Ingresos provenientes de actividades ilícitas e imposición tributaria: Sentencia recaída en el Expediente 4382-2007-PA (Caso Hermoza Rios)

AutorEduardo Sotelo
Páginas51-56

Eduardo Sotelo: Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Master en Derecho por The University of Chicago Law School y Master de Ciencias en Políticas Públicas y Administración Pública por The London School of Economics and Political Science. Diplomado por The Georgetown University Law School. Ex Consultor y Asesor del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria. Profesor Asociado del Departamento de Derecho de la PUCP.

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1. Introducción

La Sentencia recaída en el Expediente 4382-2007-PA así como las recaída en el expediente 4985-2007-PA refieren sustantivamente al mismo caso. La primera a un procedimiento de amparo interpuesto por el señor Nicolás de Bari Hermoza Quiroz (hijo) y la segunda por el señor Nicolás de Bari Hermoza Ríos (padre), ex general y Comandante General del Ejército del período presidencial fujimorista.

La sentencia que comentaremos brevemente es la recaída en el Expediente No. 4382-2007-PA de 12 de noviembre de 2007, en el cual el Pleno del Tribunal Constitucional se pronuncia por declarar infundado el recurso de agravio constitucional interpuesto contra la sentencia expedida por la Corte Superior de Justicia de Lima, con el voto singular de uno de los magistrados en el sentido de confirmar el auto de rechazo liminar de la demanda.

2. Materia controvertida y materia tributaria relevante

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), finalizado el ejercicio de sus funciones de fiscalización, emite una serie de resoluciones de determinación y consiguientes resoluciones de multa por concepto de impuesto a la renta de los ejercicios 1997 a 2000 y por encontrarse incurso en una serie de infracciones tributarias asociadas a dicho tributo y períodos.

Conforme a la regulación pertinente de los procedimientos tributarios, las resoluciones aludidas son impugnadas dentro del procedimiento contencioso respectivo, originando que el asunto administrativo litigioso convoque el pronunciamiento del Tribunal Fiscal. Las Resoluciones del Tribunal Fiscal 00850-4-2006, de fecha 16 de febrero de 2006, y 01774-4-2006, de fecha 31 de marzo de 2006, resuelven los procedimientos contenciosos tributarios incoados alegando la supuesta inexistencia de rentas por incremento patrimonial no justificado, o de rentas de fuente extranjera, durante los períodos 1997 a 2000 mencionados.

El 8 de agosto de 2006 el contribuyente interpone demanda de amparo contra la SUNAT y contra el Tribunal Fiscal, con el objeto que se declare la nulidad de la Resolución del Tribunal Fiscal 00850-4-2006 y la Resolución del Tribunal Fiscal 01774-4-2006. El contribuyente alega la vulneración de sus derechos fundamentales a la legalidad tributaria y a no ser procesado ni sancionado dos veces por el mismo hecho.

A este efecto, el demandante señala que por una sentencia de 16 de mayo de 2005, que tiene calidad de firme, expedida por Tercera Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, fue condenado junto con su familia por los delitos de peculado y cohecho pasivo propio, por la apropiación de fondos públicos y el recibo de sobornos por un monto total de US $ 20’550,000.00 (Veinte Millones Quinientos Cincuenta Mil y 00/100 Dólares Americanos). Dicho monto y los intereses generados, fueron transferidos al Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado – FEDADOI, bajo la consideración que dicho dinero era de propiedad del Estado y que por tanto le debía ser devuelto. Alega, adicionalmente, el demandante que, no obstante, la SUNAT...

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