Pronunciamiento Nº 171-2019/0SCE-DGR de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 12 de Febrero de 2019

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento171-2019/0SCE-DGR

Refcrencia: Licitación Pública N° SM-21-20 18-ESSALUD/RAAR-I,

convocada para la "Contratación dc materiales, insumos y

reactivos de patología clínica con equipos entregados en

cesión de uso para el Área de Citometría de Flujo de la Red

Asistencial Arequipa."

  1. ANTECEDENTES

    Asimismo, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el

    orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutoriol; en ese sentido,

    considerando los temas materia de cuestionamiento del mencionado participante, este

    Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguicnte manera:

    De otro lado. dc la revlslon de la solicitud de elevación del referido participante se

    aprecia que mediante su cuestionamiento a las consultas y/u observaciones N° 41, N° 72

    Y N° 78. pretendería observar una supuesta diferencia entre las especificaciones técnicas

    requeridas en el estudio de mercado y las consignadas en las Bases del procedimiento;

    no obstante, dicho aspecto no habría sido materia de consultas y/u observaciones, en la

    etapa correspondiente. deviniendo en una pretensión extemporánea. por lo que,

    este Organismo Técnico Especializado no se pronunciará al respecto.

    Mcdiante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento con Trámite

    Documentarío N° 2019-14366908-AREQUIPA y N" 2019-14367114-AREQUIPA,

    ambos recibido el O I.FEB.20 19, el presidente del comité de selección a cargo del

    procedimicnto dc selección de la refercncia remitió al Organismo Supcrvisor de las

    Contratacioncs dcl Estado (OSCE) la solicitud dc clcvación de cucstionamiento al plicgo

    absolutorio de consultas y observacioncs prescntada por el participante SIMED PERU

    S.A.C., cn cumplimicnto de lo dispuesto por el artículo 21 de la Lcy N° 30225, Ley que

    aprueba la Ley dc Contratacioncs dcl Estado. cn adelantc la Ley. y el artículo 51 dc su

    Rcglamento. aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF. cn adclantc cl

    Reglamento; y. sus modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 Y

    Decreto Supremo 056-20 17-EF. respectivamente.

    la consulta y/u

    a una supuesta

    Respecto a la absolución de

    observación N° 79, referida

    modificación en el requerimiento.

    Cuestiona miento Único:

  2. CUESTIONAMIENTO

    Cuestionamiento Único Respecto a una supuesta modificación en

    el requerimiento

    El partIcIpante SIMED PERU S.A.C.. cuestionó la absolución de la consulta y/u

    observación N° 79. señalando en su solicitud de elevación lo siguiente: '"/a empresa

    ROCHEM lo que pre/ende es cambiar lo que soliciló la Enfidad desde la e/opa de

    Es/udio de Mercado. a /ravés de lafúrmulación de una observación. donde claramente

    se puede el'idenciar que el solicitar que se acepte que el documento de la DIGEMID

    deberlÍ cofllener el nombre completo del producto (anticuerpo con su flumcmmoj, lo

    cual dependerlÍ de cómo cada postor realice .m con.mlta técnica llllte la DIGEMID

    que se enlace propio al reactivo principal IJIlÍ,\'

    'lO al anticuerpo)' el flurocromo, sin

    embargo de haberse lomado en consideración que era necesario que dicho documento

    con/enga más in,jiJrlnacióndetallada. debió /omarse en cuenta desde la etapa del

    Estudio de Mercado (...) para una correcta cotización. es por ello que varias empresas

    incluyendo la nues/ra ha valido el estudio de mercado, que en ese momellto con la sólo

    injórmación de los requerimientos técnicos, estuvimos de acuerdo en participar como

    po/enciales postores, por lo que el incluir esta aclaración a manem de solicitud,

    estaría invalidallllo el Estudio de Mercado realizado, además de consti/uir una

    colltravención al ar/iclllo sobre el Principio de Libre Concurrencia y Compe/encia,

    Trato jus/o e iguali/ario, Imparcialidllll, elltre o/ms. res/ringiendo con ello la

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR