Proyecto de Ley Nº 03465/2022-GL, Ley que modifica el artículo 6 de la ley n° 27470 'ley que establece normas complementarias para la ejecución del programa del vaso de leche

Número de Iniciativa03465/2022-GL
Fecha de registro07 Noviembre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
ProponenteGobiernos Locales
EstatusEN COMISIÓN
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
Mujeres
y
Hombres'
"AÑO
DEL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
SOBEFtANíA
NACIONAL"
"A1
-
10
del
Bicentenario
del
Congreso
de
la
República
del
Perú"
,..Comas
03
de
n
Provecto
de
Ley
tr
i1
6
5
/.2
0
22
OFICIO
17+-2Ó22-AL/MDC
Señor:
JAVIER
ANGELES
ILLMAN
Director
General
Parlamentario
Congreso
de
la
República.
Av.
Abancay
s/n-
Lima
Presente.
-
Asunto
Referencias
:
viembre
del
2022
CONGRESc!
DF
I.
A
RI•
A
AREA DE IIIAMITE r.)1( .
1ilk
ZAC , )11
07
NOV.
2022
Firma•
Subsanación
a
incumplimiento
de
requisitos
de
presentación
de
iniciativa
legislativa.
(Reintegrado)
Oficio
294-736948-3-2021-2022-DGP-CR
Oficio
Na
128-2021-2022-DGD-DGP-CR
Oficio
088-2021-2022-ATDD-DGD-DGP/CR
Oficio
1048-2022-2021-ADP-D/CR
De
mi
mayor
consideración:
r)
0,
Por
medio
de
la
presente,
tengo
el
beneplácito
de
dirigirme
a
usted
para
hacerle
llegar
mis
cordiales
saludos,
en
mi
condición
de
Alcalde
del
distrito
de
Comas;
y
comunicarle
que
hemos
recibido
la
comunicación
de
su
despacho,
en
referencia
al
Oficio
N'
128-2021-2022-DGD-
DGP-CR
del
Departamento
de
Gestión
Documental
el
cual
contiene
el
Oficio
088-2021-
2022-ATDD-DGD-DGP/CR
del
Área
de
Trámite
y
Digitalización
de
Documentos,
donde
nos
informan
que,
de
acuerdo
a
las
verificaciones
realizadas,
la
iniciativa
legislativa
que
propone
"Modificar
el
Artículo
6
De
La
Ley
que
establece
normas
complementarias
para
la
ejecución
del
programa
del
vaso
de
leche".
no
cumple
con
los
requisitos
de
presentación
de
proposiciones
de
Ley
establecidos
en
el
en
lo
que
concierne
al
Análisis
Costo
Beneficio
de
la
futura
norma.
Asimismo,
mediante
la
presente
le
enviamos
el
proyecto
de
Ley
incluyendo
el
análisis
costo
beneficio
correspondiente
y
le
reiteramos
nuestra
disposición
para
seguir
trabajando
de
manera
conjunta
en
favor
de
la
ciudadanía.
Sin
otro
particular,
me
despido
de
usted.
Atentamente,
go
589
ito
5
Centro
Cívico
Municipal;
Av.
22
de
Alpsto
stn,
Cdra.
8
Urb.
Sarna
Luanila,
Att.
Ai.
lin;versitaria-Cdra.
63
Palacio
MunidpaL
Av
España
:
5:n,
Plaza
de
Arrias,
Pi.
La
lite
-
aid.
Ac
Túpac
Arnaru-Kra
11
Centrai
Telettnicti.
(01)
680-55ú-
anexo
1591
tnunicornas
oot.oe
PROYECTO
DE
LEY
QUE
MQDWfCA
EL
ARTÍCULO
I"'
DE
LA
LEY
N'
27470
'LEY
QUE
ESTABLECE
NORMAS
COMPLEMENTARIAS
PARA
LA
EJECUCIÓN
DEL
PROGRAMA
DEL
VASO
DE
LECHE"
La
Municipalkiad
Distrital
de
Comas,
en
el
mamo
de
lo
establecido
en
la
Constitución
Politice
del
92,
numeral
9
presenta
la
siguiente
iniciativa
legislazive
LEY
QUE
MODIFICA
EL
ARTÍCULO
6
DE
LA
LEY
N
7.7470
'LEY
QUE
ESTA
COMPLEMENTARIAS
PARA
LA
EJECUCIÓN
DEL
PROGRAMA
DEL
VASO
DE
LECHE'
CONSIDERANDO:
Que.
La
Organización
de
la
Salud
OMS,
ha
calificado
con
fecha
11
de
marzo
del
2020.
el
brcte
del
Coronavirus
(COVID-
la
pandemia
al
haberse
e:xlei.
-
idido
en
más
de
IOC)
países
del
mundo
era
simultánea;
Que.
el
articulo
ia
Ley
N'
27470
ley
que
Establece
Normas
Complementarias
para
La
Elecución
del
Programa
del
Vaso
De
Leche',
señala
como
beneficiarios
de
primera
prioridad
en
la
cobertura
del
Programa
del
Vaso
de
Leche
a
niños
de
O
a
6
años,
madres
gestantes
y
en
período
de
lactancia,
prionzando
entre
ellos
!a
atención
a
quienes
presenten
un
estado
de
desnutrición
o
se
encuentren
afectados
por
tuberculosis.
Asimismo,
en
la
medida
en
que
se
cumpla
con
!a
atención
a
la
noblasOn
antes
mencionada,
se
mantendrá
la
atención
a
los
niños
de
7
a
13
años,
ancianos
y
afectados
por
tuberculosis:
Que
de
conformidad
con
el
estudio
del
Estado
Nutricional
en
niños
de
6
a
13
arios
,
Y1
promedio
el
0
7
cl
,
Q"
son
DELGADOS
(Desnutrición
aguda),
el
riesgo
de
que
este
grupo
¡atarlo
sufra
alteraciones
en
SU
estado
nutriciona!
por
efecto
de
la
Emergencia
Sanitaria,
es
muy
grande;
por
la
que
se
encuentran
en
alto
riesgo
de
enfermarse
y
desnutrirse
Que,
los
artículos
7
0
de
la
Constitución
politice
del
Perú
precisa
que
todos
tienen
derecho
a
la
protección
de
su
salud,
la
del
medio
familiar
y
la
de
la
comunidad,
asi
como
el
deber
de
contribuir
a
su
promoción
y
defensa,
Que,
el
articulo
9'
Política
Nacional
de
Salud
E!
Estado
determina
la
política
nacional
de
salud.
El
Poder
Ejecutivo
norma
y
supervisa
su
aplicación.
Es
responsable
de
diseñada
y
conducirla
en
forma
plural
y
descentralizadora
para
facilitar
a
todos
los
accesos
equitativos
a
los
servicios
de
salud.
Cue,
siendo
así
proponemos
la
modificacén
del
articulo
e
la
'tey
que
Establece
Normas
Complementarias
para
la
Ejecución
del
Programa
del
Vaso
de
Leche'
Articulo
6.-
De
los
beneficiarios
Las
municipalidades
dan
cobertura
a
los
beneficiarias
del
Programa
del
Vaso
de
Leche:
niños
de
años,
madres
gestantes
y
en
periodo
de
lactancia,
priorizando
entre
ellos
la
atención
a
quienes
presenten
un
estado
de
desnutrición
o
se
encuentren
afectados
por
tuberculosis.
Asimismo,
en
la
medida
en
que
se
cumpla
con
la
atención
a
la
población
antes
mencionada,
se
mantendrá
la
atención
a
los
ancianos
y
afectados
por
tuberculosis,

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