RESOLUCION JEFATURAL, Nº 246-2015/JNAC/RENIEC, ORGANOS AUTONOMOS, REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL - Prorrogan vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en las Elecciones Municipales 2015-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 246-2015/JNAC/RENIEC

Fecha de disposición26 Noviembre 2015
Fecha de publicación27 Noviembre 2015

Lima, 26 de noviembre de 2015

VISTOS: El Decreto Supremo N° 022-2015-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 28 de marzo de 2015, la Hoja de Elevación Nº 000369-2015/GRE/RENIEC (30OCT2015) y el Informe Nº 000080-2015/GRE/RENIEC (30OCT2015), emitidos por la Gerencia de Registro Electoral; el Informe N° 000414-2015/GAJ/SGAJR/RENIEC (06NOV2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000743-2015/GAJ/RENIEC (06NOV2015), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que mediante el Decreto Supremo N° 022-2015-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 28 de marzo de 2015, se ha convocado a Elecciones Municipales 2015 para el día domingo 29 de noviembre de 2015, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la referida norma;

Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en el proceso electoral convocado, deben emplear su documento nacional de identidad (DNI), teniendo en cuenta su condición de único título para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el artículo 88° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM;

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 37° de la acotada Ley, el documento nacional de identidad tiene una vigencia de ocho (8)...

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