Declaran procedente cambio de zonificación de terreno ubicado en el distrito de Puente Piedra

Fecha de disposición17 Octubre 1999
Fecha de publicación17 Octubre 1999
Pág. 179432
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de octubre de 1999
aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Artí-
culo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial
El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos
títulos fueron aprobados en el mes de setiembre de 1999,
de acuerdo a la relación adjunta que forma parte inte-
grante de la presente resolución y para los efectos a que
se contraen los Artículos 125º del Decreto Supremo Nº
014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE DIAZ ARTIEDA
Jefe Institucional
Registro Público de Minería
13187
SUNASS
FE DE ERRATAS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
Nº 938-99-SUNASS
Mediante Carta Nº 2766-99-SUNASS-OAF-DADA,
la Superintendencia Nacional de Servicios de Sanea-
miento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu-
ción de Superintendencia Nº 938-99-SUNASS, publica-
da en nuestra edición del día 8 de octubre de 1999, en la
página 179161.
. En el Anexo 2, en la unidad de medida de las Metas
de Presupuesto de Inversión e Inversión con Recursos
Propios;
DICE:
Miles de S/.
DEBE DECIR:
S/.
13183
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE
LIMA
Declaran procedente cambio de
zonificación de terreno ubicado en el
distrito de Puente Piedra
ORDENANZA Nº 229
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
El Concejo en Sesión Ordinaria de 7 de setiembre del
año en curso, de conformidad con lo opinado por la
Comisión de Desarrollo Urbano en su Dictamen Nº 048-
99-MML-CDU; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra
mediante Oficio Nº 052-98-DPU-DDU-MDPP de fecha 1
de junio de 1998 emitió opinión favorable al cambio de
zonificación solicitado;
Que, el proyecto de habilitación urbana a ejecutarse
por el Fondo de Vivienda de la Marina -FOVIMAR- en
el terreno de su propiedad tiene un área de 62,526.00
afectados para Zona de Recreación Pública, y se encuen-
tra proyectado para proporcionar viviendas de interés
social que beneficiarán a una población estimada entre
10,000 a 30,000 habitantes, y por tanto, de interés local;
Que, el Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalida-
des Nº 23853 establece que entre las modalidades que
pueden imponer las municipalidades a la propiedad
privada, se encuentran "la fijación del uso de la tierra de
conformidad con la zonificación y los planes reguladores
a los que se someterá todo proyecto de urbanización,
transferencia o cesión en uso para cualquier fin de
terrenos urbanos o suburbanos";
Que, el Instituto Metropolitano de Planificación me-
diante Informe Nº 01-99-MML-IMP-DPT del 19 de abril
de 1999, en base a lo planteado por el Estudio del Plan
Urbano del distrito de Puente Piedra, considera la
reubicación del equipamiento educativo dentro de la
propiedad de la recurrente en consideración que el
proyecto de habilitación urbana para el área del recurso
destinada a viviendas para el personal de la Marina de
Guerra del Perú, contempla las áreas para los servicios
de educación, salud, abastecimientos y otros reglamenta-
rios sobre la materia, opina que el cambio de zonifica-
ción propuesto es procedente;
Que, en el presente caso, es de aplicación lo dispuesto
por el Art. 12º de la Ordenanza Nº 134 Reglamentaria de
Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación Ge-
neral de Lima Metropolitana por existir el probado
interés local;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Unico.- Declarar PROCEDENTE el cam-
bio de Zonificación de C2, E1 y H2 a R4 del área de
terreno que forma parte de la parcela 4-1 del ex Fundo
Shangry-La, ubicada en el distrito de Puente Piedra,
provincia y departamento de Lima.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, a los doce días del mes de octubre de mil
novecientos noventa y nueve.
ALBERTO ANDRADE CARMONA
Alcalde de Lima
13189
Solicitan renuncia de funcionario pú-
blico por hechos relacionados con
daños ocurridos en instalaciones del
SETAME
ACUERDO DE CONCEJO Nº 214
Lima, 14 de octubre de 1999
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
En Sesión de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
La actitud asumida por reporteros y camarógrafos
del Canal 7 (Televisión Nacional), medio de comunica-
ción masiva de propiedad y al servicio de la educación y
cultura de todos los peruanos, ante el ataque y agresión

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