Proyecto de Ley Nº 07629/2023-CR, Ley que modifica la ley 31250, ley del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación (sinacti), a fin de fortalecer la integridad científica en el sinacti

Número de Iniciativa07629/2023-CR
Fecha de registro18 Abril 2024
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaBustamante Donayre, Carlos Ernesto,Flores Ruiz, Víctor Seferino,Jiménez Heredia, David Julio,Santisteban Suclupe, Magally,Chacón Trujillo, Nilza Merly,Ramírez García, Tania Estefany
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
Proyecto
de
Ley
202
3
C_
KV)
y,
I.
411
CONGRESO
REPÚBLI
TM'
CONGRESO
OE
ÁREA
DE
TRAMITE
DOCIMI
,
18
ABR.
2024
,
/
-1
Despacho
del
Congresista
ERNESTO
BUSTAMANTE
DONAYRE
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
del
Bicentenario,
de
la
consolidación
de
nuestra
Independencia,
y
de
la
conmemoración
de
las
heroicas
batallas
de
Junín
y
Ayacucho"
"Año
del
Bicentenario
del
Congreso
de
la
República
del
Perú"
Proyecto
de
Ley
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
DEL
SISTEMA
NACIONAL
DE
CIENCIA,
TECNOLOGÍA
E
INNOVACIÓN
(SINACTI),
A
FIN
DE
FORTALECER
LA
INTEGRIDAD
CIENTÍFICA
EN
EL
SINACTI
El
congresista
de
la
República
CARLOS
ERNESTO
BUSTAMANTE
DONAYRE,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Fuerza
Popular
que
suscribe,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
los
artículos
22°
literal
c),
75°
y
76°
del
presenta
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
I.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
QUE
MODIFICA
LA
LEY
DEL
SISTEMA
NACIONAL
DE
CIENCIA,
TECNOLOGÍA
E
INNOVACIÓN
(SINACTI),
A
FIN
DE
FORTALECER
LA
INTEGRIDAD
CIENTÍFICA
EN
EL
SINACTI
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
como
objeto
modificar
los
artículos
5°,
15°,
33
0
,
34
0
y
35°
de
la
Ley
31250,
Ley
del
Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Tecnología
e
Innovación
(SINACTI),
con
la
finalidad
de
regular
y
sancionar
las
conductas
contrarias
a
la
ética
en
la
investigación
y
crear
el
Registro
Nacional
de
Investigadores
e
Instituciones
Sancionados.
Artículo
2.
Modificación
de
los
artículos
5
0
,
15°,
33
0
,
34
0
y
35
0
de
la
Ley
31250,
Ley
del
Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Tecnología
e
Innovación
(SINACTI)
Se
modifican
los
artículos
5°,
15°,
33
0
,
34
0
y
35°
de
la
Ley
31250,
Ley
del
Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Tecnología
e
Innovación
(SINACTI),
en
los
términos
siguientes:
"Artículo
5.
Objetivos
del
Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Tecnología
e
Innovación
(SINACTI)
Son
objetivos
del
Sistema
Nacional
de
Ciencia,
Tecnología
e
Innovación
(SINACTI)
los
siguientes:
a)
Promover
las
actividades
científicas,
tecnológicas
y
de
innovación
orientadas
a
generar
nuevo
conocimiento
en
todas
las
áreas
del
saber.
b)
Revalorar
los
conocimientos
tradicionales
y
buscar
la
mejora
de
las
tecnologías
vinculadas
a
estos
conocimientos,
identificando
y
haciendo
uso
de
su
complementariedad
con
las
tecnologías
modernas,
reconociendo
a
los
pueblos
indígenas
u
originarios
como
titulares
de
estos
conocimientos,
considerando
la
Ley
que
establece
el
régimen
de
protección
de
los
conocimientos
colectivos
de
los
pueblos
indígenas
vinculados
a
los
recursos
biológicos,
en
lo
que
fuere
aplicable.
c)
Producir,
conservar,
difundir,
divulgar,
transferir
y,
adaptar
y
absorber
el
conocimiento

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