DECRETO DE ALCALDIA N° 25-2012-MSS - Prorrogan vigencia de las Ordenanzas N°s. 398 y 399-MSS, que fomentan la revalorización de predios en diversas áreas de tratamiento normativo de Lima Metropolitana

Fecha de disposición30 Septiembre 2012
Fecha de publicación30 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 30 de setiembre de 2012 475683
Nº 1274-MML, la of‌i cialización del cambio de nomenclatura
se realiza exclusivamente a través de la Ordenanza aprobada
por el Concejo de la Municipalidad Distrital que corresponda,
siendo el caso que en la actualidad, la aprobación de la
Nomenclatura Vial de la calle ubicada entre la Manzana “S” e
“Y” del Asentamiento Humano Mateo Pumacahua, distrito de
Santiago de Surco, con la denominación de Calle Juan José
Salas Bernales, se encuentra ya contenida en el Acuerdo de
Concejo Nº 214-MML de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, el cual está sustentado en el Dictamen Nº 01-2012-
MML-CMDUVN, de la Comisión Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura, de donde resulta que a
la fecha falta emitir la Ordenanza Distrital respectiva, para
cumplir con la formalidad legal establecida por la Ordenanza
Nº 1274-MML;
Que, asimismo agrega la Gerencia de Desarrollo
Urbano que, de conformidad con el inciso 3.2 del Artículo
14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento
que establece disposiciones relativas a la publicidad,
publicación de proyectos normativos y difusión de normas
legales de carácter general”, señala que la prepublicación
del presente proyecto de Ordenanza, resulta innecesaria,
por cuanto la nomenclatura vial de la calle submateria,
ubicada en el Asentamiento Humano Mateo Pumacahua
del distrito de Santiago de Surco, ha sido aprobado
mediante Acuerdo de Concejo Nº 214 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima. En tal sentido, opina por la
viabilidad del proyecto de Ordenanza que aprueba la
Nomenclatura Vial de la Calle ubicada entre las Manzanas
“S” e “Y” del Asentamiento Humano Mateo Pumacahua,
del distrito de Santiago de Surco, con la denominación
calle Juan José Salas Bernales;
Que, con Informe Nº 641-2012-GAJ-MSS del
22.08.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo
en cuenta los Informes emitidos, así como el Acuerdo de
Concejo Nº 214 y Ordenanza Nº 1274 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, opina favorablemente por la
emisión de la Ordenanza que aprueba la Nomenclatura
Vial de la Calle ubicada entre las Manzanas “S” e “Y”
del Asentamiento Humano Mateo Pumacahua, distrito
de Santiago de Surco, con la denominación Calle Juan
José Salas Bernales, para lo cual deberá elevarse ante el
Concejo Municipal, para su aprobación;
Que, con Memorándum Nº 941-2012-GM-MSS del
23.08.2012, la Gerencia Municipal señala encontrar
conforme el presente proyecto de Ordenanza.
Estando al Dictamen Conjunto Nº 14-2012-CDL-
CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y de
Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 641-2012-GAJ-MSS de
la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los
Artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley N° 27972; el
Concejo Municipal luego del debate correspondiente y
con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
aprobó por MAYORÍA la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA NOMENCLATURA
VIAL DE LA CALLE UBICADA ENTRE LAS
MANZANAS “S” E “Y” DEL ASENTAMIENTO
HUMANO MATEO PUMACAHUA, DISTRITO DE
SANTIAGO DE SURCO.
Artículo Primero: APROBAR, la nomenclatura vial
de la calle ubicada entre las manzanas “S” e “Y” del
Asentamiento Humano Mateo Pumacahua, distrito de
Santiago de Surco, con la denominación de calle Juan
José Salas Bernales.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría
General, la publicación de la presente Ordenanza, en el
Diario Of‌i cial El Peruano, y DISPONER la publicación en
el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de
Surco, www.munisurco.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
847734-1
Prorrogan vigencia de las Ordenanzas
Nºs. 398 y 399-MSS, que fomentan la
revalorización de predios en diversas
áreas de tratamiento normativo de
Lima Metropolitana
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 25-2012-MSS
Santiago de Surco, 27 de setiembre del 2012
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Informe Nº 232-2012-GDU-MSS de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 521-2012-
SGLAU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias y
Autorizaciones Urbanas, el Informe Nº 646-2012-GAJ–
MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los
cuales proponen prorrogar la vigencia de la Ordenanza
Nº 398-MSS; y;
CONSIDERANDO:
Perú, modif‌i cada por la Ley de Reforma Constitucional
Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades
provinciales y distritales tienen autonomía política,
económica y administrativa, en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que el Alcalde ejerce las
funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de
Alcaldía;
Que, mediante Ordenanza Nº 398-MSS publicada el
19.09.2011, se aprueba la Ordenanza que Fomenta la
Revalorización de Predios en las Áreas de Tratamiento
Normativo I, II y parte del III de Lima Metropolitana, cuyo
objetivo principal es Fomentar la revalorización de los
predios a través de la Formalización de las edif‌i caciones
de uso residencial y residencial-mixto con uso de
comercio vecinal (donde debe predominar un 65% del
área construida a la edif‌i cación como uso residencial),
la Flexibilización en la aplicación de las normas técnicas
y legales que permitan el otorgamiento de licencias de
edif‌i cación; Incentivar la formalización y cumplimiento de
las normas en las edif‌i caciones, así como condonar las
multas impuestas y lograr el crecimiento urbano ordenado
del distrito;
Que, mediante el Artículo Primero del Decreto de
Alcaldía Nº 08-2012-MSS del 30.03.2012 se prorrogó
la vigencia de la Ordenanza Nº 398-MSS hasta el
30.09.2012;
Que, con Informe Nº 232-2012-GDU-MSS del
22.08.2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano,
propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza
Nº 398-MSS sustentando la misma en el Informe Nº
521-2012-SGLAU-GDU-MSS del 21.06.2012, de la
Subgerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas,
en el cual se indica que la Ordenanza Nº 398-MSS
viene cumpliendo con su objetivo, al haber permitido
regularizar las edificaciones que no contaban con
licencia de edificación y que existían físicamente
a la entrada en vigencia de la mencionada norma,
favoreciendo a los administrados a incrementar el
valor de sus propiedades y lograr la inscripción en
la Superintendencia Nacional de Registros Públicos;
agrega que debido a la afluencia constante de los
vecinos a los Módulos de los Centros de Atención a
informarse sobre los beneficios de la citada norma,
solicitan se prorrogue la misma; indica además que
existen edificaciones pendientes de regularizar, por lo
que se hace necesaria la prórroga de la vigencia de
la Ordenanza Nº 398-MSS, por un plazo de seis (06)
meses, el mismo que vencería el 31.03.2013;
Que, con Informe Nº 646-2012-GAJ-MSS del
23.08.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala
que encontrándose facultado el señor Alcalde a disponer
la prórroga de los alcances de la Ordenanza 398-MSS,
conforme a lo establecido por la Segunda Disposición Final

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