¿Protegen la competencia las leyes antitrust?

AutorSylvester Petro
CargoFue profesor de derecho y autor de varios libros sobre la historia de la política laboral en los Estados Unidos, incluyendo la política laboral de una Sociedad Libre, La huelga de Kohler, y la huelga de prensa Kingsport
Páginas271-276
¿Protegen la Competencia
las leyes Antitrust?
271Círculo de Derecho Administrativo
Sylvester Petro
Se piensa comúnmente que las leyes antitrust son
instituciones que distinguen el sistema económico
de Estados Unidos del resto del mundo no
soviético. Se dice que si no fuera por estas leyes
estaríamos ahogados por las cartelización, como
en Gran Bretaña, Alemania o Francia.
En resumen, muchos creen que las leyes antitrust
son responsables de que tengamos una sociedad
competitiva. Proteger la competencia podría haber
sido el objetivo alrededor de 1890, cuando se
aprobó la Ley básica. Pero indudablemente para
la pasada generación, las leyes antitrust no han
funcionado para ese fin. En lugar de proteger han
acabado dañando la competencia mediante una
interpretación y administración cuestionable, al
subsidiar y mantener competidores ineficientes.
Por competencia me refiero a una situación que
existe cuando se observan las reglas básicas
de la sociedad libre, cuando todos poseen los
derechos básicos a la propiedad privada y la
libertad de contratación. La competencia no es
un modo de conducta que alguien tenga que
promover institucionalmente. Se desarrolla natural
y necesariamente entre personas que sean libres
de perseguir sus propios intereses.
¿Protegen la Competencia las leyes Antitrust?*
Sylvester Petro**
SUMILLA
El presente artículo estudia el proceso de competencia y las actuaciones de los agentes del
mercado que pueden distorsionar su buen funcionamiento, ya sea a través de monopolios,
carteles y demás actos que lo único que provocan es desventaja para los consumidores. Todo
ello a partir de la eficacia o no de Leyes Antitrusts como las que regulan el mercado de los
Estados Unidos, en ese sentido, para la estimación de la eficacia de estas leyes antitrust nos
señala varios ejemplos que servirán para su crítica hacia estas leyes.
Sean cuales sean los intereses u objetivos
personales de alguien (empresario, escultor o
predicador), la consecuencia de perseguirlos
es ponerle en competencia con todos los que
comparten ese objetivo. Siendo este el caso, la
preocupación por promover la competencia es
como en el mejor de los casos una derivación de
esfuerzos que podrían emplearse para proteger la
propiedad privada y la libertad de contratación.
Mi tesis es que hemos errado en la formulación
y aplicación de las leyes antitrust en los Estados
Unidos.
Una lista de las leyes
¿Cuáles son estas leyes? La primera es la Ley
Sherman de 1890. Esta Ley hace que todo
contrato o acuerdo en restringir el comercio
y cualquier conspiración para monopolizar el
mercado o el comercio en los Estados Unidos una
falta. Después aparece la Ley Clayton de 1914,
declarando ilegales ciertos tipos de contratos,
como un acuerdo de ligadura o un contrato de
venta exclusiva cuando el resultado pueda ser
disminuir la competencia o tender a crear un
monopolio.
* Traducido al español por Mariano Bas Uribe, el mismo que autorizó su publicación en la Revista de Derecho Administrativo N°
10 “Derecho de la Competencia”.
Disponible en: http://mises.org/Community/blogs/euribe/archive/2009/11/25/191-protegen-la-competencia-las-leyes-antitrust.
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** Sylvester Petro (1917-2007) fue profesor de derecho y autor de varios libros sobre la historia de la política laboral en los Estados
Unidos, incluyendo la política laboral de una Sociedad Libre , La huelga de Kohler , y la huelga de prensa Kingsport. Como profesor
y director de la Universidad de Wake Forest, Instituto de Derecho y Análisis de Políticas, fue profesor de varias generaciones
de estudiantes sobre la historia de los sindicatos, mientras que la defensa de la libre asociación y la libre contratación como
esenciales para la comunidad libre y próspera. Fue miembro de la Sociedad Mont Pelerin y partidario del Mises Institute.

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