Proyecto de Ley Nº 04979/2022-CR, "ley que modifica el artículo 2 y la primera disposicion complementaria final de la ley n° 31177, ley que otorga beneficios a los excombatientes de las fuerzas armadas de la lucha contraterrorista, modificando la ley 24053.

Número de Iniciativa04979/2022-CR
Fecha de registro12 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaMita Alanoca, Isaac,Agüero Gutiérrez, María Antonieta,Palacios Huamán, Margot,Flores Ramírez, Alex Randu,Cruz Mamani, Flavio,Cerrón Rojas, Waldemar José,Montalvo Cubas, Segundo Toribio,Gonza Castillo, Américo
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
*
TM)
CONG
4
RESO
REPÚBLICA
ISAAC
MITA
ALANOCA
Con
:resista
de
la
Re
I
ublica
"Decenio
de
le
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
'Aila
de
la
unidad,
la
paz
ye/
desarrollo"
Proyecto
de
tey
tr
'197'i/202.2
-
R
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
2
Y
LA
PRIMERA
DISPOSICION
C
014GRESO
DE
LA
REPÚBLICA
kei
Ce
T'imite
v
Digoltnoo
,
ce
DOC9"r:DE
COMPLEMENTARIA
FINAL
DE
LA
LEY
QUE
OTORGA
BENEFICIOS
A
LOS
EXCOMBATIENTES
DE
LAS
FUERZAS
ARMADAS
DE
LA
LUCHA
CONTRATERRORISTA,
MODIFICANDO
LA
PROYECTO
DE
LEY.
Los
congresistas
de
la
República,
integrantes
del
grupo
parlamentario
Perú
Libre,
a
iniciativa
del
congresista
de
la
República
que
suscribe,
Isaac
Mita
Alanoca,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
de
conformidad
con
los
artículos
75
y
76
del
proponen
el
siguiente
proyecto
de
ley.
FORMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
"LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
2
Y
LA
PRIMERA
DISPOSICION
COMPLEMENTARIA
FINAL
DE
LA
LEY
QUE
OTORGA
BENEFICIOS
A
LOS
EXCOMBATIENTES
DE
LAS
FUERZAS
ARMADAS
DE
LA
LUCHA
CONTRATERRORISTA,
MODIFICANDO
LA
Artículo
1.
Objeto
de
la
Ley.
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
el
artículo
2
y
la
Primera
Disposición
Complementaria
Final
de
la
Ley
que
otorga
beneficios
a
los
excombatientes
de
las
Fuerzas
Armadas
de
la
lucha
contraterrorista,
modificando
la
Artículo
2.
Modificación
de
la
Se
modifica
el
artículo
2y
la
Primera
Disposición
Complementaria
Final
de
la
Ley
N°31177,
Ley
que
otorga
beneficios
a
los
excombatientes
de
las
Fuerzas
Armadas
de
la
lucha
contraterrorista,
modificando
la
Ley
que
denomina
"campaña
militar
de
1941",
a
los
gloriosos
hechos
de
armas
cumplidos
en
Zarumilla
y
en
la
frontera
Nororiente;
y
que
declara
el
31
de
julio
día
central
conmemorativo;
y
la
Ley
29248,
Ley
del
Servicio
Militar,
en
los
siguientes
términos:
"Articulo
10.-
Los
Beneficios
de
la
presente
ley,
se
harán
extensivos
a
los
Ex
Combatientes
del
conflicto
de
1933
que
el
Comando
Conjunto
acredite
como
defensores
calificados.
Igual
derecho
les
asiste
a
los
Ex
Combatientes
de
los
años
1978,
1981
y
1995
calificados
como
Defensores
de
la
Patria
por
el
Comando
Conjunto
de
las
Fuerzas
Armadas
que
cuenten
con
parte
de
guerra
formulado
en
su
oportunidad
y
a
los
Ex
-Combatientes
de
la
de
las
Fuerzas
Armadas
de
la
Lucha
Contraterrorista,
que
hayan
sido
calificados
como
Defensores
de
la
Democracia
mediante
la
Ley
N°31291,
Ley
que
modifica
el
artículo
1
de
la
Ley
N°29031,
Ley
que
www.congreso.g
o
b.pe
Teléfono:
(01)
311-7777/
311-7350
Edificio
Roberto
Ramírez
del
Villar
Jr.
Junín
330,
oficina
401
M2.

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