Proyecto de Ley Nº 03251/2022-CR, Ley que regula la responsabilidad de las empresas del sistema financiero ante el fraude informático para la protección de los consumidores

Número de Iniciativa03251/2022-CR
Fecha de registro10 Octubre 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2022
Autor de la iniciativaTaipe Coronado, María Elizabeth,Portalatino Ávalos, Kelly Roxana,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Gonza Castillo, Américo,Pariona Sinche, Alfredo,Quispe Mamani, Wilson Rusbel
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto
de
Ley
N
PROYECTO
DE
LEY
FÓRMULA
LEGAL
Artículo
3.-
Ámbito
de
aplicación
La
ley
es
aplicable
a
todas
las
empresas
que
operan
en
el
sistema
financiero.
Artículo
4.-
Incorporación
Se
incorpora
el
subcapítulo
IV,
al
Título
III,
de
la
Sección
Segunda
de
la
26702,
Ley
General
del
Sistema
Financiero
y
del
Sistema
de
Seguros
y
Orgánica
de
la
Superintendencia
de
Banca
y
Seguros,
en
los
siguientes
términos:
Artículo
2.-
Finalidad
La
ley
tiene
por
finalidad
proteger
y
garantizar
las
operaciones
activas
y
pasivas
que
realizan
los
usuarios
del
sistema
financiero,
reduciendo
el
perjuicio
económico
y
salvaguardar
la
buena
reputación
crediticia.
Artículo
281-A.
Obligaciones
Del
usuario
a)
Utiliza
el
instrumento
y
canales
virtuales
de
pago
de
conformidad
con
las
condiciones
reguladas
por
la
Superintendencia
de
Banca,
Seguros
y
AFP.
Página
1
de
14
SUBCAPÍTULO
IV
FRAUDE
INFORMÁTICO
"Decenio
de
la
igualdad
de
oportunidades
para
mujeres
y
hombres'
o
del
Fortalecimiento
de
la
Soberanía
Nacional"
o
del
Bicentenario
del
Congreso
de
la
República
del
Perú"
MARÍA
ELIZABETH
TAIPE
CORONADO
Congresista
de
la
República
EL
CONGRESO
DE
LA
REPÚBLICA
Ha
dado
la
siguiente
Ley:
-
CR.
a
CONG
RESO
REPÚBLICA
PROYECTO
DE
LEY
QUE
REGULA
LA
RESPONSABILIDAD
DE
LAS
EMPRESAS
DEL
SISTEMA
FINANCIERO
ANTE
EL
FRAUDE
INFORMÁTICO
PARA
LA
PROTECCIÓN
DE
LOS
CONSUMIDORES
CONGRESO
OE
LA
REBLICA
Árti
«
Trjwe
r
OijítncítJór
je
Oocur"enios
1
o
octí
2022
El
Grupo
Parlamentario
PERÚ
LIBRE
a
iniciativa
de
la
Congresista
MARÍA
ELIZABETH
^TAIPE
CORONADO
y
de
los
congresistas
firmantes,
ejerciendo
el
derecho
a
iniciativa
legislativa
que
les
confiere
el
artículo
107
de
la
Constitución
Política
del
Perú,
y
en
concordancia
con
los
artículos
22,
inciso
c),
67,
75
y
76
del
Reglamento
del
Congreso
de
la
República,
presentan
el
siguiente
proyecto
de
ley:
PROYECTO
DE
LEY
QUE
REGULA
LA
RESPONSABILIDAD
DE
LAS
EMPRESAS
DEL
SISTEMA
FINANCIERO
ANTE
EL
FRAUDE
INFORMÁTICO
PARA
LA
PROTECCIÓN
DE
LOS
CONSUMIDORES
Artículo
1.-
Objeto
La
presente
ley
tiene
por
objeto
regular
la
responsabilidad
de
las
empresas
del
Sistema
Financiero,
respecto
de
los
fraudes
informáticos
cometidos
contra
los
usuarios
de
este
sistema
ante
operaciones
activas
y
pasivas
fraudulentas,
estableciendo
las
acciones
que
deberán
asumir
y
determinar
los
tiempos
para
la
resolución
de
los
casos.

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