Proyecto de Ley Nº 05586/2022-CR, Ley que establece nuevas reglas tributarias y modifica la ley n°31053, ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro.

Número de Iniciativa05586/2022-CR
Fecha de registro18 Julio 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAmuruz Dulanto, Yessica Rosselli,Gonzales Delgado, Diana Carolina,Córdova Lobatón, María Jessica,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Yarrow Lumbreras, Norma Martina
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
AFIlu
»I
"1
-
CONGRESO
REPÚBLICA
Proytzto
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2022—
CR
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Afea
de
Tinte
r
Digrtainoce
le
Documentos
18
JUL
RECI
023
IDO
H
41"
ROSSELLI
AMURUZ
DULANTO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Ario
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
"Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
NUEVAS
REGLAS
TRIBUTARIAS
Y
MODIFICA
LA
LEY
N°31053,
LEY
QUE
RECONOCE
Y
FOMENTA
EL
DERECHO
A
LA
LECTURA
Y
PROMUEVE
EL
LIBRO.
La
Congresista
ctle
la
República
Rosselli
Amuruz
Dulanto
del
grupo
parlamentario
AVANZA
PAIS
que
suscriben,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
reconocido
en
el
artículo
107°
de
la
y,
en
concordancia
con
los
artículos,
22°,
inciso
c),
67°,
75
0
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
el
siguiente
proyecto
de
ley.
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
NUEVAS
REGLAS
TRIBUTARIAS
Y
MODIFICA
LA
LEY
N°31053,
LEY
QUE
RECONOCE
Y
FOMENTA
EL
DERECHO
A
LA
LECTURA
Y
PROMUEVE
EL
LIBRO.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
ley:
Artículo
1.-
Finalidad.
La
presente
ley
tiene
por
fi
nalidad
impulsar
la
lectura
como
hábito
al
alcance
de
todos,
y,
desde
la
niñez
se
promuevan
actividades
poniendo
en
acción
la
mente
e
inteligencia,
desde
el
ámbito
público
y
privado,
accediendo
al
libro,
para
cuyo
efecto
el
Estado
aprueba
beneficios
y
exoneraciones
tributarias
del
impuesto
general
a
las
ventas
aplicable
a
las
operaciones
desde
la
adquisición
de
materiales
y
edición
de
cada
ejemplar.
Artículo
2.-
Modificación.
Modifíquese
el
Artículo
29°
y
los
numerales
30.1
y
30.2
del
artículo
30°
en
el
Título
IV
de
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro,
con
el
texto
y
términos
siguientes:
"Artículo
29°.
-
lnafectación
del
Impuesto
General
a
las
Ventas
Están
exoneradas
del
Impuesto
General
a
las
Ventas,
la
elaboración,
confección,
diseño,
importación
y/o
venta
en
el
país,
de
los
libros
y
productos
editoriales
afines."
Edif.
Complejo
Legislativo
Av.
Abancay
251,
Of.
910,
Cercado
de
Lima
Teléfono:
311-7777

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