Proyecto de Ley Nº 01886/2021-CR, Ley que modifica e incorpora literales a la ley n° 29314, “ley de la fábrica de armas y municiones del ejército” – fame s.A.C.

Número de Iniciativa01886/2021-CR
Fecha de registro27 Abril 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaChiabra León, Roberto Enrique,Ruíz Rodríguez, Magaly Rosmery,Díaz Monago, Freddy Roland,Acuña Peralta, María Grimaneza,Julón Irigoín, Elva Edhit,Soto Reyes, Alejandro,Salhuana Cavides, Eduardo
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de Ley
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CONG5.ESO
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BLICA
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres
Mo del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
CONGRESO DE LA REPÚBLi
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:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA E
INCORPORA LITERALES A LA LEY N°
29314, "LEY DE LA FÁBRICA DE
ARMAS Y MUNICIONES DEL
EJÉRCITO"
-
FAME S.A.C.
El Grupo Parlamentario
ALIANZA PARA EL PROGRESO
a iniciativa del Congresista
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN,
en uso de las facultades conferidas por el artículo
y
en los artículos 75
0
y
76
0
del Reglamento del
Congreso de la República, propone el siguiente PROYECTO DE LEY:
FORMULA LEGAL
LEY QUE MODIFICA E INCORPORA LITERALES A LA LEY N° 29314, LEY DE LA
FÁBRICA DE ARMAS Y MUNICIONES DEL EJÉRCITO
-
FAME S.A.C.
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto modificar los artículos 1, 2
y
3; la Primera Disposición
Complementaria y Única Disposición Modificatoria, de la Ley N° 29314, Ley de la Fábrica de
Armas y Municiones del Ejército
-
FAME S.A.C., con el fin de fortalecer la industria militar del
país. Para ello, se prevé potenciar el rango de acción empresarial de la FAME S.A.C,
precisando su objeto social; articulando su actuación dentro del Sistema de Seguridad y
Defensa Nacional como principal abastecedor de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
del Perú, al ser una fábrica estratégica peruana de municiones, armas y equipamiento de
uso militar y policial, agilizando las contrataciones de los productos y servicios que ofrece.
Artículo 2.
Modificar los artículos 1, 2 y 3, la Primera Disposición Complementaria y Única
Disposición Modificatoria, de la Ley
29314, Ley de la Fábrica de Armas
y
Municiones del
Ejército
-
FAME S.A.C., en los siguientes términos:
1
rchiabra@congreso.gob.pe
Jr. Azángaro 468— Of. 501
-
Lima
-
Perú
Teléfono: 311 -7138
Artículo
1°.
-
Denominación, naturaleza y régimen legal
La Fábrica de Armas, Municiones
y Equipamiento
del Ejército es una Sociedad Anónima
Cerrada, cuya denominación abreviada es FAME S.A.C.; su naturaleza jurídica corresponde
a una empresa del Estado con accionariado privado y dentro del ámbito del Ministerio de
Defensa. Se constituye sobre la base de la Unidad Productiva de Material de Guerra creada
mediante Decreto Supremo N°
006-2001-DEIEP,
modificada por el Decreto Supremo N°009-
2005-DE/EP, se rige por las disposiciones de la presente Ley, por la Ley del Ministerio de
-
Objeto social
El objeto social de la Fábrica de Armas, Municiones
y Equipamiento
del Ejército S.A.C., en
adelante FAME S.A.C., comprende a lo siguiente:
Efectuar la comercialización, desarrollo, fabricación,
ensamblaje,
modificación,
modernización, mantenimiento de sistemas de armas y municiones de guerra y de uso
civil, explosivos, equipamiento, vehículos de uso militar y policial;
la investigación y
desarrollo tecnológico; y actividades conexas para abastecer a las Fuerzas Armadas, la
Policía Nacional del Perú y los Comités de Autodefensa u otros organismos del Estado,
de acuerdo a los objetivos aprobados por el Ministerio de Defensa
y el Ministerio del
Interior.
Efectuar la comercialización, desarrollo, fabricación, ensamblaje, modificación,
modernización y mantenimiento de sistemas de armas y municiones de guerra de uso
civil para personas y, entidades nacionales y extranjeras.
Producir o adquirir los insumos necesarios para las actividades señaladas en los incisos
a) y b). Los insumos son adquiridos a los productores de minerales nacionales.
Realizar por sí misma la actividad de investigación y desarrollo tecnológico relacionada
con su objeto social o afines.
Celebrar convenios o contratos de cooperación tecnológica, científica y de capacitación
con entidades nacionales o extranjeras para promover el desarrollo técnico-científico
nacional en los asuntos de su competencia. Así como, aquellos que puedan generar un
mejor y estratégico desarrollo en algunos o todos los objetivos de la empresa.
2
rchiabra@congreso.gob.pe
Jr. Azángaro 468— Of. 501- Lima
-
Perú
Teléfono: 311 -7138

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