08 019-2002-DP - Recomiendan la restitución de coronel PNP al escalafón de oficiales en situación de actividad .

Fecha de disposición25 Junio 2002
Fecha de publicación25 Junio 2002
Pág. 225245
NORMAS LEGALES
Lima, martes 25 de junio de 2002
De conformidad con lo previsto en el Artículo 7º de la
Ley Nº 27594 y el inciso "L" del Artículo 8º de la Ley
Nº 27657;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Dar por concluida, a partir de la fe-
cha de la presente Resolución, la designación de la doc-
tora PAULINA FABIOLA ASCUE RAMÍREZ, al cargo de
Director General de la Dirección Regional de Salud Apu-
rímac, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE
Ministro de Salud
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Designan Director General de la Direc-
ción Regional de Salud Apurímac
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1036-2002-SA/DM
Lima, 21 de junio del 2002
De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de la
Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº
005-90-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la
presente Resolución, en el cargo de Director General de
la Dirección Regional de Salud Apurímac, al doctor DAN-
TE FLORIÁN GUERRA SOTO.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE
Ministro de Salud
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ORGANISMOS AUTÓNOMOS
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
Recomiendan la restitución de coronel
PNP al escalafón de oficiales en situa-
ción de actividad
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL
Nº 019-2002-DP
24 de junio de 2002
VISTO:
El Expediente Nº 8300-2001 que contiene la queja pre-
sentada por la Coronel PNP Magda Collantes Maguiña
contra el Ministerio del Interior, por haber sido ilegalmen-
te destituida, por haberse bloqueado administrativamen-
te su cuenta de ahorros del Banco de la Nación y por
haberse retirado los fondos de dicha cuenta por oficiales
de la Policía Nacional del Perú sin orden judicial.
Antecedentes:
Primero.- La acciones de garantía presentadas por
la Defensoría del Pueblo contra la Ley Nº 26960 y con-
tra el Decreto Supremo Nº 006-98-IN.
Mediante Ley Nº 26960, de 29 de mayo de 1998, fue-
ron declaradas nulas y sin efecto legal las resoluciones
que otorgaron grados de oficial y suboficial al personal
de la ex Sanidad de la PNP. Dicha ley fue reglamentada
mediante Decreto Supremo Nº 006-98-IN.
Las normas indicadas establecieron asimismo que
quienes no aceptaran su traslado a la condición de civi-
les serían demandadas por el Ministerio del Interior para
exigirles la devolución de las remuneraciones, gratifica-
ciones, bonificaciones, escolaridad, etc., que hubieran
cobrado mientras ostentaron el grado de oficiales.
Magda Collantes Maguiña fue despojada de su grado
de coronel en aplicación de la ley y del reglamento indi-
cados.
Por Resolución Defensorial Nº 041-98-DP, de 7 de
agosto de 1998, el Defensor del Pueblo recomendó al
Congreso de la República la revisión de la Ley Nº 26960
y al Poder Ejecutivo la derogación de su reglamento, por
vulnerar los Artículos 2º inciso 2), 10º, 103º, 139º inciso
13), 174º y la primera disposición final y transitoria de la
Constitución.
Al no acogerse las citadas recomendaciones, con fe-
cha 21 de agosto de 1998, la Defensora Adjunta para los
Derechos de la Mujer presentó una acción popular ante
el Poder Judicial contra el mencionado reglamento. El Mi-
nisterio del Interior fue parte en el referido proceso judi-
cial.
Por su parte, producida la reposición de los magistra-
dos del Tribunal Constitucional, con fecha 28 de noviem-
bre de 2000, el Defensor del Pueblo presentó una acción
de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 26960.
Por Resolución de fecha 15 de junio de 1999, notifica-
da el 16 de enero de 2001, la Corte Suprema de la Repú-
blica declaró inconstitucionales los Artículos 3º, 5º y 8º
del Decreto Supremo Nº 006-98-IN. Mediante Resolución
aclaratoria de 4 de abril de 2001, la Corte Suprema afir-
mó que la declaración de inconstitucionalidad de los Ar-
tículos 3º, 5º y 8º del Decreto Supremo Nº 006-98-IN im-
plicaba la inaplicación del citado decreto en cuanto se
pretendiera dejar sin efecto legal las resoluciones supre-
mas, ministeriales o directorales que otorgaron grados
de oficiales de servicios y de subalternos en la Sanidad
de las Fuerzas Policiales.
Mediante Sentencia de 9 de mayo de 2001, el Tribu-
nal Constitucional declaró fundada la acción de inconsti-
tucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo
contra la Ley Nº 26960, por violar, entre otros, el Artículo
174º de la Constitución.
Por Resolución Defensorial Nº 024-2001, de 11 de ju-
nio de 2001, el Defensor del Pueblo dictó una segunda
resolución defensorial, recomendando que el Ministro del
Interior adoptara las medidas necesarias para que el Pro-
curador Público se desistiera de las acciones judiciales
iniciadas contra las afectadas por la Ley Nº 26960 y su
reglamento.
El 22 de junio de 2001 el Defensor del Pueblo remitió
una copia de la Sentencia del Tribunal Constitucional de
9 de mayo de 2001, al entonces Ministro del Interior,
General PNP ® Antonio Ketín Vidal Herrera.
Segundo.- La acción de amparo presentada por la
Coronel PNP Magda Collantes Maguiña ante el incons-
titucional retiro del grado de oficial
Sin perjuicio de las acciones de garantía presentadas
por la Defensoría del Pueblo, la Coronel PNP Magda Co-
llantes Maguiña presentó una acción de amparo contra
el inconstitucional despojo de su grado de coronel.
De esta forma, mediante Resolución de fecha 9 de
marzo de 2000 (Expediente Nº 1181-99-AA/TC), el Tribu-
nal Constitucional declaró fundada la acción de amparo
presentada por Magda Collantes, ordenando que el Mi-
nisterio del Interior restituyera:
“a la citada demandante al escalafón de oficiales de
la Sanidad de la Policía Nacional del Perú en el grado de
coronel, respetándose sus derechos y beneficios que en
tal condición le pudieran corresponder”.
Tercero.- La expedición de la Resolución Ministe-
rial Nº 0918-2001-IN/0103
Mediante Resolución Ministerial Nº 0918-2001-IN/
0103, de 27 de julio de 2001, el Ministerio del Interior
resolvió restituir los grados, derechos y beneficios al per-
sonal afectado por la Ley Nº 26960.
Había transcurrido más de un año desde que el Tribu-
nal Constitucional ordenó reincorporar a Magda Collan-
tes Maguiña al escalafón de oficiales de la Policía Nacio-
nal del Perú, sin que aquel mandato hubiera sido cumpli-
do. Por otro lado, a la fecha de publicación de la Resolu-
ción Ministerial Nº 0918-2001-IN/0103, habían transcu-
rrido más de seis meses de notificada al Ministerio del

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