Proyecto de Ley Nº 03670/2022-CR, Ley que propone el acceso al régimen de pensiones y al seguro social de salud a los trabajadores de vehículos menores — mototaxistas

Número de Iniciativa03670/2022-CR
Fecha de registro25 Noviembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaTorres Salinas, Rosio,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,García Correa, Idelso Manuel,Julón Irigoín, Elva Edhit,Soto Reyes, Alejandro,Chiabra León, Roberto Enrique,Echaíz de Núñez Izaga, Gladys Margot,Bellido Ugarte, Guido,Monteza Facho, Silvia María,Acuña Peralta, María Grimaneza
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
3
(
9
?Opog
2
-
CP
;
CONGRESO
REPÚBLICA
CONGRESO
DE
LA
REPuBlicd
'ea
de
Tramite Digitalizattiot
je
P9
25
NOV,
2022
o
o
mati
./C.5
firma_
ROSIO
TORRES
SALINAS
"AMO
del
fortalecimiento
de
la
soberanía
nacional"
Proyecto
de
Ley
PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
EL
ACCESO
AL
SISTEMA
DE
SEGURIDAD
SOCIAL
EN
SALUD
Y
PENSIONES
A
LOS
PRESTADORES
DE
SERVICIO
DE
TRANSPORTE
DE
VEHÍCULOS
MENORES
-
MOTOTAXIS.
Los
Congresistas
de
la
República
que
suscriben,
esta
propuesta,
integrantes
del
Grupo
Parlamentario
Alianza
Para
el
Progreso,
a
iniciativa
de
la
Congresista
ROSIO
TORRES
SALINAS,
en
uso
de
las
facultades
de
iniciativa
legislativa
previsto
en
el
artículo
102
0
numeral
1),
y
el
artículo
107
0
de
la
Constitución
Política
del
Perú,
en
concordancia
con
los
artículos
75
0
y
76
0
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
ponen
a
consideración
lo
siguiente:
PROYECTO
DE
LEY
"PROYECTO
DE
LEY
QUE
PROPONE
EL
ACCESO
AL
REGIMEN
DE
PENSIONES
Y
AL
SEGURO
SOCIAL
DE
SALUD
A
LOS
TRABAJADORES
DE
VEHICULOS
MENORES
MOTOTAXISTAS."
FORMULA
LEGAL
Articulo
1.-
Objeto
de
la
Ley:
La
presente
Ley
tiene
por
objeto
el
garantizar
el
acceso
al
sistema
de
seguridad
social
en
salud
y
pensiones
a
los
trabajadores
de
vehículos
menores
mototaxistas.
Se
debe
garantizar
su
aseguramiento
universal
en
la
Salud
y
su
integración
al
Sistema
Nacional
de
Pensiones
de
la
Seguridad
Social;
garantizando
sus
derechos
constitucionales.
Artículo
2.-
Incorporación
al
Seguro
Social
de
Salud
y
al
Sistema
Nacional
de
Pensiones:
Se
garantiza
la
incorporación
de
los
trabajadores
de
vehículos
menores,
mototaxis;
y
sus
derechohabientes
al
aseguramiento
Universal
en
Salud
donde
podrán
incorporarse
facultativamente
al
Seguro
Social
de
Salud
ESSALUD.
De
la
misma
manera,
se
podrán
incorporar
al
Sistema
Nacional
de
Pensiones
de
la
ONP.
De
esta
manera,
se
garantiza
los
derechos
constitucionales
de
acceso
a
la
salud
y
a
la
prevención
social.
Articulo
3.-
Afiliación
al
Seguro
Integral
de
Salud
(SIS)
de
los
trabajadores
de
vehículos
menores
mototaxís:
Los
trabajadores
de
vehículos
menores
mototaxis,
que
no
cuenten
con
la
cobertura
pera
acceder
a
EsSalud
u
otros
regímenes
de
Seguridad
en
Salud
Pública
o
Privada;
o
no
puedan
incorporarse
facultativamente
al
Seguro
Social
de
Salud
ESSALUD;
deberán
www.congreso.gob.pe
Dirección:
Jr. Jirón
Azángaro
N"
4
68,
Lima
Perú.
1
Central
Teléfono:
311-7777.
Anexo
7176.
Correo:
jmorante@congreso.gob.pe

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