06 016-2005-REGION CALLAO-CR - Proponen a la Presidencia del Gobierno Regional que autorice al Procurador Público Regional el inicio de acciones legales pertinentes en defensa de la institucionalidad y los derechos de la población

Fecha de publicación24 Septiembre 2005
Fecha de disposición24 Septiembre 2005
Pág. 300931
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de setiembre de 2005
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Las Empresas y Entidades que prestan
servicios de salud vinculados a los planes de salud de
las EPS con Certificados de Registro cuya vigencia
culmina el 15 de diciembre de 2005, conforme a lo
dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la
Resolución de Superintendencia Nº 081-2003-SEPS/CD,
deberán renovar su inscripción de acuerdo al
procedimiento establecido en los Artículos 9º, 11º y 12º
del Reglamento correspondiente. La presentación de la
solicitud de renovación deberá efectuarse de acuerdo al
siguiente cronograma:
Cronograma de Presentación de Expediente
de Solicitud de Renovación de Certificado
de Registro en la SEPS
Noviembre 2005 - Enero 2006
Número de Registros Plazo de Presentación de
Solicitud de Renovación
DE HASTA Inicio Término
98-0001-C 00-0237-C 2/11/2005 30/11/2005
00-0238-C 01-0463-C 1/12/2005 30/12/2005
01-0468-C 03-0666-C 2/1/2006 31/1/2006
Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CÉSAR AUGUSTO DONAYRE CÁRDENAS
Superintendente
16314
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DEL CALLAO
Proponen a la Presidencia del Gobierno
Regional que autorice al Procurador
Público Regional el inicio de acciones
legales pertinentes en defensa de la
institucionalidad y los derechos de la
población
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL
Nº 016-2005-REGIÓN CALLAO-CR
CONSIDERANDO:
Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del
Gobierno Regional del Callao llevada a cabo el día 26 de
mayo de 2005, se acordó solicitar al señor Alcalde
Provincial del Callao, copias autenticadas de la
documentación relacionada con la construcción de la Vía
Expresa del Callao en la avenida Elmer Faucett;
Que, con fecha 27 de mayo del 2005, la Presidencia
del Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao,
mediante Oficio Nº 032-2005-REGION CALLAO/PR-CR
solicitó al señor Alcalde Provincial del Callao, copias
autenticadas del Expediente Técnico que sustenta el
mencionado proyecto, del Convenio y/o Contrato
suscrito entre la Municipalidad Provincial del Callao y
la Empresa CONVIAL, así como de las diversas
adendas suscritas;
Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del
Gobierno Regional del Callao de fecha 13 de julio del
2005, ante el incumplimiento del pedido formulado de la
remisión de información al Alcalde de la Municipalidad
Provincial del Callao, acordó reiterar dicho requerimiento
vía notarial, lo cual se efectivizó con la Carta Notarial de
fecha 20 de julio del 2005;
Que, ante los requerimientos de remisión de
información relacionada con la construcción de la Vía
Expresa del Callao en la avenida Elmer Faucett,
efectuados por el Consejo Regional del Gobierno Regional
del Callao a la Municipalidad Provincial del Callao, con
fecha 25 de agosto del 2005, dicha institución edil, hace
llegar documentación vinculada a la obra "Vía Expresa
Callao";
Que, la documentación remitida por la Municipalidad
Provincial del Callao, fue derivada a las gerencias
respectivas del Gobierno Regional del Callao para su
revisión y evaluación tanto técnica como legal;
Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional
del Gobierno Regional del Callao, llevada a cabo el día
21 de setiembre del 2005, los funcionarios a cargo de las
Gerencias de Infraestructura y Asesoría Jurídica,
informaron al Pleno del Consejo Regional, que la
documentación remitida por la Municipalidad Provincial
del Callao, relacionada con la construcción de la Vía
Expresa del Callao en la avenida Elmer Faucett, se
encontraba incompleta y no se ajustaba a lo requerido
por el Consejo Regional, originando que desde el punto
de vista técnico y legal no pudieran emitir opinión;
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DEL CALLAO, en Sesión Extraordinaria
celebrada el día 21 de setiembre del 2005, con el voto
aprobatorio del Consejo Regional y en uso de las
facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales aprobada por Ley Nº 27867, su modificatoria
aprobada por Ley Nº 27902, por el Reglamento Interno
del Consejo Regional y por la Ley Nº 27806 - Ley de
Transparencia y Acceso a la Información y su Reglamento
ACUERDA:
Primero.- PROPONER a la Presidencia del Gobierno
Regional del Callao, que autorice al Procurador Público
Regional, el inicio de las acciones legales pertinentes en
defensa de la institucionalidad y de los derechos de la
población chalaca.
Segundo.- DISPENSAR el presente Acuerdo del
trámite de lectura y aprobación del Acta.
Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración la publicación del presente Acuerdo en el
Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación
de la Región.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
FERNANDO A. GARCÍA HUBY
Vicepresidente
Encargado del Despacho de la Presidencia
16357
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban Reglamento de la Ordenanza
525 - Régimen de Protección,
Conservación, Defensa y Mantenimiento
de las Áreas Verdes de Uso Público de
Lima Metropolitana
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 073
Lima, 14 de septiembre de 2005
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 525 del 26 de julio del
2003, la Municipalidad Metropolitana de Lima, establece

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