Proyecto de Ley Nº 06668/2023-CR, Ley que protegre la biodiversidad acuática en la áreas naturales protegidas

Número de Iniciativa06668/2023-CR
Fecha de registro15 Diciembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaParedes Fonseca, Karol Ivett,Monteza Facho, Silvia María,Alva Prieto, María del Carmen
EstatusPRESENTADO
ProponenteCongreso
Proyecto
de
ley
N
0
I.L0/
20
2-
Pi
Pu
CON9
,
RESO
REPÓBLICA
ANIVERSARIO
KAROL
PAREDES
FONSECA
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Ario
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROTEGE
LA
BIODIVERSIDAD
ACUÁTICA
EN
LAS
ÁREAS
NATURALES
PROTEGIDAS
Los
congresistas
que
suscriben,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República
KAROL
IVETT
PAREDES
FONSECA,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75
y
76
del
proponen
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
PROTEGRE
LA
BIODIVERSIDAD
ACUÁTICA
EN
LA
ÁREAS
NATURALES
PROTEGIDAS
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
como
objetivo
asegurar
la
conservación
de
la
biodiversidad
acuática
al
interior
de
las
áreas
naturales
protegidas,
como
fuente
de
alimento
y
trabajo
para
las
comunidades
locales.
Artículo
2.
Incorporación
del
artículo
27-A
a
la
Incorpórese
el
artículo
27-A
a
la
en
los
siguientes
términos:
"Artículos
27-A.
El
aprovechamiento
o
extracción
de
recursos
hidrobiológicos
al
interior
de
las
Áreas
Naturales
Protegidas
solo
podrá
ser
autorizado
para
la
pesca
artesanal
y
de
menor
escala,
y
si
resulta
compatible
con
la
categoría,
la
zonificación
asignada
y
el
Plan
Maestro
del
área.
El
aprovechamiento
de
recursos
hidrobiológicos
no
debe
perjudicar
el
cumplimiento
de
los
fines
para
los
cuales
se
ha
establecido
el
área,
quedando
prohibida
la
pesca
de
mayor
escala
al
interior
de
las
áreas
naturales
protegidas,
marinas
o
continentales,
cualquiera
sea
su
categoría
y/o
zonificación.
La
prohibición
establecida
en
el
presente
artículo
aplica
incluso
a
los
permisos
de
pesca
de
embarcaciones
pesqueras
de
mayor
escala
otorgados
de
forma
previa
al
establecimiento
del
Área
Natural
Protegida."
Firmado
digitalmente
por:
MONT=A
FACHO
Silvia
Maria
FAU
20181749128
soft
M:rtivo:
En
señal
de
conformidad
Fecha:
1441212023
19:02:20-0500
Firmado
digitalmente
por:
PAREDES
FONSECA
Karol
Ivett
FAU
20181749128
soft
ihrbtivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
14/12/2023
15:15:55-0500
Lima,
diciembre
de
2023
Firrnaclp
digitalmente
por:
ALVA
IkR
I
ETO
Maria
Del
Carmen
FAU
20161749128
soft
Artitivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
14/12/2023
17:18:17-0500
CONGRESO
REPÚBLICA
FI
ANIVERSARIO
KAROL
PAREDES
FONSECA
Congresista
de
la
República
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Arto
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
I.
FUNDAMENTACIÓN
DE
LA
PROPUESTA
La
presente
Ley
tiene
como
objetivo
asegurar
la
conservación
de
la
biodiversidad
acuática
al
interior
de
las
áreas
naturales
protegidas,
como
fuente
de
alimento
y
trabajo
(turismo,
pesca,
entre
otros)
para
las
comunidades
locales;
por
lo
que
se
plantea
regular
el
aprovechamiento
de
estos
recursos
a
fi
n
de
asegurar
que
este
sea
compatible
con
los
fines
de
conservación
de
las
áreas
protegidas
y
sus
beneficios
sean
sostenibles
en
el
tiempo.
La
importancia
de
la
biodiversidad
acuática
para
la
economía
del
país.
La
pesca
es
fuente
de
alimentación,
trabajo
e
ingresos
tal
como
lo
señala
el
artículo
1
de
la
(Decreto
Ley
25977)
y
por
ello
la
pesca
es
una
actividad
de
interés
nacional.
A
nivel
mundial,
la
pesca
genera
38
millones
de
empleos
y
unos
167
millones
de
personas
están
relacionadas
a
la
industria
de
la
pesquería,
de
acuerdo
con
información
del
Programa
de
Naciones
Unidas
para
el
Medio
Ambiente
(UNEP)
1
.
Asimismo,
este
organismo
internacional
señala
que
los
ecosistemas
marinos
y
costeros
proveen
recursos
hidrobiológicos
como
fuente
de
alimentos
y
empleo,
siendo
el
principal
servicio
ambiental
derivado
de
estos
ecosistemas.
Son
más
de
mil
millones
de
personas
que
dependen
del
pescado
como
principal
o
única
fuente
de
proteínas
animales,
especialmente
en
las
zonas
costeras
de
los
países
en
desarrollo
2
.
En
el
Perú,
el
sector
pesquero
artesanal
es
el
que
más
contribuye
a
nuestra
seguridad
alimentaria,
siendo
que
el
80%
del
pescado
que
consumimos
viene
de
la
pesca
artesanal,
y
es
gracias
a
esta
actividad
que
somos
el
país
con
mayor
consumo
de
pescado
por
habitante
de
Sudamérica
3
.
La
pesca
artesanal
es
también
el
que
más
pescadores
involucra
(más
de
80
mil
a
nivel
nacional),
así
como
el
que
genera
la
mayor
porción
de
empleos
e
ingresos
de
las
cadenas
de
valor
en
el
sector,
por
ejemplo,
la
gastronomía
marina.
En
la
Amazonia,
la
actividad
pesquera
se
realiza
para
autoconsumo
y
es
la
principal
fuente
de
proteínas
de
las
comunidades
ribereñas,
ya
que
gran
parte
de
su
alimentación
se
sustenta
en
el
pescado.
De
acuerdo
con
la
ONU
y
la
CEPAL,
si
bien
la
pesca
alcanza
un
nivel
de
más
de
80,
000
toneladas,
hay
un
exceso
de
demanda
del
recurso
hidrobiológico
4
.
Dada
su
importancia,
es
preocupante
que
la
pesca
artesanal
se
encuentre
en
crisis,
habiendo
indicios
claros
de
la
reducción
en
la
abundancia
de
las
principales
especies
I
Marine
and
Coastal
Ecosystems
and
Human
Well-being.
Véase
en:
MEA
Cover
Q5
(unep.org)
2
ídem
3
Visto
en:
https://www.snp.orq.pe/consumo-de-
pescado/#:—:text.Seq%C"BA0/020cifras%20de%201a°/020FAO,apenas7020alcanzan7020los%2020%20kilos.
4
Evaluación
de
Desempeño
Ambiental
de
Perú
(2016).
Pg.
65
2

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