Proyecto de Ley Nº 05962/2023-CR, Ley que garantiza el derecho a la reparación integral de las víctimas de esterilizaciones forzadas al amparo de la ley n°28592

Número de Iniciativa05962/2023-CR
Fecha de registro19 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaVásquez Vela, Lucinda,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Zea Choquechambi, Oscar,Tello Montes, Nivardo Edgar,Dávila Atanacio, Pasión Neomías
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
PROYECTO
DE
LEY
5"9
62/20
52.
3
-
R
CONGRESO
<1,
REPÚBLICA
CONGRZSO
OELA
FiEPLE
1CIA
ÁREA
DE
TRAMITE
DOCUMENIAKW
1
9
SEP
023
CUIPIt
3
OÇA
LUCINDA
VASQUEZ
VELA
Con
resista
de
la
Re
ública
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY: LEY
QUE
GARANTIZA
EL
DERECHO
A
LA
REPARACIÓN
INTEGRAL
DE
LAS
VÍCTIMAS
DE
ESTERILIZACIONES
FORZADAS
AL
AMPARO
DE
LA
LEY
N°28592.
La
Congresista
de
la
República
LUCINDA
VÁSQUEZ
VELA,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
Art.
107
de
la
y
en
cumplimiento
de
los
artículos
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
formula
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
GARANTIZA
EL
DERECHO
A
LA
REPARACIÓN
INTEGRAL
DE
LAS
VÍCTIMAS
DE
ESTERILIZACIONES
FORZADAS
AL
AMPARO
DE
LA
LEY
N°28592.
El
Congreso
de
la
República:
Ha
dado
la
siguiente
ley:
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
la
Ley
N°28592
-
PIR,
a
fin
de
incorporar
a
las
víctimas
de
esterilizaciones
forzadas
producidas
durante
el
periodo
1995
2001
en
los
beneficios
de
la
citada
ley.
Artículo
2.
Incorporación
de
la
Única
Disposición
Complementaria
y
Final
a
la
Ley
28592
Incorpórese
la
única
disposición
complementaria
y
final
a
la
Ley
28592,
con
el
siguiente
texto:
"DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
Y
FINAL
ÚNICA.
-Inclúyase
a
las
victimas
de
esterilizaciones
forzadas
como
victimas
directas
de
violencia
sexual
al
Plan
Integral
de
Reparaciones
PIR,
ampliando
para
dicho
efecto
el
periodo
de
cobertura
del
Plan
hasta
el
año
2001
y
considerándolos
en
las
exclusiones
establecidas
en
el
artículo
de
la
presente
ley.
1
:41
rxweek
DX0ITAL,
Firmado
digitalmente
por:
DAVILAATANACIO
Pasion
Neomias
FAU
20161749128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
19/0912023
13:30:52-0500
Artículo
3.
Declaración
de
interés
nacional
Declárece
de
interés
nacional
las
acciones
para
la
celeridad
en
el
proceso
de
identificación
y
conclusión
del
registro
de
víctimas
en
el
Registro
de
Víctimas
de
Esterilizaciones forzadas
(REVIESFO),
a
fin
de
garantizar
la
reparación
oportuna
del
estado
y
su
acceso
al
derecho
a
la
justicia.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA.
Incorporación
del
Registro
de
Victimas
de
Esterilizaciones
Forzadas
producidas
durante
el
periodo
1995-2001
(REVIESCO)
al
Registro
Único
de
Víctimas
(RUV)
Incorpórese
el
Registro
de
Víctimas
de
Esterilizaciones
Forzadas
producidas
durante
el
periodo
1995
2001
(REVIESFO),
al
Registro
Único
de
Víctimas
(RUV)
del
Ministerio
de
Justicia
y
Derechos
Humanos.
SEGUNDA.
Adecuación
del
Reglamento
En
un
plazo
de
60
días,
el
Poder
Ejecutivo
adecuará
el
Reglamento
de
la
Ley
N°28592
que
Crea
el
Plan
Integral
de
Reparaciones
PIR,
a
lo
dispuesto
en
la
presente
Ley.
SEGUNDA.
Financiamiento
El
financiamiento
de
la
presente
Ley
será
con
cargo
al
presupuesto
institucional
del
Ministerio
de
Justicia
y
Derechos
Humanos,
sin
demandar
recurso
adicional
alguno
al
erario
público.
Lima,
setiembre
del
2023
FIMO.
I
orrxt
Firmado
digitalmente
por:
MEDINA
H
ERMO
S
I
LLA
Elizabeth
Sara
FAU
20101749126
so
Motivo:
Soy
el
autor
del
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Fecha:
1410912023
09:48:17-0500
I
Firmado
digitalmente
par:
TACURI
VALDIV1A
German
Pdolf
o
FAU
20161749126
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Ithrtivo:
Soy
el
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Fecha:
18/08/2023
10:57:48-0500
flPhat
Dicirrikx.
Firmado
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por:
VASOUW
VELA
llicinda
FAU
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Soy
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13/09/2023
18:03:55-0500
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GUTIERREZ
TICONA
Paul
Silvio
FAD
20181748126
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Motivo:
Doy
V
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15/09,12023
10:39:59-0500
Firmado
digitalmente
por:
ZEA
CHOQUECHAMBI
Oscar
FAU
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Votivo:
Soy
el
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15/0912023
11:11:52-0500
Firmado
digitalmente
por:
PAREDES
GONZALES
Alex
Antonio
FAU
20161749128
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Soy
el
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15139/2023
10:50:00-0500
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digitalmente
por:
MEDINA
HERMOSILLA
Elizabeth
Sara
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Soy
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autor
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14/139f2023
09:48:40-0500
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digitalr2ente
por:
TELLO
MONTES
Nivardo
Edgar
FAU
20161749126
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Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
18109/2023
14:34:58-0500
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
I.
FUNDAMENTOS
DE
LA
PROPUESTA
LEGISLATIVA
1.1
ANTECEDENTES
El
Perú
ha
vivido
en
los
años
noventa
una
de
sus
etapas
mas
oscuras
con
respecto
a
la
violación
de
los
derechos
humanos
sufridos
durante
el
periodo
del
conflicto
armado
interno
ocurrido
a
partir
de
1980
hasta
los
primeros
años
del
inicio
del
tercer
milenio.
Dentro
de
éste
periodo
y
durante
el
Gobierno
del
ex
Presidente
de
la
República
Alberto
Fujimori
Fujimori
se
atentaron
contra
el
derecho
a
la
vida,
la
integridad
y
salud
de
miles
de
mujeres
pobres
a
nivel
nacional,
quienes
fueron
forzadas
a
"esterilizarse"
sin
que
se
les
diera
información
al
respecto
o
sin
que
mediara
de
por
medio
su
consentimiento.
La
investigaciones
de
éstos
hechos
fueron
realizados
por
la
abogada
Giula
Tamayo,
desde
la
sociedad
civil,
y
la
Defensoría
del
Pueblo,
desde
el
estado
y
donde
se
logro
determinar
que
éste
último
había
incorporado
desde
1994
la
esterilización
quirúrgica
como
método
de
planificación
familiar
y
donde
incluso
se
fijaron
metas
numéricas
a
nivel
local,
regional
y
nacional.
Igualmente
el
Congreso
de
la
República
a
través
de
una
Subcomisión
Investigadora
efectuó
una
minuciosa
investigación
sobre
éste
penoso
caso
que
se
dio
a
nivel
nacional,
llegando
a
determinar
que
miles
de
mujeres
y
varones
fueron
sometidos
a
intervenciones
quirúrgicas
forzadas
o
a
prácticas
sin
el
libre
consentimiento
ni
información
clara
y
suficiente
para
una
adecuada
toma
de
decisión
con
respecto
a
su
salud
reproductiva.
Éstos
hechos
graves
de
lesa
humanidad
que
contravino
una
serie
de
tratados
internacionales
que
había
fi
rmado
el
Perú
y
que
mereció
el
rechazo
y
condena
de
varios
estados
y
organismos
internacionales,
concluyó
en
una
denuncia
constitucional
contra
el
ex
Jefe
de
Gobierno
Alberto
Fujimori
Fujimori
y
los
Ministros
y
funcionarios
públicos
de
su
entorno
involucrados
con
dicho
nefasto
suceso.
Sin
embargo
hasta
la
fecha
el
estado
peruano
no
ha
cumplido
con
resarcir
el
tremendo
e
irreversible
daño
causado
a
miles
de
peruanos,
y
no
solamente
hablamos
del
tema
económico,
sino
desde
la
perspectiva psicológica,
moral
causado
principalmente
a
mujeres
indígenas
residentes
de
las
zonas
rurales
y
periféricas
urbanas
en
estado
de
pobrez,
vulnerabilidad
e
indefensión.
'INFORME
NADA
PERSONAL
"Reporte
de
Derechos
Humanos
sobre
la
Aplicación
de
la
Anticoncepción
Quirúrgica
en
el
Perú
1996-1998
(Abogada
Giulia
Tamayo
León)
Año
1999
El
presente
informe
fue
realizado
por
la
abogada
Gulia
Tamayo,
quien
fuera
investigadora
en
derechos
humanos
y
Coordinadora
del
Comité
de
América
Latina
y
el
Caribe
para
la
Defensa
de
los
Derechos
de
la
Mujer
(CLADEM),
que
es
una
organización
regional
fundada
en
1987
en
San
José
de
Costa
Rica.
3

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