02 109 - Aprueban Reglamento para el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo del Rímac para el año fiscal 2006

Fecha de disposición21 Julio 2005
Fecha de publicación21 Julio 2005
Pág. 297385
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 21 de julio de 2005
situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausen-
cia de determinado bien, servicio u obra compromete en
forma directa e inminente la continuidad de las funciones,
servicios, actividades u operaciones productivas que la
Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situa-
ción faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de
los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,
según sea el caso, necesario para resolver la situación y
llevar a cabo el proceso de selección que corresponda.
Asimismo, el artículo 141º del Reglamento, establece que
la necesidad de los bienes, servicios debe ser actual y
urgente para atender los requerimientos inmediatos;
Que, respecto al procedimiento para las adquisiciones exo-
neradas el artículo 148º del reglamento señala que la Entidad
realizará las contrataciones o adquisiciones mediante accio-
nes inmediatas, requiriéndose invitar a un sólo proveedor, cuya
propuesta cumpla con las características y condiciones esta-
blecidas en las Bases, la misma que podrá ser obtenida por
cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el
correo electrónico; asimismo, la exoneración se circunscribe a
la omisión del proceso de selección por lo que los contratos
que se celebren como consecuencia de aquella deberá cum-
plir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades
exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a
cabo el proceso de selección correspondiente;
Que, de lo actuado en sede administrativa, se advierte
que estaría acreditado el estado de necesidad por lo que se
podría proceder a la exoneración del proceso licitario sub
examine, el cual deberá ser aprobado mediante Acuerdo de
Concejo, sustentado con los Informes de la referencia y el
presente; y, publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimis-
mo, una copia del Acuerdo y del presente Informe deberán
ser remitidos a la Contraloría General de la República y al
CONSUCODE, bajo responsabilidad del titular del pliego y
dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su
aprobación, conforme lo señala el artículo 20º del TUO;
Que, por otro lado, de conformidad con la parte in fine
del segundo párrafo del artículo 21º del TUO, en cualquier
caso la autoridad competente para autorizar la exonera-
ción deberá ordenar, en el acto aprobatorio antes descrito,
el inicio de las acciones que correspondan de conformidad
con el artículo 47º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacio-
nes y Adquisiciones del Estado;
Estando a las facultades conferidas por el Artículo 9º
contando con el Voto por Unanimidad de los señores Regi-
dores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha;
ACUERDA:
Artículo Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la Si-
tuación de Desabastecimiento Inminente del insumo Qui-
nua Avena Kiwicha Precocida Enriquecida, por el plazo de
30 días y por la cantidad de 14,500 kg.
Artículo Segundo.- Remitir Copias Certificadas de lo actuado
al Órgano de Control Interno de la presente Entidad Edil.
Artículo Tercero.- EXONERAR del proceso de selec-
ción correspondiente, publicar en el Diario Oficial El Perua-
no el presente Acuerdo de Concejo, así como comunicar el
mismo a la Contraloría General de la República y al Conse-
jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del pre-
sente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Geren-
cia de Administración, Subgerencia de Logística y Control
Patrimonial y a la Jefa del Programa del Vaso de Leche.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALES
Alcalde
12938
MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC
Aprueban Reglamento para el Proceso
de Programación del Presupuesto Parti-
cipativo del Rímac para el Año Fiscal
2006
ORDENANZA Nº 109
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RÍMAC
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito del Rímac, en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 7.7.05, en uso de las atribu-
ciones conferidas por los artículos 9º numeral 8) y 53º de la
D.S. Nº 171-2003-EF y con el voto unánime de los señores
regidores y con el Dictamen de las Comisiones de Partici-
pación Vecinal y Bienestar Social, Presupuesto, Planifica-
ción, Racionalización y Cooperación Internacional, y con la
dispensa del trámite de aprobación del Acta ha dado la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
PARA EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN
DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL
RÍMAC PARA EL AÑO FISCAL 2006
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento para el Proceso de
Programación del Presupuesto Participativo del Rímac para
el Año 2006, el cual consta de V Títulos, 18 artículos, el
criterio de priorización, cuyo texto forma parte integrante
de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente
ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Planea-
miento y Presupuesto, a la Oficina de Participación Vecinal
y Programas Sociales y su debida difusión a la Oficina de
Secretaría General, a través de la Unidad de Imagen Insti-
tucional.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal, a los siete días del mes
de julio del dos mil cinco.
LUIS LOBATÓN DONAYRE
Alcalde
12921
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Aprueban actualización del Tarifario
Médico del Policlínico Municipal y el
Tarifario del Laboratorio Bromatológico
RESOLUCIÓN Nº 472-2005-RASS
Santiago de Surco, 18 de julio de 2005
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTO: El Informe Nº 121-2005-SGS-GBSDH-GCSL-
MSS del 11 de abril del 2005; y,
CONSIDERANDO:
Que, con el Informe de visto, la Subgerencia de Sani-
dad, opina favorablemente respecto a la Actualización del
Tarifario Médico del Policlínico Municipal y en el que tam-
bién se incluye el Tarifario del Laboratorio Bromatológico
aprobados mediante Ordenanza Nº 007-1997-MSS;
Que, mediante Memorándum Nº 073-2005-OPE-MSS,
el Jefe de la Oficina de Proyectos Especiales remite a la
Subgerencia de Sanidad el estudio de los costos del Tari-
fario Médico del Policlínico Municipal que incluye el Tarifa-
rio del Laboratorio Bromatológico;
Que, conforme lo establece el último párrafo de Art. 37º
de la Ley del Procedimiento Administrativo, Ley Nº 27444,
para aquellos servicios que no sean prestados en exclusi-
vidad, las entidades a través de una Resolución del Titular
del Pliego establecerán los requisitos y costos correspon-
dientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente
difundidos para que sean de público conocimiento;
De conformidad a lo opinado por la Gerencia de Bien-
estar Social y Desarrollo Humano en su Memorándum Nº
375-2005-GBSDH-GCSL-MSS y en uso de las atribucio-
nes conferidas en el artículo 20º numeral 6 de la ley Orgá-
nica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

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