Proyecto de Ley Nº 06493/2023-CR, Ley de promoción y fortalecimiento de alianzas políticas para el fortalecimiento de la democracia representativa del perú

Número de Iniciativa06493/2023-CR
Fecha de registro22 Noviembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaParedes Piqué, Susel Ana María,Luque Ibarra, Ruth,Limachi Quispe, Nieves Esmeralda,Bazán Narro, Sigrid Tesoro,Cortez Aguirre, Isabel,Sánchez Palomino, Roberto Helbert
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
CONGRESO
REPÚBLICA
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22
NOV
023
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I
SUSEL
ANA
MARIA
PAREDES
PIQUE
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
Proyecte
de
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CR
LEY
DE
PROMOCIÓN
Y
FORTALECIMIENTO
DE
ALIANZAS
POLÍTICAS
PARA
EL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
DEMOCRACIA
REPRESENTATIVA
DEL
PERÚ
El
Grupo
Par
amentario
Cambio
Democrático
-Juntos
por
el
Perú,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República,
Susel
Ana
María
Paredes
Piqué,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75°
y
76°
del
proponen
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
DE
PROMOCIÓN
Y
FORTALECIMIENTO
DE
ALIANZAS
POLÍTICAS
PARA
EL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
DEMOCRACIA
REPRESENTATIVA
DEL
PERÚ
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Reforma
La
presente
Ley
establece
medidas
que
fomenten
la
conformación
de
Alianzas
Políticas
con
la
fi
nalidad
de
fortalecer
la
democracia,
la
representación
ciudadana
y
generar
puntos
de
consenso
en
favor
de
los
intereses
del
pueblo
peruano.
Artículo
2.-
Modificación
de
los
Artículos
13
y
15
de
la
"Artículo
13.
Causales
de
la
cancelación
de
la
inscripción
de
un
partido
político
La
inscripción
de
un
partido
político
se
cancela
en
los
siguientes
casos:
a)
Si,
al
concluirse
el
último
proceso
de
elección
general,
no
se
hubiera
alcanzado
al
menos
cinco
(5)
representantes
al
Congreso
en
más
de
una
circunscripción
y,
al
menos,
cinco
por
ciento
(5%)
de
los
votos
válidos
a
nivel
nacional
en
la
elección
del
Congreso.
b)
En
caso
de
haber
participado
en
Alianzas,
por
no
cumplir
los
mismos
términos
establecidos
en
el
literal
a),
que
antecede.
c)
A
solicitud
del
órgano
autorizado
por
su
estatuto,
previo
acuerdo
de
disolución.
Para
tal
efecto,
se
acompañan
los
documentos
respectivos
legalizados.
1

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