ORDENANZA Nº 082-2008-GRJ/CR - Declaran prioritaria la formulación e implementación de la Política Regional de Lucha contra toda forma de discriminación hacia la Mujer

Fecha de disposición17 Julio 2008
Fecha de publicación17 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 17 de julio de 2008
376292
POR TANTO:
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por los Artículos 15º inciso (a), y 38º de la
Ley Nº 27867 Orgánica de Gobierno Regionales, a lo
acordado por UNANIMIDAD, en sesión ordinaria de
Consejo Regional:
ORDENA;
Artículo Primero.- CREAR, “La Sub Gerencia de
Ordenamiento Territorial” del Gobierno Regional Huánuco,
en mérito a los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- DISPONER, a la Of‌i cina
Regional de Administración y a la Gerencia Regional de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial,
realizar las acciones administrativas correspondientes, a
f‌i n de elaborar los documentos de gestión, incluyendo a la
Sub gerencia de Ordenamiento Territorial al Organigrama
Estructural del Gobierno Regional Huánuco.
Artículo Tercero.- DISPONER, a la Gerencia
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, gestione el Presupuesto respectivo para el
funcionamiento de la Sub gerencia de Ordenamiento
Territorial.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Presidencia
Regional, disponer la implementación de las acciones
administrativas pertinentes conforme a sus atribuciones.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente ordenanza
conforme a lo previsto en el artículo cuarenta y dos de la
de Gobiernos Regionales.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE ESPINOZA EGOAVIL
Presidente
225875-10
GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN
Declaran prioritaria la formulación
e implementación de la Política
Regional de Lucha contra toda forma
de discriminación hacia la Mujer
ORDENANZA REGIONAL
Nº 082-2008-GRJ/CR
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO
REGIONAL JUNÍN
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria
celebrada a los 12 días del mes de mayo de 2008, en
la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional
Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución
Ley Nº 27867 sus modif‌i catorias, y demás normas
complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución Legislativa Nº 23433 del 1 de junio
de 1982, aprueba la “Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer”;
ratif‌i cada mediante Decreto Supremo Nº 018-2001, del 6
de marzo de 2001;
Que, el inciso 2) del artículo de la Constitución
Política del Perú establece que toda persona tiene
derecho a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser
discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma,
religión, opinión, condición económica o de cualquiera
otra índole;
Que, la Ley de Igualdad de Oportunidades, Ley
Nº 28983, en sus artículos 4º, 5º y 6º como política de
Estado en los poderes Ejecutivo, Legislativo, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales; considera erradicar la
discriminación, adoptar medidas de acción más positiva
de carácter temporal y dejar sin efecto las normas que
producen la discriminación;
Que, el Acuerdo Nacional, de Consenso Amplio
en la Undécima Política referida a la equidad y justicia
social, considera la Igualdad de Oportunidades sin
discriminación;
Que, el Gobierno Regional Junín asumiendo como
prioritaria la política de no discriminación contra la mujer
y en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 009-2005-
MIMDES, que aprueba el “Plan Nacional de Igualdad de
Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006 - 2010”,
destinará los recursos económicos y presupuestarios
necesarios para ejecutar y formular los programas y
proyectos de inversión, donde se incorpora la participación
preeminente de la mano de obra calif‌i cada y no calif‌i cada
de la mujer;
establece como facultad del Gobierno Regional
de promover el desarrollo social y la igualdad de
oportunidades, buscando erradicar toda forma de
discriminación o subordinación;
Que, el Gobierno Regional de Junín ha establecido
a través de la Gerencia de Desarrollo Social un plan
operativo tendiente a implementar las políticas y objetivos
estratégicos en lo que a desarrollo social e igualdad de
oportunidades se ref‌i ere;
Que, para tales efectos es necesario identif‌i car y
priorizar la ejecución de proyectos de inversión, en áreas
productivas, sociales de interés local, con participación
real y efectiva de mano de obra calif‌i cada y/o no calif‌i cada
de la mujer;
Que, la Declaración Prioritaria de “La Formulación e
Implementación de la Política Regional de Lucha contra
toda forma de Discriminación hacia la Mujer”, cuenta
con los Dictámenes favorables de las Comisiones
Permanentes de Desarrollo Social, y de Derechos
Humanos, de la Mujer y la Familia, del Consejo Regional
Junín, de conformidad con las atribuciones conferidas por
los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modif‌i catorias, y
su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado
la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA
PRIORITARIA “LA FORMULACIÓN E
IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA REGIONAL DE
LUCHA CONTRA TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN
HACIA LA MUJER”
Artículo Primero.- DECLÁRESE prioritaria la
formulación e implementación de la Política Regional de
Lucha Contra Toda Forma de Discriminación Hacia La
Mujer, garantizando el pleno ejercicio de sus derechos
económicos, políticos y sociales.
Artículo Segundo.- DISPÓNGASE que Gerencia
General Regional, que a través de la Gerencia Regional
de Desarrollo Social, formule y ejecute las acciones
que permita la implementación de la presente Norma
Regional.
Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de
Junín para su promulgación.
Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno
Regional Junín, a los 12 días del mes de mayo de 2008.
HENRY ROSALES MALLQUI
Delegado
POR TANTO:
Mando regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno
Regional Junín a los 23 días del mes mayo de 2008.
VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO
Presidente Regional
225084-1
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