Proyecto de Ley Nº 01977/2021-CR, Ley de reforma constitucional, que propone modificar el artículo 137° y 165° de la constitución política del perú que establece la participación de las fuerzas armadas para brindar apoyo a la policía nacional del perú con el fin de fortalecer la seguridad ciudadana

Número de Iniciativa01977/2021-CR
Fecha de registro09 Mayo 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaZeballos Madariaga, Carlos Javier,Kamiche Morante, Luis Roberto,Chávez Chino, Betssy Betzabet,Limachi Quispe, Nieves Esmeralda,Echeverría Rodríguez, Hamlet,Valer Pinto, Héctor
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto de Ley
N
0
..
J
.
3i
/2 02
-II'
C~iresista
de
la Republica
CONGRESO
'Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
REPUBILICA
"Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional"
CONGRESO DE LA RE PUBLICA
Proyecto de Ley de Reforma Constitucional,
Aeade Trámite
y
Dgazaor e Doc
u
rners
que propone modificar el artículo 137° y
165°
de
09
MA
LULL
la participación de las Fuerzas Armadas para
R E C
(i
1 D O
brindar apoyo a la Policía Nacional del Perú con
Firma
Hora
el fin de fortalecer la seguridad ciudadana.
Pag.
1
1
Los Congresistas de la República que suscriben, a iniciativa del Congresista
CARLOS
ZEBALLOS MADARIAGA, miembro y vocero del Grupo Parlamentario "Perú
Democrático", en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confieren los
artículos 107
0
y
206° de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con los
artículos 22
0
inciso c),
750
y 76° del Reglamento del Congreso de la República,
proponen el siguiente Proyecto de Ley de institucional:
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE PROPONE MODIFICAR EL
QUE ESTABLECE LA PARTICIPACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS
PARA BRINDAR APOYO A LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ CON EL
FIN DE FORTALECER LA SEGURIDAD CIUDADANA
Articulo 1.
-
Objeto de la Ley
La presente ley de reforma constitucional tiene por objeto reformar parcialmente el
artícu1o137° y 165°° de la Constitución Política del Perú, afin de instituir la participación
de las Fuerzas Armadas para brindar apoyo a la Policía Nacional del Perú con el fin de
fortalecer la Seguridad Ciudadana.
Artículo 2.- Modificación de los artículos de la Constitución Política del Perú
Modificase los artículos 137
0
y 165° de la Constitución Política del Perú, los cuales
quedan redactados bajo el siguiente tenor:
"Artículo 137.-
El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de
Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional,
o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los
estados de excepción que en este artículo se contemplan:
www.congreso.gob.pe
Jr. Huallaga 358- Edif. Fernando Belaunde T. Oficina 206
czeballos@congreso.gob.pe
Lima, Perú
Central Telefónica: (01) 311777-Anexo 7214

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR