Aprueban Asignación y Previsión Trimestrales Mensualizadas del Cuarto Trimestre del Año Fiscal 2004

Fecha de disposición23 Septiembre 2004
Fecha de publicación23 Septiembre 2004
Pág. 276909
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 23 de setiembre de 2004
Vistos, los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004-
EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Oficina
General de Asesoría Jurídica, respectivamente, que susten-
tan la configuración de servicios personalísimos previstos en
el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modifica-
torias, y el artículo 111º de su Reglamento aprobado por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias,
así como la consiguiente exoneración del proceso de Concur-
so Público para la contratación de los servicios de publicidad
a ser brindados por diversos medios de comunicación escri-
ta, la cual deberá ser realizada mediante el proceso de selec-
ción de Adjudicación de Menor Cuantía;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 417-2004-EF/43 se
contrató, bajo la modalidad de servicios personalísimos, a
la empresa Métrica S.A. para elaborar una estrategia de
comunicación orientada a informar a la ciudadanía en ge-
neral sobre los alcances de las modificaciones en normas
pensionarias, la cual ha propuesto la implementación de
una campaña informativa de alcance nacional, con el fin
de hacer de conocimiento de la manera más objetiva posi-
ble, la reforma constitucional propuesta;
Que, en el marco de la referida campaña informativa
surge la necesidad, entre otros, de contratar servicios de
publicidad que incluye la publicación y distribución de un
encarte, a través de diversos medios de comunicación es-
crita elegidos por lectoría y credibilidad, a efectos de con-
vocar mediante esta campaña de difusión la participación
activa de la opinión pública en general, así como de los
diversos grupos objetivos más directamente relacionados
con la mencionada reforma;
Que, de acuerdo con lo señalado por la Oficina Gene-
ral de Administración en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50
los servicios de publicidad serán contratados en los dia-
rios: “El Comercio”, “Trome”, “Perú. 21”, “Ojo”, “Aja”,
“Correo”,”La República”, “Expreso”, “La Razón” y “La In-
dustria de Trujillo”, atendiendo a las consideraciones cita-
das en el párrafo precedente;
Que, según el inciso h) del artículo 19º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM
y normas modificatorias, están exoneradas de los proce-
sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica-
ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y con-
trataciones que se realicen para servicios personalísimos,
de acuerdo a lo que establezca el Reglamento;
Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias,
señala que los servicios personalísimos son los contratos
de locación de servicios celebrados con personas natura-
les o jurídicas cuando para dicha contratación se haya te-
nido en cuenta y como requisito esencial la persona del
locador, ya sea por sus características inherentes, particu-
lares o especiales o por su determinada calidad, profesión,
ciencia, arte u oficio, encontrándose incluidos en esta cla-
sificación los servicios de publicidad que prestan al Esta-
do los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o
cualquier otro medio de comunicación;
Que, el artículo 20º de la norma mencionada en el consi-
derando precedente establece que las adquisiciones y con-
trataciones exoneradas del proceso de Licitación Pública,
Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán me-
diante el procedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía y
se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego;
Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina
General de Administración, mediante Memorando Nº 1206-
2004-EF/43.60 informa que se cuenta con la disponibilidad
presupuestal para efectuar la mencionada contratación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Orde-
nado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Es-
tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-
PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº
013-2001-PCM y normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar la contratación de los servicios
de publicidad que incluye la publicación y distribución de
un encarte en los diarios “El Comercio”, “Trome”, “Perú.
21”, “Ojo”, “Aja”, “Correo”,”La República”, “Expreso”, “La
Razón” y “La Industria de Trujillo”, como servicios personalí-
simos, de conformidad con el inciso h) del artículo 19º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº
012-2001-PCM y normas modificatorias y el artículo 111º
de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM y normas modificatorias.
Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Fi-
nanzas del proceso de Concurso Público para la contrata-
ción de los mencionados servicios de publicidad para los
fines a los que se refiere la parte considerativa de la pre-
sente Resolución Ministerial, disponiendo que ésta se efec-
túe mediante el proceso de selección de Adjudicación de
Menor Cuantía.
Artículo 3º.- La contratación a la que se refieren los
artículos precedentes será realizada por una sola vez, de
acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 123-2004-EF/43.50,
y hasta por el importe de S/.400 000,00 (Cuatrocientos Mil
y 00/100 Nuevos Soles) incluido los impuestos de Ley y se
hará con cargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio de
Economía y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2004.
Artículo 4º.- La contratación indicada estará a cargo
de la Oficina General de Administración del Ministerio de
Economía y Finanzas, que seguirá el procedimiento dis-
puesto por el Artículo 105º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado me-
diante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM.
Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial así
como los Informes Nºs. 123-2004-EF/43.50 y 1654-2004-
EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Ofi-
cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, se-
rán de conocimiento de la Contraloría General de la Repú-
blica dentro de los diez (10) días naturales siguientes a la
fecha de aprobación de la presente Resolución.
Artículo 6º.- Disponer que la Oficina de Abastecimiento
y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administra-
ción remita la información de la presente Resolución Mi-
nisterial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado - CONSUCODE a través del Sistema de
Información sobre Contrataciones y Adquisiciones del Es-
tado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Energía y Minas
Encargado de la Cartera de
Economía y Finanzas
17142
Aprueban Asignación y Previsión Tri-
mestrales Mensualizadas del Cuarto
Trimestre del Año Fiscal 2004
DIRECCIÓN NACIONAL DEL
PRESUPUESTO PÚBLICO
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 044-2004-EF/76.01
Lima, 21 de setiembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 30º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado, señala que la Asignación Tri-
mestral de gastos constituye el marco financiero a consi-
derar durante cada trimestre, debiendo servir de instrumen-
to eficaz de la programación del gasto cuya determinación
responde a la proyección actualizada de los ingresos que
contempla el Programa Económico;
Que, la Directiva Nº 001-2004-EF/76.01 – Directiva para
la Aprobación, Ejecución y Control del Proceso Presupues-
tario del Gobierno Nacional para el año fiscal 2004 aproba-
da por la Resolución Directoral Nº 047-2003-EF/76.01, en
su artículo 16º establece que la Dirección Nacional del Pre-
supuesto Público aprueba la Asignación Trimestral de gas-
tos correspondiente a las entidades del Gobierno Nacio-
nal; y el artículo 17º señala que la Previsión Trimestral de

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