Proyecto de Ley Nº 05962/2023-CR, Ley que garantiza el derecho a la reparación integral de las víctimas de esterilizaciones forzadas al amparo de la ley n°28592
Número de Iniciativa | 05962/2023-CR |
Fecha de registro | 19 Septiembre 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2023 |
Autor de la iniciativa | Vásquez Vela, Lucinda,Paredes Gonzales, Alex Antonio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Zea Choquechambi, Oscar,Tello Montes, Nivardo Edgar,Dávila Atanacio, Pasión Neomías |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
PROYECTO
DE
LEY
N°
5"9
62/20
52.
3
-
R
CONGRESO
<1,
REPÚBLICA
CONGRZSO
OELA
FiEPLE
1CIA
ÁREA
DE
TRAMITE
DOCUMENIAKW
1
9
SEP
023
CUIPIt
3
OÇA
LUCINDA
VASQUEZ
VELA
Con
•
resista
de
la
Re
•
ública
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
PROYECTO
DE
LEY: LEY
QUE
GARANTIZA
EL
DERECHO
A
LA
REPARACIÓN
INTEGRAL
DE
LAS
VÍCTIMAS
DE
ESTERILIZACIONES
FORZADAS
AL
AMPARO
DE
LA
LEY
N°28592.
La
Congresista
de
la
República
LUCINDA
VÁSQUEZ
VELA,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Bloque
Magisterial
de
Concertación
Nacional,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
Art.
107
de
la
y
en
cumplimiento
de
los
artículos
75°
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
formula
la
siguiente
iniciativa
legislativa:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
GARANTIZA
EL
DERECHO
A
LA
REPARACIÓN
INTEGRAL
DE
LAS
VÍCTIMAS
DE
ESTERILIZACIONES
FORZADAS
AL
AMPARO
DE
LA
LEY
N°28592.
El
Congreso
de
la
República:
Ha
dado
la
siguiente
ley:
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
la
Ley
N°28592
—
-
PIR,
a
fin
de
incorporar
a
las
víctimas
de
esterilizaciones
forzadas
producidas
durante
el
periodo
1995
—
2001
en
los
beneficios
de
la
citada
ley.
Artículo
2.
Incorporación
de
la
Única
Disposición
Complementaria
y
Final
a
la
Ley
N°
28592
Incorpórese
la
única
disposición
complementaria
y
final
a
la
Ley
N°
28592,
con
el
siguiente
texto:
"DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
Y
FINAL
ÚNICA.
-Inclúyase
a
las
victimas
de
esterilizaciones
forzadas
como
victimas
directas
de
violencia
sexual
al
Plan
Integral
de
Reparaciones
—
PIR,
ampliando
para
dicho
efecto
el
periodo
de
cobertura
del
Plan
hasta
el
año
2001
y
considerándolos
en
las
exclusiones
establecidas
en
el
artículo
4°
de
la
presente
ley.
1
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DX0ITAL,
Firmado
digitalmente
por:
DAVILAATANACIO
Pasion
Neomias
FAU
20161749128
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
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Fecha:
19/0912023
13:30:52-0500
Artículo
3.
Declaración
de
interés
nacional
Declárece
de
interés
nacional
las
acciones
para
la
celeridad
en
el
proceso
de
identificación
y
conclusión
del
registro
de
víctimas
en
el
Registro
de
Víctimas
de
Esterilizaciones forzadas
(REVIESFO),
a
fin
de
garantizar
la
reparación
oportuna
del
estado
y
su
acceso
al
derecho
a
la
justicia.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA.
Incorporación
del
Registro
de
Victimas
de
Esterilizaciones
Forzadas
producidas
durante
el
periodo
1995-2001
(REVIESCO)
al
Registro
Único
de
Víctimas
(RUV)
Incorpórese
el
Registro
de
Víctimas
de
Esterilizaciones
Forzadas
producidas
durante
el
periodo
1995
—
2001
(REVIESFO),
al
Registro
Único
de
Víctimas
(RUV)
del
Ministerio
de
Justicia
y
Derechos
Humanos.
SEGUNDA.
Adecuación
del
Reglamento
En
un
plazo
de
60
días,
el
Poder
Ejecutivo
adecuará
el
Reglamento
de
la
Ley
N°28592
que
Crea
el
Plan
Integral
de
Reparaciones
—
PIR,
a
lo
dispuesto
en
la
presente
Ley.
SEGUNDA.
Financiamiento
El
financiamiento
de
la
presente
Ley
será
con
cargo
al
presupuesto
institucional
del
Ministerio
de
Justicia
y
Derechos
Humanos,
sin
demandar
recurso
adicional
alguno
al
erario
público.
Lima,
setiembre
del
2023
FIMO.
I
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MEDINA
H
ERMO
S
I
LLA
Elizabeth
Sara
FAU
20101749126
so
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1410912023
09:48:17-0500
I
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TACURI
VALDIV1A
German
Pdolf
o
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flPhat
Dicirrikx.
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VELA
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TICONA
Paul
Silvio
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V
B°
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10:39:59-0500
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CHOQUECHAMBI
Oscar
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GONZALES
Alex
Antonio
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Elizabeth
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TELLO
MONTES
Nivardo
Edgar
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Soy
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Fecha:
18109/2023
14:34:58-0500
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS
I.
FUNDAMENTOS
DE
LA
PROPUESTA
LEGISLATIVA
1.1
ANTECEDENTES
El
Perú
ha
vivido
en
los
años
noventa
una
de
sus
etapas
mas
oscuras
con
respecto
a
la
violación
de
los
derechos
humanos
sufridos
durante
el
periodo
del
conflicto
armado
interno
ocurrido
a
partir
de
1980
hasta
los
primeros
años
del
inicio
del
tercer
milenio.
Dentro
de
éste
periodo
y
durante
el
Gobierno
del
ex
Presidente
de
la
República
Alberto
Fujimori
Fujimori
se
atentaron
contra
el
derecho
a
la
vida,
la
integridad
y
salud
de
miles
de
mujeres
pobres
a
nivel
nacional,
quienes
fueron
forzadas
a
"esterilizarse"
sin
que
se
les
diera
información
al
respecto
o
sin
que
mediara
de
por
medio
su
consentimiento.
La
investigaciones
de
éstos
hechos
fueron
realizados
por
la
abogada
Giula
Tamayo,
desde
la
sociedad
civil,
y
la
Defensoría
del
Pueblo,
desde
el
estado
y
donde
se
logro
determinar
que
éste
último
había
incorporado
desde
1994
la
esterilización
quirúrgica
como
método
de
planificación
familiar
y
donde
incluso
se
fijaron
metas
numéricas
a
nivel
local,
regional
y
nacional.
Igualmente
el
Congreso
de
la
República
a
través
de
una
Subcomisión
Investigadora
efectuó
una
minuciosa
investigación
sobre
éste
penoso
caso
que
se
dio
a
nivel
nacional,
llegando
a
determinar
que
miles
de
mujeres
y
varones
fueron
sometidos
a
intervenciones
quirúrgicas
forzadas
o
a
prácticas
sin
el
libre
consentimiento
ni
información
clara
y
suficiente
para
una
adecuada
toma
de
decisión
con
respecto
a
su
salud
reproductiva.
Éstos
hechos
graves
de
lesa
humanidad
que
contravino
una
serie
de
tratados
internacionales
que
había
fi
rmado
el
Perú
y
que
mereció
el
rechazo
y
condena
de
varios
estados
y
organismos
internacionales,
concluyó
en
una
denuncia
constitucional
contra
el
ex
Jefe
de
Gobierno
Alberto
Fujimori
Fujimori
y
los
Ministros
y
funcionarios
públicos
de
su
entorno
involucrados
con
dicho
nefasto
suceso.
Sin
embargo
hasta
la
fecha
el
estado
peruano
no
ha
cumplido
con
resarcir
el
tremendo
e
irreversible
daño
causado
a
miles
de
peruanos,
y
no
solamente
hablamos
del
tema
económico,
sino
desde
la
perspectiva psicológica,
moral
causado
principalmente
a
mujeres
indígenas
residentes
de
las
zonas
rurales
y
periféricas
urbanas
en
estado
de
pobrez,
vulnerabilidad
e
indefensión.
'INFORME
NADA
PERSONAL
"Reporte
de
Derechos
Humanos
sobre
la
Aplicación
de
la
Anticoncepción
Quirúrgica
en
el
Perú
1996-1998
(Abogada
Giulia
Tamayo
León)
—
Año
1999
El
presente
informe
fue
realizado
por
la
abogada
Gulia
Tamayo,
quien
fuera
investigadora
en
derechos
humanos
y
Coordinadora
del
Comité
de
América
Latina
y
el
Caribe
para
la
Defensa
de
los
Derechos
de
la
Mujer
(CLADEM),
que
es
una
organización
regional
fundada
en
1987
en
San
José
de
Costa
Rica.
3
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