06 207-2003-MP-FN 239-2003-MP-FN 241-2003-MP-FN - Nombran fiscales provisionales en despachos de fiscalías provinciales penales del Cusco y Piura y mixta de Cangallo

Fecha de disposición13 Febrero 2003
Fecha de publicación13 Febrero 2003
Pág. 239073
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 13 de febrero de 2003
Que, asimismo habiendo vencido los plazos estableci-
dos en el Cronograma aprobado mediante Resolución
Administrativa Nº 121-2002-P-CSJCL/PJ, es pertinente dejar
sin efecto el mismo;
Que en consecuencia, en uso de las facultades conferi-
das por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONVOCAR en forma directa y pública
a los Profesionales y/o Técnicos de las diversas especialida-
des, que cumplan con los requisitos para ser seleccionados
como Peritos Judiciales, al Proceso de Inscripción, Evaluación
y Selección de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Jus-
ticia del Callao, el mismo que se desarrollará según el nuevo
cronograma que deberá elaborarse para tal efecto.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, el Cronograma
de Inscripción, Evaluación y Selección de Peritos Judicia-
les aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 212-
2002-P-CSJCL/PJ.
Artículo Tercero.- RATIFICAR a los señores doctores
Diodoro Antonio Gonzáles Ríos, Presidente de la Primera
Sala Penal, Miguel Torres Méndez, Vocal de la Sala Civil y
Hugo Garrido Cabrera, Juez Titular del Tercer Juzgado Es-
pecializado Civil de esta Corte Superior, como Miembros de
la Comisión de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales
del Callao; así como RATIFICAR a sus Miembros de apoyo
Licenciado Germán Podestá Berrocal, Administrador de la
Sede Distrital y señora Abogada Rocío Sánchez Saavedra,
Responsable del Registro de Peritos Judiciales del Callao.
Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de
la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia
General del Poder Judicial, de la Oficina de Administración
Distrital y del Registro de Peritos Judiciales del Callao.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
CARLOS ZECENARRO MATEUS
Presidente
Corte Superior de Justicia del Callao
02872
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan contratación de servicio de
comunicación inalámbrica mediante
proceso de adjudicación directa de me-
nor cuantía
RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN
Nº 001-GG-2003
Lima, 12 de febrero del 2003
VISTOS:
El Informe Técnico anexo al Memorándum Nº F200-MA-
2003-006, de la Gerencia de Sistemas del 27 de enero de
2003, en el que se sustenta la necesidad de contratar direc-
tamente, por un año, con la empresa Telefónica Móviles S.A.C.,
el servicio de comunicación de datos para el acceso a Inter-
net a través de conexión móvil por un módem inalámbrico en
computadoras portátiles, por cuanto la mencionada compa-
ñía es la única operadora de telefonía móvil que los ofrece.
El Memorándum Nº K000-MA-2003-158 emitido por la
Oficina Legal el 12 de febrero del 2003, en el que se opina
que la contratación del servicio señalado anteriormente,
debe efectuarse mediante un proceso de adjudicación de
menor cuantía, ya que se trata de un servicio que no admi-
te sustituto.
CONSIDERANDO QUE:
En el informe técnico señalado en el primer párrafo del
exordio de esta resolución, se señala que el Banco requie-
re contratar el servicio de comunicación de datos a través
de telefonía móvil desde computadoras personales, permi-
tiendo el acceso por demanda vía Internet a los servicios
informáticos del Banco y de otras entidades de interés
particular, la misma que por su naturaleza, volumen y acce-
so reservado, requiere de mecanismos informáticos de co-
municación y acceso digital por demanda.
Se señala también en el informe, que el servicio requeri-
do para el año 2003 lo presta la empresa Telefónica Móvi-
les S.A.C. y es la única operadora de telefonía móvil que
ofrece los servicios de transmisión de datos por medio de
un adaptador módem inalámbrico, conforme a lo indicado
en su carta del 27 de enero del 2003.
El marco jurídico en el que se realizan las contrata-
ciones del Banco Central para la adquisición de bienes o
para la contratación de servicios, está determinado por el
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-
premo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento (Decreto Supre-
mo Nº 013-2001-PCM) y normas modificatorias.
De acuerdo con el inciso f) del artículo 19 del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado, están exonerados del proceso de adju-
dicación directa, la contratación de servicios que no admi-
ten sustitutos.
Conforme al artículo 20º de la misma Ley, cuando por
las causas que se menciona en el artículo 19º, se exonere
la contratación del servicios del requisito de adjudicación
directa, debe recurrirse al proceso de adjudicación de me-
nor cuantía, debiendo tal exoneración aprobarse median-
te resolución del Titular del Pliego de la Entidad.
A tenor del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el
artículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución que
aprueba la exoneración y los informes que la sustentan
deben ser remitidos a la Contraloría General de la Repúbli-
ca dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha
de su aprobación y publicada en el diario oficial El Peruano
dentro de los diez días hábiles de su emisión u adopción.
Los motivos expuestos precedentemente permiten con-
cluir que la contratación del servicio de comunicación inalám-
brica no admite sustituto, por lo que se enmarca dentro de lo
dispuesto en el inciso f) del artículo 19º de la citada Ley.
El monto anual de la contratación determina la exonera-
ción de un proceso de adjudicación directa.
Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el
artículo 113º del Reglamento antes citado, por lo que co-
rresponde a esta Gerencia General aprobar la exoneración.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación di-
recta la contratación del servicio de comunicación inalám-
brica, por cuanto éste no admite sustituto.
Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración
para que contrate el servicio anual antes indicado, con la
empresa Telefónica Móviles S.A.C, por un valor referencial
de US$ 10 001,20, incluido impuestos, mediante un proce-
so de adjudicación directa de menor cuantía y con cargo a
los recursos de esta Institución.
Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el diario
oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Con-
traloría General de la República, conjuntamente con los
informes que sustentan la exoneración.
HENRY BARCLAY
Gerente General
02888
MINISTERIO PÚBLICO
Nombran fiscales provisionales en des-
pachos de fiscalías provinciales pena-
les del Cusco y Piura y mixta de Can-
gallo RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE
LA NACIÓN Nº 207-2003-MP-FN
Lima, 11 de febrero de 2003
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto
Provincial en el Distrito Judicial del Cusco, en el Despacho
de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal del Cusco, lo que
hace necesario cubrirla provisionalmente;

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