Proyecto de Ley Nº 04979/2022-CR, "ley que modifica el artículo 2 y la primera disposicion complementaria final de la ley n° 31177, ley que otorga beneficios a los excombatientes de las fuerzas armadas de la lucha contraterrorista, modificando la ley 24053.
Número de Iniciativa | 04979/2022-CR |
Fecha de registro | 12 Mayo 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Mita Alanoca, Isaac,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Palacios Huamán, Margot,Flores Ramírez, Alex Randu,Cruz Mamani, Flavio,Cerrón Rojas, Waldemar José,Montalvo Cubas, Segundo Toribio,Gonza Castillo, Américo |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
*
TM)
CONG
4
RESO
REPÚBLICA
ISAAC
MITA
ALANOCA
Con
:resista
de
la
Re
I
ublica
"Decenio
de
le
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
'Aila
de
la
unidad,
la
paz
ye/
desarrollo"
Proyecto
de
tey
tr
'197'i/202.2
-
R
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
2
Y
LA
PRIMERA
DISPOSICION
C
014GRESO
DE
LA
REPÚBLICA
kei
Ce
T'imite
v
Digoltnoo
,
ce
DOC9"r:DE
COMPLEMENTARIA
FINAL
DE
LA
LEY
QUE
OTORGA
BENEFICIOS
A
LOS
EXCOMBATIENTES
DE
LAS
FUERZAS
ARMADAS
DE
LA
LUCHA
CONTRATERRORISTA,
MODIFICANDO
LA
PROYECTO
DE
LEY.
Los
congresistas
de
la
República,
integrantes
del
grupo
parlamentario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
congresista
de
la
República
que
suscribe,
Isaac
Mita
Alanoca,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
Perú,
y
de
conformidad
con
los
artículos
75
y
76
del
proponen
el
siguiente
proyecto
de
ley.
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
"LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
2
Y
LA
PRIMERA
DISPOSICION
COMPLEMENTARIA
FINAL
DE
LA
LEY
QUE
OTORGA
BENEFICIOS
A
LOS
EXCOMBATIENTES
DE
LAS
FUERZAS
ARMADAS
DE
LA
LUCHA
CONTRATERRORISTA,
MODIFICANDO
LA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley.
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
el
artículo
2
y
la
Primera
Disposición
Complementaria
Final
de
la
Ley
que
otorga
beneficios
a
los
excombatientes
de
las
Fuerzas
Armadas
de
la
lucha
contraterrorista,
modificando
la
Artículo
2.
Modificación
de
la
Se
modifica
el
artículo
2y
la
Primera
Disposición
Complementaria
Final
de
la
Ley
N°31177,
Ley
que
otorga
beneficios
a
los
excombatientes
de
las
Fuerzas
Armadas
de
la
lucha
contraterrorista,
modificando
la
Ley
que
denomina
"campaña
militar
de
1941",
a
los
gloriosos
hechos
de
armas
cumplidos
en
Zarumilla
y
en
la
frontera
Nororiente;
y
que
declara
el
31
de
julio
día
central
conmemorativo;
y
la
Ley
N°
29248,
Ley
del
Servicio
Militar,
en
los
siguientes
términos:
"Articulo
10.-
Los
Beneficios
de
la
presente
ley,
se
harán
extensivos
a
los
Ex
Combatientes
del
conflicto
de
1933
que
el
Comando
Conjunto
acredite
como
defensores
calificados.
Igual
derecho
les
asiste
a
los
Ex
Combatientes
de
los
años
1978,
1981
y
1995
calificados
como
Defensores
de
la
Patria
por
el
Comando
Conjunto
de
las
Fuerzas
Armadas
que
cuenten
con
parte
de
guerra
formulado
en
su
oportunidad
y
a
los
Ex
-Combatientes
de
la
de
las
Fuerzas
Armadas
de
la
Lucha
Contraterrorista,
que
hayan
sido
calificados
como
Defensores
de
la
Democracia
mediante
la
Ley
N°31291,
Ley
que
modifica
el
artículo
1
de
la
Ley
N°29031,
Ley
que
www.congreso.g
o
b.pe
Teléfono:
(01)
311-7777/
311-7350
Edificio
Roberto
Ramírez
del
Villar
Jr.
Junín
N°
330,
oficina
401
M2.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba