Proyecto de Ley Nº 01715/2021-CR, Ley que declara la protección de especies ícticas nativas de la cuenca del lago titicaca y lagunas altoandinas (carachi, suche mauri y boga) en peligro de extinción

Número de Iniciativa01715/2021-CR
Fecha de registro12 Abril 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaQuispe Mamani, Wilson Rusbel,Portalatino Ávalos, Kelly Roxana,Flores Ramírez, Alex Randu,Quito Sarmiento, Bernardo Jaime,Taipe Coronado, María Elizabeth,Bellido Ugarte, Guido
ProponenteCongreso
EstatusDictamen
SUMILLA PROYECTO DE LEY QUE DECLARA LA PROTECCIÓN DE
12
,
2022
ESPECIES
ÍCTICAS
NATIVAS DE LA CUENCA DEL LAGO TITICACA
¡ 1
Y LAGUNAS ALTOANDINAS (CARACHI, SUCHE MAURI Y BOGA)
EN PELIGRO DE EXTINCIÓN
Los Congresist4 de la República que suscriben, miembros del Grupo Parlamentario Perú Libre, a
iniciativa del cdngresista Wilson Rusbel Quispe Mamani, en ejercicio del derecho de iniciativa
legislativa que les confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y de conformidad
con los artículos 22°, inciso C, 67°, 75°
y
proponen el siguiente PROYECTO DE LEY.
FÓRMULA LEGAL
LEY QUE DECLARA LA PROTECCIÓN DE ESPECIES ÍCTICAS NATIVAS DE LA CUENCA DEL LAGO
TITICACAY LAGUNAS ALTOANDINAS (CARACHI, SUCHE MAURI Y BOGA) EN PELIGRO DE EXTINCIÓN
Artículo
1. El objetivo de la presente ley es: Declarar el Suche, Boga y Mauri; de la Cuenca del Lago
Titicaca del departamento de Puno, especies en peligro de extinción; y declarar de interés público
el repoblamiento y su conservación de dichas especies y asegurar su sostenibilidad.
Artículo 2.
Declaración de las especies ícticas nativas de la cuenca del Lago Titicaca como
especies amenazadas, legalmente protegidas
2.1.
Declárese legalmente protegida y en peligro de extinción a la especie íctica nativa de la Cuenca
del Lago Titicaca denominada "Suche" ( Trichomycterus rivulatos).
2.2.
Declárese legalmente protegida y en peligro de extinción a la especie íctica nativa de la Cuenca
del Lago Titicaca denominada "Boga" ( Orestias pentlandil).
2.3.
Declárese legalmente protegida y en peligro de extinción a la especie íctica nativa de la Cuenca
del Lago Titicaca denominada "Mauri" (Trichomycterus dispar).
Artículo
3.
Creación y conservación de la reserva ícticas en las zonas ribereñas de la cuenca del Lago
Titicaca, para toda la especie declarada en peligro de extinción y legalmente protegidas.
Artículo 4.
Se prohíbe el arrancamiento y comercialización de las especies contempladas en los
artículos 2 y 3 de la presente ley.
Artículo
S. El Ministerio de Relaciones Exteriores, tratará con la República de Bolivia los términos de
un acuerdo normativo común para la conservación de las especies ícticas precisadas en los artículos
2
y
3 de la presente ley, para el cumplimiento y aplicación por la Autoridad Binacional Autónoma de
la Cuenca del Sistema Hídrico del Lago Titicaca, Rio Desaguadero, Lago Poopó y Salar de Coipasa.
www.congreso.gob.pe
Central Telefónica: 311-7777

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