Proyecto de Ley Nº 06893/2023-CR, Ley que establece el otorgamiento de medio pasaje al adulto mayor, modificando los artículos 1°, 3°, 4" y 5° de la ley n° 26271 "ley que norma el derecho a pases libres y pasajes diferenciados cobrados por las empresas de transporte urbano e interurbano de pasajeros.

Número de Iniciativa06893/2023-CR
Fecha de registro29 Enero 2024
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaChacón Trujillo, Nilza Merly,Flores Ruiz, Víctor Seferino,Olivos Martínez, Vivian,Infantes Castañeda, Mery Eliana,Zeta Chunga, Cruz Maria,Ventura Ángel, Héctor José
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
Proyecto
de
ley
...
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o
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3
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CON
9
RESO
RErÜBLICA
.
F
ON"GRESC LIE LA RPUBLICA
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29
ENE.
2024
R.
E C
Z.L
NILZA
MERLY
CHACÓN
TRUJILLO
Congresista
de
la
República
LEY
QUE
ESTABLECE
EL
OTORGAMIENTO
DE
MEDIO
PASAJE
AL
ADULTO
MAYOR,
MODIFICANDO
LOS
ARTÍCULOS
1°,
3°,4°
Y
DE
LA
LEY
QUE
NORMA
EL
DERECHO
A
PASES
LIBRES
Y
PASAJES
DIFERENCIADOS
COBRADOS
POR
LAS
EMPRESAS
DE
TRANSPORTE
URBANO
E
INTERURBANO
DE
PASAJEROS.
PROYECTO
DE
LEY
La
Congresista
de
la
República
NILZA
MERLY
CHACÓN
TRUJILLO,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
FUERZA
POPULAR,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75
0
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
proponen
el
siguiente
Proyecto
de
Ley:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
ESTABLECE
EL
OTORGAMIENTO
DE
MEDIO
PASAJE
AL
ADULTO
MAYOR,
MODIFICANDO
LOS
ARTÍCULOS
1°,
3°,
4"
Y
5
0
DE
LA
"LEY
QUE
NORMA
EL
DERECHO
A
PASES
LIBRES
Y
PASAJES
DIFERENCIADOS
COBRADOS
POR
LAS
EMPRESAS
DE
TRANSPORTE
URBANO
E
INTERURBANO
DE
PASAJEROS.
ARTÍCULO
PRIMERO.
-
MODIFICACIÓN
E
INCORPORACIÓN
DEL
INCISO
D)
DEL
ARTÍCULO
DE
LA
Modifíquense
los
artículos
1°,
3°,
y
de
la
"Ley
que
norma
el
derecho
a
pases
libres
y
pasajes
diferenciados
cobrados
por
las
empresas
de
transporte
urbano
e
interurbano
de
pasajeros",
los
que
quedarán
redactados
de
la
siguiente
manera:
"Artículo
1.-
El
derecho
a
pases
libres
y
a
pases
diferenciados
y
el
derecho
a
pases
cobrados
por
las
empresas
de
servicio
de
transporte
de
pasajeros
del
ámbito
urbano
e
interurbano
del
país,
sólo
se
aplicarán
tratándose
de:
a)
Miembros
de
la
Policía
Nacional
y
miembros
del
Cuerpo
de
Bomberos
Voluntarios
del
Perú;
b)
Alumnos
Universitarios
y
de
Institutos
Superiores
Universitarios
en
profesión
o
carrera
cuya
duración
no
sea
menor
de
seis
semestres
académicos;
y
c)
Escolares.
d)
Las
personas
adultas
mayores."
1

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