Proyecto de Ley Nº 04615/2022-CR, Ley de fortalecimiento de inversion publica en educacion mediante nucleo ejecutores

Número de Iniciativa04615/2022-CR
Fecha de registro30 Marzo 2023
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaParedes Gonzales, Alex Antonio,Gutiérrez Ticona, Paul Silvio,Medina Hermosilla, Elizabeth Sara,Paredes Castro, Francis Jhasmina,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Tello Montes, Nivardo Edgar
EstatusEN COMISIÓN
ProponenteCongreso
Proyecto
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1
16
5/2
0
22.-
C.
R
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CONGRESO
.
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PU
BLICA
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Arel
Twole
Dgmiclv
Decumerios
ALEX
iUTONIO
PAREDES
GON
CONGRESISTA
DE
LA
REP
"Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la
Unidad,
la
Paz
y
el
Desarrollo"
SUMILLA:
LEY
DE
FORTALECIMIENTO
DE
INVERSION
PUBLICA
EN
EDUCACION
MEDIANTE
NUCLEO
EJECUTORES
El
Grupo
Parla4pentario
BLOQUE
MAGISTERIAL
DE
CONCERTACION
NACIONAL,
a
iniciativa
del
Congresista
Alex
Antonio
Paredes
Gonzales,
con
la
facultad
que
establece
el
artículo
107°
de
la
y
conforme
a
lo
dispuesto
por
los
artículos
75°
y
76°
del
presenta
la
siguiente
propuesta
legislativa:
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA;
Ha
dado
la
Ley
siguiente:
LEY
DE
FORTALECIMIENTO
DE
INVERSION
PUBLICA
EN
EDUCACION
MEDIANTE
NUCLEO
EJECUTORES
Artículo
1.-
Del
Objeto
de
la
Ley
La
presente
ley
tiene
por
objeto
fortalecer
la
inversión
pública
en
Educación
bajo
la
modalidad
de
Núcleos
Ejecutores,
Artículo
2°.
-
Finalidad
de
la
Ley
La
finalidad
de
la
presente
ley
es
facilitar
la
ejecución
de
intervenciones
en
infraestructura
educativa
a
través
de
la
modalidad
de
Núcleos
Ejecutores,
con
el
fin
de
contribuir
a
un
efectivo
cierre
de
brechas,
tanto
en
zonas
rurales
como
urbanas.
Artículo
3°.
-
Modificación
del
numeral
4.1
del
artículo
4
de
la
ley
N'
31015,
Ley
que
autoriza
la
ejecución
de
intervenciones
en
infraestructura
social
básica,
productiva
y
natural,
mediante
núcleos
ejecutores
Modifíquese
el
numeral
4.1
del
artículo
4
de
la
Ley
que
autoriza
la
ejecución
de
intervenciones
en
infraestructura
social
básica,
productiva
y
natural,
mediante
núcleos
ejecutores
en
los
siguientes
términos:
"Arfículo
4.
Definiciones
4.1
Intervenciones
de
infraestructura
social
básica:
son
inversiones
de
optimización,
ampliación
marginal,
rehabilitación
y
reposición
(10ARR)
y,
fas
actividades
para
la
ejecución
de
pequeñas
obras,
cuyo
objeto
es
contribuir
a
satisfacer
los
necesidades
básicas
de
/a
población
rural,
periurbana
o
urbana
en
situación
de
pobreza
y
extrema
pobreza,
entre
ellas
las
vinculadas
a
infraestructura
de
instituciones
educativas,
puestos
de
salud,
agua
potable,
letrinas,
minfpresas,
reparación
o
apertura
de
trochas
carrozables,
puentes,
muros
de
contención,
redes
secundarias
de
electrificación,
mejoramiento
de
vivienda
social,
entre
otras.
Plaza
Bolívar,
Av,
Abancay
s/n
Ofic,
218-
Lima,
Perú
Central
telefónica:
311-7777

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