Proyecto de Ley Nº 04615/2022-CR, Ley de fortalecimiento de inversion publica en educacion mediante nucleo ejecutores
Número de Iniciativa | 04615/2022-CR |
Fecha de registro | 30 Marzo 2023 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Segunda Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Paredes Gonzales, Alex Antonio,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Paredes Castro, Francis Jhasmina,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Tello Montes, Nivardo Edgar |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proponente | Congreso |
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CONGRESO
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PU
BLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Arel
Twole
Dgmiclv
Decumerios
ALEX
iUTONIO
PAREDES
GON
CONGRESISTA
DE
LA
REP
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
SUMILLA:
LEY
DE
FORTALECIMIENTO
DE
INVERSION
PUBLICA
EN
EDUCACION
MEDIANTE
NUCLEO
EJECUTORES
El
Grupo
Parla4pentario
BLOQUE
MAGISTERIAL
DE
CONCERTACION
NACIONAL,
a
iniciativa
del
Congresista
Alex
Antonio
Paredes
Gonzales,
con
la
facultad
que
establece
el
artículo
107°
de
la
y
conforme
a
lo
dispuesto
por
los
artículos
75°
y
76°
del
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
DE
FORTALECIMIENTO
DE
INVERSION
PUBLICA
EN
EDUCACION
MEDIANTE
NUCLEO
EJECUTORES
Artículo
1.-
Del
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
fortalecer
la
inversión
pública
en
Educación
bajo
la
modalidad
de
Núcleos
Ejecutores,
Artículo
2°.
-
Finalidad
de
la
Ley
La
finalidad
de
la
presente
ley
es
facilitar
la
ejecución
de
intervenciones
en
infraestructura
educativa
a
través
de
la
modalidad
de
Núcleos
Ejecutores,
con
el
fin
de
contribuir
a
un
efectivo
cierre
de
brechas,
tanto
en
zonas
rurales
como
urbanas.
Artículo
3°.
-
Modificación
del
numeral
4.1
del
artículo
4
de
la
ley
N'
31015,
Ley
que
autoriza
la
ejecución
de
intervenciones
en
infraestructura
social
básica,
productiva
y
natural,
mediante
núcleos
ejecutores
Modifíquese
el
numeral
4.1
del
artículo
4
de
la
Ley
que
autoriza
la
ejecución
de
intervenciones
en
infraestructura
social
básica,
productiva
y
natural,
mediante
núcleos
ejecutores
en
los
siguientes
términos:
"Arfículo
4.
Definiciones
4.1
Intervenciones
de
infraestructura
social
básica:
son
inversiones
de
optimización,
ampliación
marginal,
rehabilitación
y
reposición
(10ARR)
y,
fas
actividades
para
la
ejecución
de
pequeñas
obras,
cuyo
objeto
es
contribuir
a
satisfacer
los
necesidades
básicas
de
/a
población
rural,
periurbana
o
urbana
en
situación
de
pobreza
y
extrema
pobreza,
entre
ellas
las
vinculadas
a
infraestructura
de
instituciones
educativas,
puestos
de
salud,
agua
potable,
letrinas,
minfpresas,
reparación
o
apertura
de
trochas
carrozables,
puentes,
muros
de
contención,
redes
secundarias
de
electrificación,
mejoramiento
de
vivienda
social,
entre
otras.
Plaza
Bolívar,
Av,
Abancay
s/n
Ofic,
218-
Lima,
Perú
Central
telefónica:
311-7777
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