DECRETO SUPREMO N° 200-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Ministerio de Educación, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para la implementación de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial

Fecha de disposición10 Noviembre 2011
Fecha de publicación10 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 10 de noviembre de 2011
453096
A LA: En Nuevos Soles
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Locales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
SUBTOTAL 487 132 839,00
============
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGO : Municipalidad Distrital de Olmos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
SUBTOTAL 740 761,00
============
TOTAL EGRESOS 487 873 600,00
============
1.2 Los pliegos habilitados señalados en el Anexo Nº
1 del presente Decreto, así como la Municipalidad Distrital
de Olmos, de la provincia y departamento de Lambayeque,
incorporarán los citados recursos en la fuente de
f‌i nanciamiento Recursos Determinados, conforme lo
dispone el artículo 2º de la Ley Nº 29332, y sujetándose a
lo establecido en el artículo 2º de la presente norma.
Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación
institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la
presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel
funcional programático, dentro de los cinco (05) días
calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida, dentro de los cinco
(05) días de aprobada, a los organismos señalados en
el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces de los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran como
consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto
Supremo.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo,
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Del plazo para la transferencia de
recursos
Los recursos a los que se hace referencia en el
artículo 1º del presente Decreto Supremo, se transf‌i eren
a los Gobiernos Locales detallados en el Anexo Nº 1 que
forma parte integrante del presente dispositivo legal, en el
mes de noviembre del presente año f‌i scal.
Artículo 5º.- Publicación
El Anexo que contiene la relación de los Gobiernos
Locales a los cuales se destinarán los recursos autorizados
en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, se publica en
el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas
(www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la
presente norma en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve
días del mes de noviembre del año dos mil once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Encargado del Despacho del Ministerio de
Economía y Finanzas
714507-4
Autorizan Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2011 a favor del
Ministerio de Educación, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, para
la implementación de la Ley N° 29062,
Ley que modifica la Ley del Profesorado
en lo referido a la Carrera Pública
Magisterial
DECRETO SUPREMO
N° 200-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
f‌i ja el monto de la Remuneración Integra Mensual-RIM
correspondiente al Primer (I) Nivel Magisterial dispuesto por
la Ley Nº 29062, Ley que modif‌i ca la Ley del Profesorado
en lo referido a la Carrera Pública Magisterial;
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 422-
2010-ED y Nº 127-2011-ED, se convocó la realización de la
Primera y Segunda Fase del “Programa de Incorporación
a la Carrera Pública Magisterial para Profesores con
Título Pedagógico de las Áreas de Gestión Pedagógica
e Institucional”, que están nombrados según el régimen
de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, modif‌i cada por
la Ley Nº 25212, el cual se lleva a cabo de acuerdo a
lo establecido por la Resolución Ministerial Nº 0131-
2010-ED, y que tuvo como resultado la incorporación
de 5,854 docentes, con información actualizada en el
Módulo de Gestión de Recursos Humanos, a los niveles
II, III, IV y V de la Carrera Pública Magisterial, cuyo pago
de remuneración diferencial debe efectuarse a partir
del mes de Julio de 2011, con un costo ascendente a
VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE
MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 27 917 668,00);
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 423-
2010-ED, se convocó a concurso público para el
nombramiento de profesores en el Área de Gestión
Pedagógica bajo el régimen de la Ley Nº 29062, en
plazas orgánicas presupuestadas de Educación Básica
y Técnico Productiva, vacantes al 20 de enero de 2011,
habiendo ingresado por nombramiento 3,091 docentes,
con información actualizada en el Módulo de Gestión
de Recursos Humanos, al nivel I de la Carrera Pública
Magisterial, cuyo pago de remuneración diferencial debe
efectuarse a partir del mes de Junio de 2011, con un costo
ascendente a SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA
Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 6 693 272,00);
autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la
suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA
Y SEIS MIL Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
2 976 006,00), de los cuales correspondieron DOS
MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 2 769 494,00) para f‌i nanciar la
remuneración diferencial de 1,161 docentes, del total
de 2,101 docentes nombrados en el nivel I de la Carrera
Pública Magisterial, correspondientes a la Resolución
Ministerial Nº 0199-2010-ED, quedando pendiente el
f‌i nanciamiento de la remuneración diferencial de 749
docentes nombrados con información actualizada en el
Módulo de Gestión de Recursos Humanos por el importe
de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
NOVECIENTOS QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
1 935 915,00);
autorizó una transferencia de partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la
suma de UN MILLON SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL
OCHOCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
1 627 813,00) para f‌i nanciar la remuneración diferencial
de 1,223 docentes, de un total de 1,518 docentes

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