ACUERDO Nº 008-2008-SE-GRL - Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2009

Fecha de disposición07 Enero 2009
Fecha de publicación07 Enero 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 7 de enero de 2009 387821
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE LORETO
Aprueban el Presupuesto Institucional
de Apertura del Año Fiscal 2009
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 008-2008-SE-GRL
Iquitos, 30 de diciembre del año 2008
VISTOS: El Proveído Nº 18991 de fecha 22 de
diciembre del 2008 de la Presidencia del Gobierno
Regional de Loreto, el Of‌i cio Nº 7245-2008-
GRL-GRPPAT-SGRP que adjunta el proyecto del
Presupuesto Institucional de Apertura Año Fiscal 2009,
Of‌i cio Nº 1235-2008-GR-SCR y el Dictamen Nº 014-
2008 de la Comisión de Planeamiento Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio Nº 7245-2008-GRL-
GRPPAT-SGRP, de fecha 22 de diciembre del 2008
la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto
y Acondicionamiento Territorial, en mérito a lo
establecido en los artículos 53º numeral 53.1.1) literal
a) y b), 54º numeral 54.1) literal a) y b), numeral 54.2
de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, pone a consideración del Consejo
Regional a través del Presidente del Gobierno Regional
de Loreto, el proyecto del Presupuesto Institucional de
Apertura Correspondiente al Año Fiscal 2009, para su
aprobación en atención a que el Pliego 453 del Gobierno
Regional del Departamento de Loreto no debe exceder
del 31 de diciembre del 2008.
Que, el Artículo Inciso a) de la Ley Nº 27867
modif‌i catorias, establece que los Gobiernos Regionales
son competentes para aprobar su organización interna
y su presupuesto.
Que, asimismo, el Artículo 10º numeral 1 Inciso
c) de la acotada Ley, dispone que son competencias
exclusivas de los Gobiernos Regionales, aprobar su
organización interna y su presupuesto institucional
conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado
y las Leyes Anuales de Presupuesto, concordante con
el Art. 35º literal c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases
de la Descentralización.
Que, el Artículo 15º Inciso a) de la Ley precedente
estipula que son atribuciones del Consejo Regional
aprobar, modif‌i car o derogar las normas que regulen
o reglamenten los asuntos, materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional.
Que, para el Año Fiscal 2009 se tiene previsto un
Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) por toda
Fuente de Financiamiento de S/. 615’ 087,372.00, en
concordancia con la Ley Nº 29289 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2009.
Que, la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial debe
remitir a más tardar el día 05 de enero del 2009 el
Presupuesto aprobado, a la Comisión de Prepuesto y
Cuenta General de la República del Congreso de la
República, a la Contraloría General de la República y a
la Dirección Nacional del Presupuesto Público.
Que, el Consejo Regional en uso de sus atribuciones,
derechos, y obligaciones funcionales establecidos en
los artículos 15º literal a), c) y 16º literal a) de la Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y
sus modif‌i catorias; artículos 6º literal a) y 10º literal a)
del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto,
aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001-
2003-CR/RL, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de
diciembre del 2008, llevada a cabo en las Instalaciones
del Consejo Regional de Loreto; con el voto unánime de
sus miembros, la dispensa de lectura y aprobación del
Acta; Acordó por Unanimidad lo siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR EL PRESUPUESTO
INSTITUCIONAL DE APERTURA DEL AÑO FISCAL
2009, DEL PLIEGO 453-GOBIERNO REGIONAL DEL
DEPARTAMENTO DE LORETO, POR TODA FUENTE
DE FINANCIAMIENTO ASCENDENTE A LA SUMA
DE SEISCIENTOS QUINCE MILLONES OCHENTA Y
SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 615’087,372.00) DE ACUERDO AL
SIGUIENTE DETALLE:
INGRESOS
01 RECURSOS ORDINARIOS S/ 456’927,000.00
02 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS S/ 19’741,160.00
05 RECURSOS DETERMINADOS S/ 138’419,212.00
TOTAL S/ 615’087,372.00
EGRESOS
GASTOS CORRIENTES S/ 546’759,971.00
GASTOS DE CAPITAL S/ 68’327,401.00
TOTAL S/ 615’087,372.00
Artículo Segundo.- ENCARGAR al Presidente,
Gerente General Regional, Gerencia Regional de
Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
y demás titulares de los diferentes órganos del Gobierno
Regional de Loreto dar cumplimiento al presente Acuerdo
conforme a sus atribuciones.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, remitir el Presupuesto Institucional de
Apertura del Año Fiscal 2009, aprobado a la Comisión
de Presupuesto y Cuenta General de la República del
Congreso de la República, Contraloría General de la
República y Dirección Nacional del Presupuesto Público
del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 05 de
enero del año 2009.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría del
Consejo Regional de Loreto, efectuar las publicaciones
de Ley.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SILVIA RUÍZ PEÑA
Consejera Delegada del Consejo Regional
296865-1
Declaran improcedente recurso de
apelación interpuesto contra la R.D.
Nº 268-2008-GRL-DRA-L
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 2235-2008-GRL-P
Villa Belén, 16 de diciembre del 2008
Visto, el Recurso de Apelación interpuesto por don
Marco Antonio Nureña Sanguinetti, contra la Resolución
Directoral Nº 268-2008-GRL-DRA-L de fecha 14 de agosto
de 2008; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 268-
2008-GRL-DRA-L de fecha 14 de agosto de 2008, el
Director Regional de la Dirección Agraria de Loreto,
resolvió declarar improcedente la solicitud formulada
por el ex - trabajador MARCO ANTONIO NUREÑA
SANGUINETTI.
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