concordantes y conexas;
Estando a lo informado por el Director de Administración
General, a lo opinado por la Asesora Jurídica y a lo
acordado con el Jefe Institucional;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto con ef‌i cacia
anticipada a partir del 01 de enero de 2011, la designación
del CAP. FAP Fernando Joel Diaz Salinas, como
responsable de la elaboración y actualización del Portal de
Transparencia de la Comisión Nacional de Investigación y
Desarrollo Aeroespacial-CONIDA.
Artículo Segundo.- Designar con ef‌i cacia anticipada
a partir del 01 de enero de 2011 a la abogada Julia Rosa
Reyes Larraín, Directora de Asesoría Jurídica como
responsable de la elaboración y actualización del Portal de
Transparencia de la Comisión Nacional de Investigación y
Desarrollo Aeroespacial-CONIDA.
Artículo Tercero.- Déjese sin efecto el articulo
segundo de la Resolución Jefatural Nº 021-2010-JEINS-
CONIDA de fecha 29 de enero de 2010.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución deberá
ser publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el Portal
de Transparencia de la CONIDA y una copia debe ser
colocada en un lugar visible de la Entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN F. ENRIQUE PASCO BARRIGA
Jefe Institucional - CONIDA
608183-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban normas reglamentarias de la
Ley N° 29637, Ley que regula los Bonos
Hipotecarios Cubiertos
DECRETO SUPREMO
N° 033-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29637, Ley que regula
los Bonos Hipotecarios Cubiertos, se crean los Bonos
Hipotecarios Cubiertos, def‌i niéndose éstos como los
valores mobiliarios que conf‌i eren a su titular derechos
crediticios respaldados con Activos de Respaldo;

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