Proyecto de Ley Nº 03670/2022-CR, Ley que propone el acceso al régimen de pensiones y al seguro social de salud a los trabajadores de vehículos menores — mototaxistas
Número de Iniciativa | 03670/2022-CR |
Fecha de registro | 25 Noviembre 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2022 |
Autor de la iniciativa | Torres Salinas, Rosio,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,García Correa, Idelso Manuel,Julón Irigoín, Elva Edhit,Soto Reyes, Alejandro,Chiabra León, Roberto Enrique,Echaíz de Núñez Izaga, Gladys Margot,Bellido Ugarte, Guido,Monteza Facho, Silvia María,Acuña Peralta, María Grimaneza |
Proponente | Congreso |
Estatus | EN COMISIÓN |
Proyecto
de
Ley
N°
3
(
9
?Opog
2
-
CP
;
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPuBlicd
'ea
de
Tramite Digitalizattiot
je
P9
25
NOV,
2022
o
o
mati
./C.5
firma_
ROSIO
TORRES
SALINAS
"AMO
del
fortalecimiento
de
la
soberanía
nacional"
Proyecto
de
Ley
N°
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
EL
ACCESO
AL
SISTEMA
DE
SEGURIDAD
SOCIAL
EN
SALUD
Y
PENSIONES
A
LOS
PRESTADORES
DE
SERVICIO
DE
TRANSPORTE
DE
VEHÍCULOS
MENORES
-
MOTOTAXIS.
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben,
esta
propuesta,
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
Alianza
Para
el
Progreso,
a
iniciativa
de
la
Congresista
ROSIO
TORRES
SALINAS,
en
uso
de
las
facultades
de
iniciativa
legislativa
previsto
en
el
artículo
102
0
numeral
1),
y
el
artículo
107
0
de
la
Constitución
Política
del
Perú,
en
concordancia
con
los
artículos
75
0
y
76
0
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
ponen
a
consideración
lo
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
"PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
EL
ACCESO
AL
REGIMEN
DE
PENSIONES
Y
AL
SEGURO
SOCIAL
DE
SALUD
A
LOS
TRABAJADORES
DE
VEHICULOS
MENORES
—
MOTOTAXISTAS."
FORMULA
LEGAL
Articulo
1.-
Objeto
de
la
Ley:
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
el
garantizar
el
acceso
al
sistema
de
seguridad
social
en
salud
y
pensiones
a
los
trabajadores
de
vehículos
menores
—
mototaxistas.
Se
debe
garantizar
su
aseguramiento
universal
en
la
Salud
y
su
integración
al
Sistema
Nacional
de
Pensiones
de
la
Seguridad
Social;
garantizando
sus
derechos
constitucionales.
Artículo
2.-
Incorporación
al
Seguro
Social
de
Salud
y
al
Sistema
Nacional
de
Pensiones:
Se
garantiza
la
incorporación
de
los
trabajadores
de
vehículos
menores,
mototaxis;
y
sus
derechohabientes
al
aseguramiento
Universal
en
Salud
donde
podrán
incorporarse
facultativamente
al
Seguro
Social
de
Salud
—
ESSALUD.
De
la
misma
manera,
se
podrán
incorporar
al
Sistema
Nacional
de
Pensiones
de
la
ONP.
De
esta
manera,
se
garantiza
los
derechos
constitucionales
de
acceso
a
la
salud
y
a
la
prevención
social.
Articulo
3.-
Afiliación
al
Seguro
Integral
de
Salud
(SIS)
de
los
trabajadores
de
vehículos
menores
mototaxís:
Los
trabajadores
de
vehículos
menores
mototaxis,
que
no
cuenten
con
la
cobertura
pera
acceder
a
EsSalud
u
otros
regímenes
de
Seguridad
en
Salud
Pública
o
Privada;
o
no
puedan
incorporarse
facultativamente
al
Seguro
Social
de
Salud
—
ESSALUD;
deberán
www.congreso.gob.pe
Dirección:
Jr. Jirón
Azángaro
N"
4
68,
Lima
—
Perú.
1
Central
Teléfono:
311-7777.
Anexo
7176.
Correo:
jmorante@congreso.gob.pe
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