Proyecto de Ley Nº 06102/2023-CR, Ley que autoriza la creación de plazas docentes y auxiliares de educación a través de la reserva de contingencia
Número de Iniciativa | 06102/2023-CR |
Fecha de registro | 10 Octubre 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Vásquez Vela, Lucinda,Dávila Atanacio, Pasión Neomías |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proyecto
de
ley
N°
610g/2023
CQ
CONGRESO
COwt9,44C
BE
LA
AiHk/fitill*
ANCA
DE
Ilthirff
Der~111
1
0011
I
Oh
~e
•
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben
a
iniciativa
del
congresista
Paul
Silvio
Gutiérrez
Ticona,
miembro
del
grupo
parlamentario
"Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional",
en
estricto
cumplimiento
de
lo
dispuesto
en
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
el
literal
c)
del
artículo
22°
y
los
artículos
75°
y
76°
del
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
PAUL
SILVIO
GUTIERREZ
TICONA
CONGRESISTA
DE
LA
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
SUMILLA:
LEY
QUE
AUTORIZA
LA
CREACIÓN
DE
PLAZAS
DOCENTES
Y
AUXILIARES
DE
EDUCACIÓN
A
TRAVÉS
DE
LA
RESERVA
DE
CONTINGENCIA.
LEY
QUE
AUTORIZA
LA
CREACIÓN
DE
PLAZAS
DOCENTES
Y
AUXILIARES
DE
EDUCACIÓN
A
TRAVÉS
DE
LA
RESERVA
DE
CONTINGENCIA
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
el
financiamiento
para
creación
de
nuevas
plazas
docentes
e
incremento
de
bolsa
de
horas
a
ser
adjudicadas
en
el
marco
de
la
así
como
el
financiamiento
para
la
creación
de
nuevas
plazas
de
auxiliares
de
educación
a
ser
adjudicadas
en
el
marco
de
la
ello,
con
el
propósito
de
garantizar
la
prestación
del
servicio
educativo
en
las
instituciones
educativas
públicas
de
educación
básica
a
nivel
nacional.
Artículo
2.-
Finalidad
de
la
Ley
La
finalidad
de
la
presente
ley
es
el
financiamiento
de
nuevas
plazas
temporales
para
permitir
la
contratación
de
docentes
y
auxiliares
de
educación,
que
garanticen
la
adecuada
y
optima
prestación
del
servicio
educativo
en
las
instituciones
educativas
públicas
de
educación
básica
a
nivel
nacional;
contribuyendo
a
una
enseñanza
de
calidad,
equidad
y
pertinencia.
Artículo
3.-
Transferencias
de
partidas
a
favor
del
Ministerio
de
Educación
y
de
diversos
gobiernos
regionales
3.1.
Se
autoriza
al
Ministerio
de
Economía
y
Finanzas,
durante
el
año
fiscal
2023,
para
realizar
modificaciones
presupuestarias
en
el
nivel
institucional
con
cargo
a
los
recursos
a
los
que
se
refiere
el
artículo
53
del
1440,
Decreto
Legislativo
del
Sistema
Nacional
de
Presupuesto
Público,
a
favor
del
Ministerio
de
la
Educación
y
los
Gobiernos
Regionales,
hasta
por
la
suma
de
S/.
154
889
223,00
(CIENTO
CINCUENTA
Y
CUATRO
MILLONES
OCHOCIENTOS
OCHENTA
Y
NUEVE
MIL
DOSCIENTOS
VEINTE
Y
TRES
Y
00/100
SOLES),
para
fi
nanciar
la
contratación
de
nuevas
plazas
docentes
y
bolsa
de
horas
en
el
marco
de
la
Ley
que
establece
medidas
en
materia
educativa
y
dicta
otras
disposiciones;
la
contratación
de
nuevas
plazas
de
auxiliares
de
educación
en
el
marco
de
la
Ley
que
regula
la
política
remunerativa
del
auxiliar
de
educación
en
las
n-1
instituciones
educativas
públicas,
en
el
marco
de
la
hasta
por
el
periodo
de
siete
(7)
meses;
que
permita
garantizar
la
prestación
del
servicio
Edificio
Juan
Santos
Atahualpa
Jr.
Ancash
y
Av.
Abancay
s/n
Ofic.
501
-
Lima
-
Perú
Tlfs:
(51)
311
7777-
Anexo
7284
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