Prólogo

AutorOswaldo Hundskopf Exebio
CargoDecano. Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
Páginas15-16
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e es sumam ente grato presen tar ante la com unida d académica de Derecho, un nuevo n ú
mero de la Revista ADVOCATUS, con el cu al se con memo ra qui nce años desde su crea ción
y que en esta ocasión se ded ica a la in stitució n del Arb itraje.
En las actu ales circun stancias, y como una op ción a la jur isdicc ión ordi naria del Poder Judicia l, el
Arb itraje se vie ne desa rrolland o, con notab le éxi to, com o un mecan ismo alter nativo de so lución
de c ontroversia s, convir tiéndo se en una jus ticia priv ada de ca racterísticas partic ulares q ue en la
mayoa de los casos es ex peditiv a y lere, a trav és de la cual se im parte jus ticia y equ idad.
Como es de púb lico conoc imien to, el arbitra je p uede ser de d erecho o de equ idad (arbitr aje de
conci encia ), sien do difer entes en razón a que en el p rimer o de ellos se debe además de va lorar los
medio s proba torios, m otiva r y fun dame ntar el lau do que expi da e lTribun al A rbitral, se ñalando con
claridad y prec isión las norm as lega les en la cuales se apoya; lo cual no es neces ario en el segu ndo
de ellos, qu e se sostie ne básica mente en el leal saber y enten der del Tribun al. De conf orm idad con
la mo dern a reg ulac ión del arbit raje y a di feren cia de lo que era an teriorm ente, cu ando las partes
no lo establ ecen expresamen te, se ent ien de qu e el arbitr aje es de derecho. Lo cual signif ica que
para qu e sea un arb itraje de con ciencia, las par tes debe n establece r que así sea.
Adi cionalm ente, el arbitraje p uede ser Ins titu cional o Ad -hoc, depen dien do de lo qu e establezcan
las partes, siend o el p rimero de ellos muc ho más seguro e idóneo, pues las entidades, ins titucione s
o centros de a rbitraje qu e pa trocina n el arbitra je, no so lamente se hacen respons ables de su desa
rrol lo y tra mitac ión, sino que u tilizan su infraestruc tura , sus pro pios regla mentos procesales, sus
Códigos de Ética y sus pa drones de á rbitros califica dos. Distin to es el caso de los ar bitrajes Ad-hoc ,
en los cuales no part icip a una institu ción patro cinadora , y son las prop ias partes las que esta blecen
las reglas procesale s y las que es cogen a sus árbitros y a sus secretario s arbitrales, desa rrollándo se
los procesos en locales qu e no ga rant izan n ingún tipo de segu ridad y ve racidad.
En las actua les circu nstancias y a p ropós ito d el de scubr imien to de mafias y orga nizacion es que
han burla do siste mática mente a la ju sticia, lam entabl emente, una d e las he rramien tas qu e han
util izado de manera irre gular y fra udule nta es el arbitra je. Se ha ide ntificad o múltiple s casos no
solo de inst itucion es a rbitrales que han d escu idado los siste mas de co ntrol y de s upervisi ón d e los
procesos arbit rales, sino que además se han identif icad os laudos a rbitrales de procesos arbitrales
inexis tentes que una vez proto coliz ados han sido ut ilizad os para despojar de la titular idad de bie nes
inmu ebles, vehículos, acciones y /o p articipa ciones de soc iedad y derechos de uso y us ufructo, a
sus legí timos propieta rios.
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