Proyecto de Ley Nº 05851/2023-CR, Ley que incorpora el capítulo vii fondos colectivos, en el título iv protección del consumidor en productos o servicios específicos de la ley 29571, código de protección y defensa del consumidor, para garantizar derechos de los asociados de los fondos colectivos

Número de Iniciativa05851/2023-CR
Fecha de registro06 Septiembre 2023
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2023
Autor de la iniciativaCalle Lobatón, Digna,Luna Gálvez, José León,Alcarraz Agüero, Yorel Kira,Juárez Calle, Heidy Lisbeth,Zeballos Madariaga, Carlos Javier,Paredes Castro, Francis Jhasmina
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
G.
P.
PODEMOS
PERÚ
CONGRESO
Proyecto
de
tey
Ir
5
42
)
5
Á
120
23
A
r
ño
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
REPUBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
Sumilla:
Protección
de
los
derechos
de
los
asociados
de
los
fondos
colectivos
La
Congresista
de
la
República
DIGNA
CALLE
LOBATON,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Podemos
Perú,
en
ejercicio
de
las
facultades
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
lo
establecido
en
los
artículos
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso,
presenta
la
siguiente
iniciativa
legislativa;
El
Congreso
de
la
República;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
CONGRESO
DE
LA
REPOBLICA
APEA
DE
TRAMITE
COMENTARIO
0
6
SE
2023
LEY
QUE
INCORPORA
EL
CAPÍTULO
VII
FONDOS
COLECTIVOS,
EN
EL
TÍTULO
IV
PROTECCIÓN
DEL
CONSUMIDOR
EN
PRODUCTOS
O
SERVICIOS
ESPECÍFICOS
DE
LA
PARA
GARANTIZAR
DERECHOS
DE
LOS
ASOCIADOS
DE
LOS
FONDOS
COLECTIVOS
Artículo
1.-
Objeto
y
ámbito
de
aplicación
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
incorporar
el
capítulo
VII
Fondos
Colectivos,
en
el
Título
IV
Protección
del
Consumidor
en
Productos
o
Servicios
Específicos
en
la
para
garantizar
derechos
de
los
asociados
de
los
fondos
colectivos
de
las
Empresas
Administradoras
de
Fondos
Colectivos.
Artículo
2.-
Incorporación
del
Capítulo
VII
Fondos
Colectivos,
en
el
Título
IV
Protección
del
Consumidor
en
Productos
o
Servicios
Específicos
en
la
Código
de
Protección
y
Defensa
del
Consumidor
Incorpórese
el
Capítulo
VII
Fondos
Colectivos
en
el
Título
IV
Protección
del
Consumidor
en
Productos
o
Servicios
Específicos
en
la
en
los
siguientes
términos:
"TÍTULO
IV
LA
PROTECCIÓN
DEL
CONSUMIDOR
EN
PRODUCTOS
O
SERVICIOS
ESPECÍFICOS
www.congreso.gob.pe
Central
Teléfono:
311-7777

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