Proyecto de Ley Nº 01659/2021-CR, Ley para la estabilidad política del perú

Número de Iniciativa01659/2021-CR
Fecha de registro07 Abril 2022
Legislatura2021-2026
SesiónSegunda Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaPablo Medina, Flor Aidee,Paredes Piqué, Susel Ana María,Málaga Trillo, George Edward
ProponenteCongreso
EstatusEN DEBATE - PLENO
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Proyecto de Ley N0..L .9/W2 /
CONGRESO
REPÚBLICA
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PUELlC/
7
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R E
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Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
Proyecto de Ley N
°
LEY PARA LA ESTABILIDAD
POLÍTICA DEL PERÚ
Los congresistas electos por el Partido Morado FLOR PABLO MEDINA, SUSEL PAREDES
PIQUE y EDWARD MÁLAGA TRILLO, en ejercicio del derecho a la iniciativa legislativa que
les confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo
dispuesto en el inciso c) del artículo 22
y
los artículos 37, 67, 75
y
76 del Reglamento del
Congreso de la República, presentan a consideración del Congreso el siguiente proyecto de
ley:
PROYECTO DE LEY PARA LA ESTABILIDAD POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo
1.-Objeto
El presente proyecto de ley tiene por objeto modificar de manera conjunta y sistemática los
artículos 35, 1 1 3, 1 1 5, 1 1 7, 132 y 134 de la Constitución a efectos que se adopte en el Perú
un diseño constitucional que permita dar condiciones de gobernabilidad, estabilidad política
y un verdadero equilibrio entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Además, se busca
modificar los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de Elecciones para introducir al sistema
electoral una reforma política urgente.
Artículo
2.—
Modificaciones de los artículos
35, 113, 115, 117, 132
y
134
de la
Modifíquense los artículos 35, 113, 1 1 5, 1 1 7, 132
y
134 de la Constitución, en los siguientes
términos:
"Artículo 35. Organizaciones Políticas
Los ciudadanos pueden ejercer sus derechos individualmente o a través de
organizaciones políticas como partidos, movimientos o alianzas, conforme a ley.
Tales organizaciones concurren a la formación y manifestación de la voluntad
popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad
jurídica.
(...)
No pueden participar en cargos partidarios ni financiar de manera directa
o indirecta a organizaciones políticas, las personas sobre quienes recaiga
una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de
autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso".
"Artículo 113. Vacancia de la Presidencia de la República
La Presidencia de la República vaca por:
1
"Artículo 115. Impedimento temporal o permanente del ejercicio de la
Presidencia
Por impedimento temporal o permanente del Presidente de la República, asume sus
funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente.
Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso quien cesa
automáticamente de este cargo al momento de asumir las funciones del
Presidente de la República y pide de forma obligatoria licencia oficial
como congresista por el periodo de su mandato. El Presidente del
Congreso no cesa de su cargo cuando el impedimento es temporal.
Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso, que asume el cargo
de Presidente de la República, convoca de inmediato a elecciones generales.
(. .
"Artículo 117. Excepción a la inmunidad presidencial
El Presidente de la República sólo puede ser acusado, durante su periodo,
conforme a los artículos 99 y 100 de la Constitución, por:
1. Traición a la patria;
(...)
S. Por incurrir en crímenes de lesa humanidad, delitos asociados al crimen
organizado y por otros delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones.
La denuncia constitucional por estos delitos solo puede realizarla el Fiscal
de la Nación.
Excepcionalmente, con una votación que supere los cuatro quintos del
número legal de miembros del Congreso de la República, sin contar los
integrantes de la Comisión Permanente, el Presidente de la República
también puede ser acusado por la realización de graves, indubitables y
probadas infracciones a la Constitución.
"Artículo 132. Voto de censura o rechazo de la cuestión de confianza
El Congreso hace efectiva la responsabilidad política del Consejo de Ministros, o de
los ministros por separado, mediante el voto de censura o el rechazo de la cuestión
de confianza. Esta última sólo se plantea por iniciativa ministerial. Esta cuestión de
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