El Proceso Contencioso Administrativo Laboral

AutorJorge Luis Mayor Sánchez
CargoAbogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctorado en Derecho del Trabajo por la Universidad de Salamanca, España
Páginas245-253
El Proceso Contencioso
Administrativo Laboral
Jorge Luis Mayor Sánchez
245Círculo de Derecho Administrativo
I. Introducción
Con la publicación en el Diario Oficial “El
Peruano” de la Ley Nº 29364 se procedió a
modificar varias de las normas establecidas
inicialmente en el Código Procesal Civil de
1993, relacionadas con el Proceso Contencioso
Administrativo específicamente en materias
propias del derecho laboral y previsional. Por
consiguiente la Primera Disposición Modificatoria
de la Ley Nº 29364, ha sustituido el texto inicial
del artículo 11° de la Ley N° 27584, atribuyendo
la competencia funcional para conocer el proceso
contencioso administrativo al Juez Especializado
en lo Contencioso Administrativo y a la Sala
Especializada en lo Contencioso Administrativo, en
primer y en segunda instancia, respectivamente, y
en los casos y en los lugares en los que en algunos
Distritos Judiciales no existan ni Juez ni Sala
Especializada en lo Contencioso Administrativo,
será competente en esta materia en su momento
el Juez en lo Civil o el Juez Mixto en su respectivo
caso, o la Sala Civil correspondiente; la misma
que comenzó a regir a los seis meses de publicada
la referida Ley.
Por otro lado, la precitada Ley en su Segunda
Disposición Modificatoria ha modificado el artículo
51° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial adicionando el inciso “I”, que
otorga a los Magistrados de Trabajo competencia
El Proceso Contencioso Administrativo Laboral
Jorge Luis Mayor Sánchez*
SUMILLA
El presente artículo realiza el estudio del Proceso Contencioso Administrativo partiendo de su
naturaleza jurídica como el mecanismo previsto por el ordenamiento para el control jurisdiccional
de la actuación de los entes administrativos para la protección de los derechos e intereses de los
ciudadanos. En ese sentido, se realiza un profundo y completo análisis de la evolución del Proceso
Contencioso Administrativo Laboral desde la entrada en vigencia de la Constitución Política del
Perú de 1993. Seguidamente el autor realiza un análisis de la protección Constitucional de
la Seguridad Social. Se realiza, de la misma manera, el estudio de la actuación del Tribunal
Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, del proceso urgente regulado en materia
pensionaria, la normativa aplicable y el tratamiento de los medios probatorios.
en materia Contenciosa Administrativa en materias
de Derecho Laboral y de Seguridad Social a partir
del pasado 29 de mayo del año 2009.
II. Consideraciones preliminares
Es la Administración Pública de nuestro país la que
en sus diferentes tres niveles de gobierno conoce,
tramita y resuelve las demandas de los particulares
en relación a los actos que realiza o los servicios
que brinda. Si bien las propias administraciones
tienen mecanismos de autocontrol (o al menos
deberían de tenerlos), resulta que por criterios de
equidad sus decisiones en última instancia deben
poder ser revisadas por alguna instancia fuera de
la propia Administración Publica, en nuestro país
dicha instancia es ejercida por el Poder Judicial.
1993 reconoce la figura de la “acción contencioso
administrativa”, la cual tiene por objeto ejercer
el control jurídico por el Poder Judicial de las
actuaciones de la Administración Pública sujetas
de manera expresa al derecho administrativo y la
efectiva tutela de los derechos e intereses de todos
y cada uno de los administrados.
La legislación nacional reconoce para la “Acción
Contencioso Administrativa” también conocidas
en el ámbito jurídico como ACAs la denominación
de “Proceso Contencioso Administrativo”,
* Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctorado en Derecho del Trabajo por la Universidad de Salamanca -
España.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR