Proyecto de Ley Nº 04784/2022-CR, Ley que fortalece el compromiso de las autoridades regionales y municipales con la ciudadanía, a fin de asegurar la continuidad y predictibilidad en la gestión de las autoridades regionales y locales.

Número de Iniciativa04784/2022-CR
Fecha de registro24 Abril 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaAcuña Peralta, Segundo Héctor,Reymundo Mercado, Edgard Cornelio,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Kamiche Morante, Luis Roberto,Luque Ibarra, Ruth
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
deLeyN°
2.
/
7
B.
1-1
/
2
022-
R
CONIqR150
REK:113LICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Ate,
le
%m'Ir
v
Dgaza
ie
DocureMos
2
ABRÍ
23
firma
I
O
O
mome
brELo
HECTOR
ACUÑA
PERALTA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidad
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
LEY
QUE
FORTALECE
EL
COMPROMISO
DE
LAS
AUTORIDADES
REGIONALES
Y
MUNICIPALES
CON
LA
CIUDADANÍA,
A
FIN
DE
ASEGURAR
LA
CONTINUIDAD
Y
PREDICTIBILIDAD
EN
LA
GESTIÓN
DE
LAS
AUTORIDADES
REGIONALES
Y
LOCALES
El
Congresist
de
la
República
HECTOR
ACUÑA
PERALTA,
en
uso
de
las
facultades
conferidas
por
el
artículo
107
de
la
y
en
los
artículos
75
y
76
del
propone
el
siguiente
proyecto
de
ley:
FÓRMULA
LEGAL
El
Congreso
de
la
República
Ha
dado
la
ley
siguiente:
LEY
QUE
FORTALECE
EL
COMPROMISO
DE
LAS
AUTORIDADES
REGIONALES
Y
MUNICIPALES
CON
LA
CIUDADANÍA,
A
FIN
DE
ASEGURAR
LA
CONTINUIDAD
Y
PREDICTIBILIDAD
EN
LA
GESTIÓN
DE
LAS
AUTORIDADES
REGIONALES
Y
LOCALES
Artículo
1.-
Objeto
de
la
Ley
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
modificar
el
artículo
114
de
la
el
artículo
8
de
la
y
el
artículo
14
de
la
para
adecuar
la
regulación
legal
a
lo
dispuesto
por
la
respecto
a
la
renuncia
de
las
autoridades
regionales
y
municipales
para
participar
en
un
proceso
electoral.
Artículo
2.-
Finalidad
La
presente
Ley
tiene
por
finalidad
fortalecer
el
cumplimiento
de
los
deberes
funcionales
de
las
autoridades
regionales
y
municipales
con
la
población
de
sus
respectivas
circunscripciones
electorales,
así
como
promover
la
predictibilidad
en
la
gestión
de
los
gobiernos
regionales
y
municipales
y
garantizar
la
supremacía
constitucional
en
relación
con
los
mandatos
previstos
en
los
artículos
191
y
194
de
la
Artículo
3.-
Modificación
del
artículo
114
de
la
Se
modifica
el
artículo
114
de
la
en
los
términos
siguientes:
"Artículo
114.-
Están
impedidos
de
ser
candidatos
los
comprendidos
en
el
Artículo
10
de
esta
Ley,
así
como
los
trabajadores
y
funcionarios
de
los
Poderes
Públicos
y
de
los
organismos
y
empresas
del
Estado,
si
no
solicitan
licencia
sin
goce
de
haber,
la
cual
debe
serles
concedida
60
(sesenta)
días
antes
de
la
fecha
de
las
elecciones.
Asimismo,
los
que
hayan
sido
cesados
o
destituidos
como
consecuencia
de
inhabilitación
dispuesta
por
sentencia
en
proceso
penal.
Página
1
de
19
meo
CON9RESO
REPÚBLICA
HECTOR
ACUÑA
PERALTA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidad
para
Mujeres
y
Hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
LEY
QUE
FORTALECE
EL
COMPROMISO
DE
LAS
AUTORIDADES
REGIONALES
Y
MUNICIPALES
CON
LA
CIUDADANÍA,
A
FIN
DE
ASEGURAR
LA
CONTINUIDAD
Y
PREDICTIBILIDAD
EN
LA
GESTIÓN
DE
LAS
AUTORIDADES
REGIONALES
Y
LOCALES
Están
igualmente
impedidos
de
postular
los
Gobernadores
y
Vicegobernadores
Regionales,
Alcaldes,
Consejeros
Regionales
o
Regidores
de
las
Municipalidades
Provinciales
y
Distritales
o
quienes
hayan
ejercido
dicha
función
de
manera
interina,
a
menos
que
hayan
renunciado
seis
(6)
meses
antes
de
la
fecha
prevista
para
las
elecciones".
Artículo
4.-
Incorporación
del
inciso
8.3
en
el
artículo
8
de
la
Se
incorpora
el
inciso
8.3
en
el
artículo
8
de
la
en
los
términos
siguientes:
"Artículo
8.-
Impedimentos
para
postular
No
pueden
ser
candidatos
en
las
elecciones
municipales:
(.
.«)
8.3
Salvo
que
renuncien
al
cargo
que
desempeñan,
seis
(06)
meses
antes
de
la
fecha
prevista
para
las
elecciones:
a)
Los
gobernadores
regionales
y
los
vicegobernadores
regionales.
b)
Los
alcaldes
distritales
y
provinciales.
c)
Los
consejeros
regionales
d)
Los
regidores
municipales"
DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
PRIMERA.
Derogación
de
los
literales
a),
b)
y
c)
del
inciso
4
del
artículo
14
de
la
Se
derogan
los
literales
a),
b)
y
c)
del
inciso
4
del
artículo
14
de
la
Dese
cuenta.
Firmado
digitalmente
por:
REWOUNDO
MERCADO
Edgard
Camello
FAU
20161740126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
131042023
13:30:46-0500
Firmado
digitalmente
por:
ACUÑA
PERALTA
Segundo
Hector
FA,U
20161749120
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
038012023
15:35:140500
HECTOR
ACUÑA
PERALTA
Congresista
de
la
República
Firmado
digitalmente
por:
1(..Alv11C
HE
MORANTE
Luis
Roberto
FAU
20101749126
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
11,
1
042023
17:09:14-0500
Lima,
marzo
de
2023
Firmado
digitalmente
por:
C2
UIROZ
BARBOZA
Segundo
Teodomiro
FAU
20101749120
soft
Motivo:
au
señal
de
conformidad
Fecha:
1110412023
14:20:19.0500
macli
,
Aigitalmente
por:
"ILMJÉfhARRA
Ruth
FAU
20101749120
soft
Motivo:
Soy
el
autor
del
documento
Fecha:
11.942D23
10:35:29-0500

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