La reciente Ley italiana sobre protección general de las minorías lingüísticas

AutorAlessandro Pizzorusso
Cargo del AutorProfesor de la Universidad de Pisa
Páginas305-319

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  1. Tras una gestación que ha durado alrededor de tres decenios, el Parlamento italiano ha aprobado la ley1 destinada a desarrollar de forma general el artículo 6 de la Constitución, según el cual «La República tutela con normas específicas a las minorías lingüísticas».

    El que las «normas específicas» a las que se refiere este artículo hayan de entenderse, o no, como potencialmente referidas a todos los grupos de ciudadanos que utilizan idiomas distintos al italiano estándar, en régimen de bilingüismo o diglosia, ha constituido durante mucho tiempo objeto de discusiones. A pesar de que el debate desarrollado sobre este tema en la Asamblea constituyente, integrado en realidad por pocos elementos2, contiene también indicaciones en sentido contrario, ha prevalecido inicialmente, al menos: en la práctica, la tesis según la cual las menorías lingüísticas aPage 306 las que se referiría el artículo 6 serían solamente aquéllas de lengua alemana de la provincia de Bolzano, la de lengua francesa del Valle de Aosta y la de lengua eslovena de la frontera oriental, de las cuales dos (la alemana y eslovena) gozan de formas de protección internacional en virtud de pactos estipulados después de la Segunda Guerra Mundial (con Austria3 y con Yugoslavia4, respectivamente), mientras la tercera había gozado de algún reconocimiento a finales de la época de la unificación nacional5.

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    A partir de los años 70, sin embargo, la idea de que la tutela minoritaria prevista por el artículo 6 de la Constitución pudiera referirse también a otros grupos lingüísticos encontró nuevos consensos y de ello es prueba el encargo, a lo largo de la VIla legislatura republicana, por parte de la Comisión de Estudios del Congreso de los Diputados, hecho a algunos estudiosos6 de la tarea de desarrollar una investigación sobre este tema. Además, a partir de 1976, se presentaron en el Parlamento varios proyectos de ley tendentes a desarrollar de forma general el artículo 67. Uno de tales proyectos obtuvo una primera aprobación por parte de la Cámara de los Diputados el 20 de noviembre de 1991, suscitando una viva reacción negativa de importantes exponentes de la cultura italiana8, y decayendo después al final de la legislatura, pero la iniciativa fue retomada y ha conducido ahora a la aprobación de un proyecto sucesivo.

    Mientras tanto, la puesta en práctica del principio de la protección de las minorías se ha llevado a cabo en el Valle de Aosta y en el Tirol meridional en conexión con el desarrollo de la autonomía regional, en el primer caso, y el de la provincia en Bolzano (en el marco de la Región Trento-Alto Adige, que incluye también la Provincia de Bolzano), en el segundo. En este último caso, el régimen jurídico que se adoptó con el Estatuto regional de 1948 se ha visto profundamente transformado como consecuencia de un vasto compendioPage 308 de negociaciones internas e internacionales que han permitido, entre otras cosas, solucionar la controversia ítalo-austriaca, iniciada en 1955 y concluida en 1992. Menor éxito han logrado las iniciativas dirigidas a la solución de la «cuestión eslovena», que ha seguido dando lugar a algún contencioso, sobre todo ante la Corte Costituzionale.

    En los estatutos regionales del Piamonte, Vértelo, Motise, Basilicata y Calabria se han incluido también previsiones de formas de protección de las minorías, pero las iniciativas legislativas encaminadas a desarrollarlas (así como aquellas propuestas en otras regiones, entre ellas la Cerdeña y Sicilia), fueron obstaculizadas por el Gobierno central bajo el presupuesto (en un primer momento admitido también por la Corte Costituzionale) de que la competencia legislativa en materia de tutela de las minorías lingüísticas se encontraba reservada al Estado9. Ello no ha impedido, sin embargo, que de todos modos algunas de estas leyes llegaran a ser aprobadas10.

    Mediante las formulaciones de principio contenidas en los Estatutos regionales del Valle de Aosta y del Trentino Alto Adige y las disposiciones de desarrollo de éstos, han conseguido además cierta forma de reconocimiento, respectivamente, el grupo de lengua alemana del Valle de Lys11 y el grupo ladino dolomítico de los Valles de Fassa, Garde-Page 309na y Badia12, mientras sin embargo el pequeño grupo lingüístico croata de Molise13 goza de una protección internacional, aunque vaguísima.

    Algunas leyes estatales han atribuido, además, relevancia con variados fines, a la pertenencia de los ciudadanos a «las minorías lingüísticas reconocidas»14.

    Un problema aparecido en estos últimos años es, finalmente, el de la posibilidad de calificar como minorías lingüísticas a los inmigrantes, aun careciendo de la ciudadanía italiana15.

  2. La Ley número 482/1999 (susceptible de ser completada con normas reglamentarias de desarrollo, a emanarse en los seis meses posteriores a la entrada en vigencia, una vez oídas las regiones interesadas, artículo 17), contiene, ante todo, como para tranquilizar a los que se habían alarmado cuando el proyecto precedente había conseguido una primera aprobación en 1991, una proclamación explícita de la lengua italiana como «lengua oficial de la República» (artículo 1, párrafo l). Tal enunciación no innova el derecho vigente, donde estaba claramente implícito y delPage 310 cual podía deducirse, mediante un razonamiento a contrario, de la misma disposición constitucional que habla de las «minorías lingüísticas» con una referencia evidente a los ciudadanos italianos de lengua distinta al italiano16.

    Si por lo tanto, de un lado la ley aparece como una confirmación de una regla ya presente en el ordenamiento, por otro, introduce el segundo párrafo del artículo 1 mediante el cual se enuncia, en evidente desarrollo del principio recogido en el artículo 6 de la Constitución, el principio según el cual la República (es decir no sólo el Estado, sino también las Regiones, los entes locales, los entes públicos no territoriales y los mismos ciudadanos italianos uti siguli) valora, tanto el patrimonio lingüístico y cultural de la lengua italiana, como el propio «de las lenguas y de las culturas tuteladas por la presente ley», A la luz de la interpretación de la cual ha sido objeto el principio de igualdad recogido en el artículo 3 de la Constitución, es factible leer esta disposición en el sentido de que el empeño dirigido a la revalorización de las distintas lenguas y culturas no podrá ser cuantitativamente paritario, siendo obvio que debe tenerse en cuenta la entidad de los distintos grupos lingüísticos, pero tampoco deberá entenderse siempre como necesariamente proporcional al dato cuantitativo, pudiendo ser necesario dedicar a los grupos más pequeños un compromiso mayor del que resultaría de un cálculo puramente proporcional en el caso de que, por ejemplo, sea necesario asegurar un nivel mínimo de protección, o en otros análogos. En todo caso es evidente que un tratamiento absolutamente paritario está impuesto allí donde aparezca en consideración la «dignidad paritaria» de las distintas len-Page 311guas, en aplicación del artículo 3 párrafo 1 de la Constitución17.

    El artículo 2 de la Ley contiene una referencia a los «principios generales establecidos por los organismos europeos e internacionales» así como el catálogo de los grupos lingüísticos tutelados por la propia ley.

    La referencia en cuestión no parece poseer la naturaleza jurídica de una norma de reenvío destinada a incorporar textos no vigentes en Italia, así como el resto de todos los documentos principales de este género que fueron redactados en...

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