Proyecto de Ley Nº 06493/2023-CR, Ley de promoción y fortalecimiento de alianzas políticas para el fortalecimiento de la democracia representativa del perú
Número de Iniciativa | 06493/2023-CR |
Fecha de registro | 22 Noviembre 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Paredes Piqué, Susel Ana María,Luque Ibarra, Ruth,Limachi Quispe, Nieves Esmeralda,Bazán Narro, Sigrid Tesoro,Cortez Aguirre, Isabel,Sánchez Palomino, Roberto Helbert |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
•
CONGRESO
REPÚBLICA
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SUSEL
ANA
MARIA
PAREDES
PIQUE
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
Proyecte
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CR
LEY
DE
PROMOCIÓN
Y
FORTALECIMIENTO
DE
ALIANZAS
POLÍTICAS
PARA
EL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
DEMOCRACIA
REPRESENTATIVA
DEL
PERÚ
El
Grupo
Par
amentario
Cambio
Democrático
-Juntos
por
el
Perú,
a
iniciativa
de
la
Congresista
de
la
República,
Susel
Ana
María
Paredes
Piqué,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107°
de
la
Perú,
y
de
conformidad
con
los
artículos
75°
y
76°
del
proponen
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
DE
PROMOCIÓN
Y
FORTALECIMIENTO
DE
ALIANZAS
POLÍTICAS
PARA
EL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
DEMOCRACIA
REPRESENTATIVA
DEL
PERÚ
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Reforma
La
presente
Ley
establece
medidas
que
fomenten
la
conformación
de
Alianzas
Políticas
con
la
fi
nalidad
de
fortalecer
la
democracia,
la
representación
ciudadana
y
generar
puntos
de
consenso
en
favor
de
los
intereses
del
pueblo
peruano.
Artículo
2.-
Modificación
de
los
Artículos
13
y
15
de
la
"Artículo
13.
Causales
de
la
cancelación
de
la
inscripción
de
un
partido
político
La
inscripción
de
un
partido
político
se
cancela
en
los
siguientes
casos:
a)
Si,
al
concluirse
el
último
proceso
de
elección
general,
no
se
hubiera
alcanzado
al
menos
cinco
(5)
representantes
al
Congreso
en
más
de
una
circunscripción
y,
al
menos,
cinco
por
ciento
(5%)
de
los
votos
válidos
a
nivel
nacional
en
la
elección
del
Congreso.
b)
En
caso
de
haber
participado
en
Alianzas,
por
no
cumplir
los
mismos
términos
establecidos
en
el
literal
a),
que
antecede.
c)
A
solicitud
del
órgano
autorizado
por
su
estatuto,
previo
acuerdo
de
disolución.
Para
tal
efecto,
se
acompañan
los
documentos
respectivos
legalizados.
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