Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 11 de marzo de 2019

Fecha11 Marzo 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
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PRONUNCIAMIENTO Nº 268-2019/OSCE-DGR
Entidad: Municipalidad Provincial de Loreto - Nauta
Referencia: Concurso Público N° 1-2019-CS-MPL-N-1, convocado
para la contratación del servicio de consultoría de obra
para la supervisión de la ejecución de la obra:
“Mejoramiento, ampliación sistema de agua potable,
saneamiento y tratamiento de aguas servidas de la
ciudad de Nauta, Provincia de Loreto Loreto”.
1. ANTECEDENTES
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, correspondiente
al Trámite Documentario N° 2019-14423022-IQUITOS, recibido el 28.FEB.2019, el
presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la
referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)
la solicitud de elevación de cuestionamiento al pliego absolutorio de consultas y
observaciones presentada por el participante A.C.I. PROYECTOS S.A.S., en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, dispositivo que
aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, en adelante el
Reglamento; y sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 y
Decreto Supremo 056-2017-EF, respectivamente.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio
1
, y el tema
materia de cuestionamiento del mencionado participante, conforme al siguiente
detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto a las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N° 66, N° 24, N° 67, N° 51, N° 25, N° 68 y N° 52, referidas al
“Tiempo de experiencia del personal clave”.
Cuestionamiento N° 2: Respecto a las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N° 69 y N° 31, referidas a la “Incongruencia en la absolución”.
Cuestionamiento N° 3: Respecto a las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N° 46, N° 70, N° 71 y N° 80, referidas a los Factores de
evaluación”.
Asimismo, de la revisión de la solicitud de elevación del participante A.C.I.
PROYECTOS S.A.S., se aprecia que, este al cuestionar la respuesta brindada por el
comité de selección al absolver las consultas y/u observaciones N° 51 y N° 52,
menciona los siguientes extremos:
- Respecto al segundo y tercer extremo de la consulta y/u observación N° 51;
“(…) se solicita permitir acreditar la experiencia como jefe de supervisión,
1
Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en versión PDF.
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.03.2019 20:18:33 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.03.2019 20:21:55 -05:00

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