Protección EX ANTE v. PROTECCIÓN EX POST: la ejecución de colaterales en operaciones de financiamiento
Autor | Freddy Escobar Rozas |
Páginas | 41-57 |
41
* A la memoria de Jorge Avendaño Valdés y Luis Pizarro Aranguren.
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Lazo, De Romaña & CMB. Contacto: fescobar@lazoabogados.com.pe.
de 2017, y aceptado por el mismo el 22 de febrero de 2018.
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EX ANTE v. EX POST PROTECTION: THE IMPLEMENTATION
OF COLLATERALS IN FINANCING TRANSACTION
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10.18800/themis.201702.003
THEMIS 72 | Revista de Derecho
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PROTECCIÓN EX ANTE v. PROTECCIÓN EX POST: LA EJECUCIÓN DE COLATERALES EN OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO
prevista en la ley.
ganando terreno. A los tradicionales casos de de
los casos de resolución de contratos y ejecución de
colaterales.
legal peruano presenta una regulación que carece
ejecutados judicialmente. Esta regulación diferen
necesariamente los costos de transacción.
acreedor y del propietario pueden no estar alinea
dos. El primero está interesado en lograr la venta
vencia
de mercado.
aplicarse los regímenes indicados. El primer crite
cir los costos potenciales totales de las partes.
los propios individuos afectados por una agresión
cluso las grandes civilizaciones del pasado sostu
contrarrestar una agresión u ofensa sin necesidad
.
cita el derecho de defenderse usando la fuerza y
madre o hija.
1 -
Peruvian President Alberto Fujimori and the perception that his successors, Alan Garcia and Ollanta Humala, have done
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lishes an independent judiciary, corruption taints the judicial system and prevents independent operation”.
2 En términos económicos, la insolvencia supone la incapacidad de pagar deudas exigibles. Esta incapacidad puede o no
generar consecuencias legales, dependiendo de las acciones que adopten los acreedores.
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rarely had total control over even the formal military organizations on their lands, and few knew exactly where their own
authority ended and that of regional potentates began. Outside the cities, they usually had little authority over the more
localized forms of violence used to collect taxes, prosecute offenders or deal with banditry, or right local injustices. These
powers were exercised by local elites or kinships groups. For most individuals, the righting of wrongs remained a duty
pervasive even within households, where it was used to maintain the authority of males and seniors”.
4 Al respecto, Código de Hammurabi, regla 196.
5 Revisar Demosthenes, 23.53.
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