Presentado

Fecha09 Mayo 2022
Proyecto de Ley
N
0
..
J
.
3i
/2 02
-II'
C~iresista
de
la Republica
CONGRESO
'Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
REPUBILICA
"Año del Fortalecimiento de la Soberania Nacional"
CONGRESO DE LA RE PUBLICA
Proyecto de Ley de Reforma Constitucional,
Aeade Trámite
y
Dgazaor e Doc
u
rners
que propone modificar el artículo 137° y
165°
de
09
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la participación de las Fuerzas Armadas para
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1 D O
brindar apoyo a la Policía Nacional del Perú con
Firma
Hora
el fin de fortalecer la seguridad ciudadana.
Pag.
1
1
Los Congresistas de la República que suscriben, a iniciativa del Congresista
CARLOS
ZEBALLOS MADARIAGA, miembro y vocero del Grupo Parlamentario "Perú
Democrático", en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que le confieren los
artículos 107
0
y
206° de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con los
artículos 22
0
inciso c),
750
y 76° del Reglamento del Congreso de la República,
proponen el siguiente Proyecto de Ley de institucional:
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE PROPONE MODIFICAR EL
QUE ESTABLECE LA PARTICIPACIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS
PARA BRINDAR APOYO A LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ CON EL
FIN DE FORTALECER LA SEGURIDAD CIUDADANA
Articulo 1.
-
Objeto de la Ley
La presente ley de reforma constitucional tiene por objeto reformar parcialmente el
artícu1o137° y 165°° de la Constitución Política del Perú, afin de instituir la participación
de las Fuerzas Armadas para brindar apoyo a la Policía Nacional del Perú con el fin de
fortalecer la Seguridad Ciudadana.
Artículo 2.- Modificación de los artículos de la Constitución Política del Perú
Modificase los artículos 137
0
y 165° de la Constitución Política del Perú, los cuales
quedan redactados bajo el siguiente tenor:
"Artículo 137.-
El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de
Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional,
o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los
estados de excepción que en este artículo se contemplan:
www.congreso.gob.pe
Jr. Huallaga 358- Edif. Fernando Belaunde T. Oficina 206
czeballos@congreso.gob.pe
Lima, Perú
Central Telefónica: (01) 311777-Anexo 7214

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