Proyecto de Ley Nº 04850/2022-CG, Ley que regula la presentación de la declaración jurada de integridad funcional.

Número de Iniciativa04850/2022-CG
Fecha de registro02 Mayo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
ProponenteContraloría General de la República
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
e
50/2
0
22
-CG
LA
CONTRALORÍA
GEN6IP.A4
DE
LA
REPOILICA
Oft
KRU
CONTRALOMA
twore
Decenio
de
la
igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres
Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo
Jesús
María,
27
de
Abril
de
2023
OFICIO
001093-2023-CG/DC
Señor
Congresista
José
Williams
Zapata
Presidente
Congreso
de
la
República
Plaza
Bolívar
S/N
-
Paladio
Legislativo
Lima/Lima/Lima
Asunto
:
Presentación
de
Proyecto
de
Ley
que
regula
la
presentación
de
la
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional.
Ftz
macla
eilltalrnente
par
S'nAC(
YALTA
Nelton
Eduardo
FAU
2013137/1172
ene
Motryo
Soy
el
autor
del
dacvreento
Fe**
27.04.202316
56
43
-05
00
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Area
de
l'Imite
Y
Cbgitaitzncir
2
DoCumerts2
02
MAYO
023
IDO
Hora
q5_5212
Tengo
el
agrado
de
dirigirme
a
usted
para
expresarle
un
cordial
saludo,
para
en
virtud
de
la
facultad
de
iniciativa
legislativa
conferida
a
la
Contraloría
General
de
la
República
mediante
et
artículo
107°
de
la
concordante
con
lo
previsto
en
el
literal
h)
del
articulo
32°
de
la
Ley
Orgánica
del
Sistema
Nacional
de
Control
y
de
la
Contraloría
General
de
la
República,
acorde
con
lo
dispuesto
en
los
artículos
74
0
y
75
0
del
Reglamento
del
Congreso,
remitir
adjunto
al
presente
oficio
la
iniciativa
legislativa
que
propone
una
Ley
que
regula
la
presentación
de
la
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional.
El
citado
proyecto
de
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional
ha
sido
elaborado
con
la
finalidad
de
regular
de
manera
integral
la
obligación
de
presentar
las
declaraciones
juradas
de
ingresos, bienes,
rentas
e
intereses
por
parte
de
los
sujetos
obligados,
evitando
con
esto
que
la
normativa
se
encuentre
dispersa
y
que
los
funcionarios
y
servidores
públicos
obligados
a
presentar,
una
vez
aprobado
el
proyecto
de
ley,
se
encuentren
en
condiciones
de
conocer
si
les
corresponde
presentar
la
declaración
jurada.
Adicional
a
lo
señalado,
ayudará
a
que
los
funcionarios
y
servidores
obligados
a
su
presentación,
a
que
puedan
registrar
en
una
sola
oportunidad
anual,
su
declaración,
lo
cual
también
contribuirá
a
reducir
el
incumplimiento
en
la
presentación
de
las
declaraciones
por
parte
de
los
sujetos
obligados,
al
conocer
con
claridad
su
obligación
y
la
forma
de
hacerla
efectiva,
incrementándose
con
esto
la
transparencia
y
la
reducción
de
oportunidades
de
corrupción.
Todo
ello,
además,
facilitará
la
evaluación
y/o
fiscalización
por
la
Contraloría
General
de
la
República.
Esperando
tenga
a
bien
disponer
su
tramitación,
según
corresponda,
hago
propicia
la
oportunidad
para
expresarle
las
seguridades
de
mi
consideración.
Forn
.
999a
eepteaemente
IGLESIAS
LEON
Lees
Miguel
FAU
24131376972
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Doy
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Bueno
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1646
26
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Nra.
Emisión:
01857(0100
-
2023)
Eial(L165233
-
Cm)
Firmsdo
digtatmente
per
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LA
VEGA
Gortkalo
C99
,
1911
FAU
26191116972
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Muevo
Doy
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EhRe.r,
Fecha.
2/44-2023
11'5513
45
1
'
1".'4
AÑOS
ZIS
Atentamente,
Nelson
Shack
Yalta
Contralor
General
de
la
República
Esta
es
una
copia
auténtica
imprimible
de
un
documento
electrónico
archivado
por
la
Contraloría
General
de
la
—RepOblica,
aplicando
to
dispuesto
par
el
Art
25
de
y
la
Tercera
Disposición
Complementaria
Final
del
D.S.
026-
2016-PCM.
Su
autenticidad
e
integridad
pueden
ser
contrastadas
a
través
de
la
siguiente
dirección
web:
httes://verifir,adoc.contraloria.gob.pervertficadocliniclo.do
e
ingresando
el
siguiente
código
de
verificación:
AKDNGSY
pG
flz_(:)?6,y
1
1
1
PROYECTO
DE
LEY
LEY
QUE
REGULA
LA
PRESENTACIÓN
DE
LA
DECLARACIÓN
JURADA
DE
INTEGRIDAD
FUNCIONAL
Artículo
1.-
Objeto
de
la
ley
Firmada
dipoidoarato
PaJ
WIJR137
DE
LA
VEGA
~lb
GobrielFAV
20131z78172
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Molara
Doy
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Soma
Frotar
27.04.2023174425
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d'amado
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por
SANCNEZ
PER
EZ
Glabrial
FMI
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sol
MalNo
Doy
Vigo
Suena
Fecha.
27-o4
,
2e23
17
2104
4100
La
presente
ley
tiene
por
objeto
establecer
la
obligatoriedad
de
la
presentación
de
la
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional,
que
comprende
información
de
ingresos,
bienes,
rentas
e
intereses,
de
los
funcionarios
y
servidores
públicos,
asi
como
de
aquellos
que
administran,
manejan,
disponen
de
fondos
o
bienes
del
Estado
o
de
organismos
sostenidos
por
éste
o
que
participan
en
la
toma
de
decisiones
que
afectan
su
patrimonio,
independientemente
del
régimen
bajo
el
cual
laboran.
contratan
o
se
relacionan
con
el
Estado;
así
como,
establecer
los
mecanismos
para
su
publicación;
con
la
fi
nalidad
de
transparentar
su
situación
patrimonial
y
fi
nanciera,
sus
intereses
en
el
marco
del
control
social,
y
de
la
evaluación
yfo
fiscalización
por
la
Contraloría
General
de
la
República.
Asimismo,
es
objeto
de
esta
ley
establecer
la
obligatoriedad
de
la
presentación
de
la
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional
con
carácter
preventivo,
para
los
postulantes
yfo
candidatos
a
cargos
públicos,
respecto
de
sus
intereses.
Articulo
2.-
Contenido
de
la
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional
La
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional
comprende
información
sobre
ingresos,
bienes
y
rentas
e
intereses,
de
acuerdo
las
cuales
a
las
secciones
1
y
2,
conforme
a
lo
siguiente:
2.1
Sección
1:
Ingresos,
Bienes
y
Rentas
FitIAM20
Maitaimerda
CANSECO
COJE50010
Edser
Miguel
FAV
2730378522105
Molara
Doy
Hiato
Suena
Fecho,
2744-2023
¶740484505
Frramio
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por
LUNA
LEZAMA
Ayder
FM)
20131378972105
Motivo
Doy
Visto
Ruano
Facha
2744-2023
173E14
0000
Esta
sección
contiene
información
debidamente
especificada
y
valorizada
de
los
ingresos,
bienes
y
rentas,
asi
como
de
las
acreencias,
obligaciones
y
todo
aquello
que
le
reporte
un
beneficio
económico
al
sujeto
obligado,
tanto
en
el
país
como
en
el
extranjero,
incluyendo
aquellos
ingresos,
bienes
y
rentas
que
pertenezcan
al
régimen
de
sociedad
de
gananciales,
por
matrimonio
o
aquel
derivado
de
las
uniones
de
hecho
constituidas
conforme
a
las
disposiciones
del
Para
los
efectos
de
esta
ley
se
entiende
por
ingresos,
a
las
remuneraciones
y
toda
percepción
económica
sin
excepción
que,
por
razón
de
trabajo
u
otra
actividad
económica,
reciba
el
sujeto
obligado.
2.2
Sección
2:
Intereses
Esta
sección
incluye
información
relativa
a:
a)
Empresas,
sociedades
u
otras
entidades
públicas
o
privadas,
en
las
que
el
sujeto
obligado,
su
cónyuge
o
conviviente
posea
alguna
clase
de
participación
patrimonial
o
similar;
constituidas
en
el
pals
o
en
el
exterior.
b)
Representaciones,
poderes
y
mandatos
otorgadas
al
sujeto
obligado,
su
cónyuge
o
conviviente,
por
personas
naturales
o
jurídicas,
públicas
o
privadas.
Firmedo
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Poi
WURST
DE
LA
VEGA
Gonzalo
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FA1J
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Doy
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Bueno
Fea%
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17
44
24
-55
05
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Gabriel
FAU
25
131370072
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Motive
Doy
Visto
Bueno
Fea%
2744.20271770:04
4500
Firmado
digitalmente
por
CANSECO
QUEIROGD
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%goal
FAU
25131375572
toa
Mota.
Doy
Viol
Bueno
Fecho
27-04-2023
17:05
40
.05.003
1
Firmado
digewimente
por
LUNA
LEZAMA
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FAU
29101370972
tos
Malee
Doy
Vilo
Bueno
Peona
27.042023
1705
le
-05
OD
C)
Participación
del
sujeto
obligado,
su
cónyuge
o
conviviente
en
directorios,
consejos
de
administración
y
vigilancia,
consejos
consultivos,
consejos directivos
o
cualquier
cuerpo
colegiado
semejante,
sea
remunerado
o
no,
a
título
personal
o
en
representación
de
terceros,
en
el
país
o
en
el
exterior.
d)
Empleos,
asesorías,
consultorías
y
similares,
en
los
sectores
público
y
privado,
sea
remunerado
o
no,
en
el
país
o
en
el
exterior.
e)
Participación
en
organizaciones
políticas,
asociaciones,
cooperativas,
gremios,
organismos
no
gubernamentales
y
otras
organizaciones
privadas.
f)
Participación
en
comités
de
selección
de
licitación
pública,
concurso
público,
contratación
directa
y
adjudicación
simplificada
u
otros
que
se
establezcan,
así
como
en
comités
de
fondos
por
encargo.
Parientes
hasta
el
cuarto
grado
de
consanguinidad
y
segundo
de
afinidad
por
razón
de
matrimonio,
unión
de
hecho,
convivencia
o
ser
progenitores
de
hijo
en
común,
indicando
su
número
de
documento
de
identidad,
sus
actividades,
ocupaciones
y
centros
o
lugares
de
trabajo
a
la
fecha
de
elaboración
de
la
declaración.
La
información
correspondiente
a
los
parientes
del
tercer
y
cuarto
grado
de
consanguinidad,
se
circunscribe
a
aquella
que
el
sujeto
obligado
conozca
al
momento
de
efectuar
la
declaración.
No
se
declara
información
de
familiares
fallecidos.
Para
los
efectos
de
la
presente
ley,
el
parentesco
por
afinidad
se
entiende
también
respecto
del
concubino,
conviviente
y
progenitor
del
hijo.
La
información
respecto
a
los
menores
de
edad
es
protegida
y
excluida
para
efectos
de
su
publicación.
g)
La
información
a
que
se
refieren
los
literales
a),
b),
c),
d),
e)
y
f)
corresponde
al
periodo
de
cinco
(05)
años
anteriores
a
la
presentación
de
la
declaración.
El
Formato
de
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional,
que
contiene
las
secciones
1
y
2,
así
como,
el
contenido
de
acceso
público
de
la
misma,
se
aprueba
mediante
las
disposiciones
reglamentarias
de
la
presente
ley.
Artículo
3.-
De
la
naturaleza
y
obligatoriedad
de
la
presentación
La
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional
es
un
documento
de
carácter
público
cuya
presentación
constituye
requisito
indispensable
para
asumir
o
continuar
ejerciendo
un
cargo
o
función
pública
y
demás
supuestos
que
regula
la
presente
ley.
3.2
La
presentación
de
la
Declaración
Jurada
de
Integridad
Funcional
se
realiza
de
manera
obligatoria
a
través
del
sistema
informático
administrado
por
la
Contraloría
General
de
la
República,
por
parte
de
los
sujetos
obligados
señalados
en
los
artículos
4y
5
de
la
presente
ley,
independientemente
del
régimen
bajo
el
cual
laboren,
contraten
o
se
relacionen
con
las
entidades,
incluidas
las
empresas
del
Estado
o
sociedades
de
economía
mixta
comprendidas
o
no
en
la
actividad
empresarial
del
Estado
y
los
fondos
constituidos
total
o
parcialmente
con
recursos
públicos,
sean
de
derecho
público
o
privado.
2

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