Proyecto de Ley Nº 05586/2022-CR, Ley que establece nuevas reglas tributarias y modifica la ley n°31053, ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro.
Número de Iniciativa | 05586/2022-CR |
Fecha de registro | 18 Julio 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Amuruz Dulanto, Yessica Rosselli,Gonzales Delgado, Diana Carolina,Córdova Lobatón, María Jessica,Tudela Gutiérrez, Adriana Josefina,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Yarrow Lumbreras, Norma Martina |
Proponente | Congreso |
Estatus | Publicada en el Diario Oficial El Peruano |
AFIlu
»I
"1
-
CONGRESO
REPÚBLICA
Proytzto
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2022—
CR
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Afea
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Tinte
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Digrtainoce
le
Documentos
18
JUL
RECI
023
IDO
H
41"
ROSSELLI
AMURUZ
DULANTO
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Ario
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
"Año
del
Bicentenario
del
Perú:
200
años
de
Independencia"
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
NUEVAS
REGLAS
TRIBUTARIAS
Y
MODIFICA
LA
LEY
N°31053,
LEY
QUE
RECONOCE
Y
FOMENTA
EL
DERECHO
A
LA
LECTURA
Y
PROMUEVE
EL
LIBRO.
La
Congresista
ctle
la
República
Rosselli
Amuruz
Dulanto
del
grupo
parlamentario
AVANZA
PAIS
que
suscriben,
ejerciendo
el
derecho
de
iniciativa
legislativa
reconocido
en
el
artículo
107°
de
la
Perú;
y,
en
concordancia
con
los
artículos,
22°,
inciso
c),
67°,
75
0
y
76°
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presenta
el
siguiente
proyecto
de
ley.
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
NUEVAS
REGLAS
TRIBUTARIAS
Y
MODIFICA
LA
LEY
N°31053,
LEY
QUE
RECONOCE
Y
FOMENTA
EL
DERECHO
A
LA
LECTURA
Y
PROMUEVE
EL
LIBRO.
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
ley:
Artículo
1.-
Finalidad.
La
presente
ley
tiene
por
fi
nalidad
impulsar
la
lectura
como
hábito
al
alcance
de
todos,
y,
desde
la
niñez
se
promuevan
actividades
poniendo
en
acción
la
mente
e
inteligencia,
desde
el
ámbito
público
y
privado,
accediendo
al
libro,
para
cuyo
efecto
el
Estado
aprueba
beneficios
y
exoneraciones
tributarias
del
impuesto
general
a
las
ventas
aplicable
a
las
operaciones
desde
la
adquisición
de
materiales
y
edición
de
cada
ejemplar.
Artículo
2.-
Modificación.
Modifíquese
el
Artículo
29°
y
los
numerales
30.1
y
30.2
del
artículo
30°
en
el
Título
IV
de
la
Ley
que
reconoce
y
fomenta
el
derecho
a
la
lectura
y
promueve
el
libro,
con
el
texto
y
términos
siguientes:
"Artículo
29°.
-
lnafectación
del
Impuesto
General
a
las
Ventas
Están
exoneradas
del
Impuesto
General
a
las
Ventas,
la
elaboración,
confección,
diseño,
importación
y/o
venta
en
el
país,
de
los
libros
y
productos
editoriales
afines."
Edif.
Complejo
Legislativo
Av.
Abancay
251,
Of.
910,
Cercado
de
Lima
Teléfono:
311-7777
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