Proyecto de Ley Nº 06016/2023-CR, Ley que promueve la firma digital para la formalización de micro, pequeña y mediana empresa

Número de Iniciativa06016/2023-CR
Fecha de registro27 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaAmuruz Dulanto, Yessica Rosselli,Córdova Lobatón, María Jessica,Yarrow Lumbreras, Norma Martina,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Cavero Alva, Alejandro Enrique,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
L
Amo
°
semi/
v
olni
g
imai
ik
et
z
ei
ona
27
SEP
023
I
DQ/Y0
PERÚ
i;
11
:1
CONGRESO
REPÚBLICA
ROSSELLI
AMURUZ
DULANTO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
lapa:
y
el
desarrollo"
Proyecto
de
Ley
0
-i
6
/
-
9
-
023
-
c
LEY
QUE
PROMUEVE
LA
FIRMA
DIGITAL
PARA
LA
FORMALIZACIÓN
DE
MICRO,
PEQUEÑA
Y
MEDIANA
EMPRESA
A
iniciativa
del
Congresista
Rosselli
Amuruz
Dulanto
miembro
del
Grupo
Parlamentario
Avanza
País,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107°
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75°
y
76°
del
proponen
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
LEY
QUE
PROMUEVE
LA
FIRMA
DIGITAL
PARA
LA
FORMALIZACIÓN
DE
MICRO,
PEQUEÑA
Y
MEDIANA
EMPRESA
FÓRMULA
LEGAL
Artículo
1.-
Objetivo
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
diversos
artículos
del
Decreto
Legislativo
que
promociona
la
formalización
y
dinamización
de
micro,
pequeña
y
mediana
empresa
mediante
el
régimen
societario
alternativo
denominado
Sociedad
por
Acciones
Cerrada
Simplificada,
relativos
al
reemplazo
de
la
firma
digital
por
la
firma
electrónica
y
otros
mecanismos
de
manifestación
de
la
voluntad.
Artículo
2.-
De
la
modificación
Se
modifica
los
artículos
7,
9
y
segunda
disposición
complementaria
final
del
Decreto
Legislativo
que
promociona
la
formalización
y
dinamización
de
micro,
pequeña
y
mediana
empresa
mediante
el
régimen
societario
alternativo
denominado
Sociedad
por
Acciones
Cerrada
Simplificada;
los
mismos
que
quedarán
redactados
en
los
términos
siguientes:
"Artículo
7.
Manifestación
de
voluntad
por
medios
electrónicos
El
documento
privado
que
contiene
el
acto
de
constitución
de
una
SACS
se
genera
mediante
el
uso
del
SID-SUNARP,
suscribiendo
dicho
acto
por
medio
de
la
firma
electrónica
u
otros
mecanismos
de
manifestación
de
la
voluntad
de
los
accionistas
fundadores
conforme
con
la
ley
de
la
materia
y
el
Para
tal
efecto,
la
SUNARP
habilita
y
deja
constancia
de
la
modalidad
de
firma
electrónica
o
mecanismos
empleados,
conservando
las
evidencias
necesarias
para
ulterior
consulta
o
verificación.
En
caso
de
controversia
sobre
la
fi
rma
electrónica,
la
carga
de
la
prueba
corresponde
a
lo
establecido
en
la
Ley
27269,
Ley
de
Firmas
y
Certificados
Digitales,
su
Reglamento
aprobado
mediante
y
sus
modificatorias."
Edit
Complejo
Legislativo
Av.
Abancay
251,
Of.
910,
Cercado
de
Lima
Teléfono:
311-7777

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