Proyecto de Ley Nº 00964/2021-CR, Ley que modifica el artículo 1 y 2 de la ley 25129, ley que establece que los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, percibirán asignación familiar desde la esfera de las responsabilidades de cuidado

Número de Iniciativa00964/2021-CR
Fecha de registro13 Diciembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaCortez Aguirre, Isabel,Bazán Narro, Sigrid Tesoro,Luque Ibarra, Ruth,Reymundo Mercado, Edgard Cornelio,Zeballos Madariaga, Carlos Javier,Portero López, Hilda Marleny,Tacuri Valdivia, Germán Adolfo,Cerrón Rojas, Waldemar José
EstatusOrden del Día
ProponenteCongreso
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Proyecto de ley que modifica la asignación
familiar protegiendo a los trabajadores con carga
familiar y de menores recursos.
El Grupofrarlamentario Juntos por el Perú, a propuesta de la Congresista de la
Repúblicl que suscribe Isabel Cortez Aguirre en ejercicio de las facultades previstas
en el artiulo 107° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el articulo
750
y 76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta el siguiente proyecto
de ley:
1.
PROYECTO DE LEY
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO Y DE LA LEY N° 25129, LEY QUE
ESTABLECE QUE LOS TRABAJADORES DE LA ACTIVIDAD PRIVADA CUYAS
REMUNERACIONES NO SE REGULAN POR NEGOCIACIÓN COLECTIVA,
PERCIBIRÁN ASIGNACIÓN FAMILIAR; DESDE LA ESFERA DE LAS
RESPONSABILIDADES DE CUIDADO.
Articulo 1.- Objeto de la Ley.
El objetivo de la presente Ley es reforzar la esfera de protección de las y los trabajadores
con responsabilidades familiares yio cuidado con la superación del alcance del concepto
de la Asignación Familiar,
Artículo
20.
Modifica el artículo 1° de la Ley 25129, creando el concepto de
Asignación por responsabilidades de cuidado
Modifiquese el articulo
10
de la Ley 25129. Ley que dispone que los trabajadores de la
actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, el que
tendrá el siguiente texto:
Artículo 1
1
.
Las y los trabajadores de la actividad privada tienen derecho a percibir el
concepto de "Asignación por responsabilidades de cuidado" con sus hijas
o hijos menores de 18 años; así como, por sus dependientes, que será
determinado de la siguiente manera:
A partir de la vigencia de la presente Ley, los trabajadores de la actividad
privada cuyas remuneraciones sean mayores a una Unidad Impositiva
Tributaria
-
UIT vigente, percibirán el equivalente al 10% del ingreso
mínimo legal por todo concepto de Asignación Familiar.
Contacto: 01 3117777 (7256)
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