Proyecto de Ley Nº 04717/2022-CR, Ley que prohíbe toda publicidad sobre el tabaco

Número de Iniciativa04717/2022-CR
Fecha de registro13 Abril 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaSoto Reyes, Alejandro,Chiabra León, Roberto Enrique,Salhuana Cavides, Eduardo,García Correa, Idelso Manuel,Julón Irigoín, Elva Edhit,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Acuña Peralta, María Grimaneza
ProponenteCongreso
EstatusEN AGENDA DEL PLENO
Proyecto
de
tey
7
/
7/2
O
2
2
-
C
R
PLIZU
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Ana
Ie
Tirarte
Digtoinaor
ae
(Moremos
ALEJANDRO
SOTO
REYES
CONGRESISTA
DE
LA
REPÚBLICA
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
unidad,
la
paz
y
el
desarrollo"
LEY
QUE
PROHÍBE
TODA
PUBLICIDAD
SOBRE
EL
TABACO
El
Congresista
de
la
R
pública
que
suscribe,
ALEJANDRO
SOTO
REYES,
integrante
del
Grupo
Parlamentario
Alianza
para
el
Progreso,
en
ejercicio
del
derecho
de
iniciativa
legislativa
que
le
confiere
el
artículo
107
de
la
y
los
artículos
74
y
75
del
Reglamento,
propone
el
siguiente
PROYECTO
DE
LEY:
FÓRMULA
LEGAL
LEY
QUE
PROHÍBE
TODA
PUBLICIDAD
SOBRE
EL
TABACO
Artículo
1.
Objeto
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
modificar
la
Ley
general
para
la
prevención
y
control
de
los
riesgos
del
consumidor
del
tabaco.
Artículo
2.
Finalidad
de
la
ley
La
presente
ley
tiene
por
finalidad
prohibir
toda
publicidad
sobre
el
tabaco.
Artículo
3.
Modificación
del
artículo
13
de
la
Ley
general
para
la
prevención
y
control
de
los
riesgos
del
consumidor
del
tabaco
Se
modifica
el
artículo
13
de
la
Ley
general
para
la
prevención
y
control
de
los
riesgos
del
consumidor
del
tabaco,
el
cual
queda
redactado
de
la
siguiente
manera:
"Artículo
13.-
Prohibición
de
publicidad
sobre
el
tabaco
Se
prohíbe
todo
tipo
de
publicidad
sobre
productos
de
tabaco,
incluso
las
que
tengan
alcance
trans
fr
onterizo
procedentes
del
territorio
nacional."
Artículo
4.
Derogación
de
los
artículos
14,
15,
16
y
17
de
la
Ley
general
para
la
prevención
y
control
de
los
riesgos
del
consumidor
del
tabaco
Se
derogan
los
artículos
14,
15,
16
y
17
de
la
Ley
general
para
la
prevención
y
control
de
los
riesgos
del
consumidor
del
tabaco.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS
FINALES
PRIMERA.
Los
contratos
sobre
publicidad
suscritos
con
anterioridad
a
la
vigencia
de
la
presente
ley
se
mantienen
en
vigor.
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR