Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presunto responsable de delitos contra la fe pública y defraudación de rentas de aduanas

Fecha de publicación06 Enero 2000
Fecha de disposición06 Enero 2000
Pág. 182432
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 6 de enero del 2000
ADUANAS
Autorizan a procurador iniciar proceso
judicial contra presunto responsable
de delitos contra la fe pública y de-
fraudación de rentas de aduanas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
EJECUTIVA DE ADUANAS
Nº 001647
Callao, 30 de diciembre de 1999
Vistos, el Atestado Nº 056-99-ADUANAS-PP/UIE del
23.NOV.99; y,
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la documentación alcanzada por la Inten-
dencia Nacional de Fiscalización Aduanera mediante Memorán-
dum Nº 100-96-ADUANAS-INFA.12.02.03 del 26.ENE.96, se
tomó conocimiento de irregularidades detectadas en la documen-
tación sustentatoria adjunta al Recurso de Reclamación presen-
tado ante ADUANAS por la persona de César Mariano BUSTA-
MANTE ANCO, con la finalidad de recuperar la mercancía que le
fuera incautada durante el operativo "Relámpago V", habiéndose
derivado los actuados a la Unidad de Investigaciones Especiales
Adscrita a la Superintendencia Nacional de Aduanas para su
indagación técnico - policial correspondiente;
Que, practicadas las investigaciones por dicha Unidad, se ha
formulado el Atestado de vistos en el cual se evidencia presunta
responsabilidad penal por parte de CESAR MARIANO BUSTA-
MANTE ANCO, al haber internado al Territorio Nacional mer-
cancías extranjeras procedentes de la Zona de Tratamiento
Especial Comercial de Tacna (ZOTAC), al amparo de la exonera-
ción que concede el Decreto Supremo Nº 202-92-EF, dándoles a
tales mercancías un fin distinto al autorizado, así como haber
presentado ante ADUANAS la Boleta de Venta Nº 0409, con el
Logotipo de la Tienda Comercial "MUSIC HOUSE", en cuyo
formulario en blanco consignó datos falsos para sorprender a la
Administración Aduanera, haciendo aparentar que la mercancía
que comercializaba era de procedencia lícita;
Que, los hechos anteriormente descritos por la forma y cir-
cunstancias en que se produjeron, configuran los delitos de
Defraudación de Rentas de Aduana previsto y penado en el
Artículo 5º de la Ley Nº 26461 y Contra la Fe Pública, previsto y
penado en el Artículo 427º del Código Penal Vigente, lo cual
sustenta la necesidad de autorizar al Procurador Público de esta
Superintendencia para que ejerza las acciones judiciales a que
hubiere lugar;
De conformidad con lo dispuesto por la Primera Disposición
Complementaria de la Ley General de Aduanas -Decreto Legis-
lativo Nº 809-; y,
En ejercicio de las facultades delegadas mediante Resolución
de Superintendencia de Aduanas Nº 002759 del 22.DIC.95;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- AUTORIZAR al Procurador Público encar-
gado de los asuntos judiciales de la Superintendencia Nacional de
Aduanas, para que en defensa y representación de los derechos
e intereses del Estado, ejerza las acciones judiciales a que hubiere
lugar en contra de CESAR MARIANO BUSTAMANTE ANCO,
por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente
Resolución; debiéndose para el efecto remitírsele la documenta-
ción actuada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSE HERRERA MEZA
Superintendente Ejecutivo
0072
Aprueban Procedimiento de Verifica-
ción de Precios de Mercancías sujetas
al Sistema de Verificación según Acuer-
do de Valor de la OMC INFA-PE.06
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL
Nº 1808
Callao, 31 de diciembre de 1999
VISTAS, la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº
000971 de 3.9.99 y Resolución de Intendencia Nacional de Fisca-
lización Aduanera Nº 1447 de 10.9.99.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Intendencia Nacional de Fisca-
lización Aduanera Nº 1447 de 10.9.99 se aprobó entre otros el
Procedimiento "Fiscalización de Empresas Supervisoras" INFA-
PG.02 (Versión 2);
Que, mediante Resolución de Superintendencia de Aduanas
Nº 001323 de 16.12.99 se delegó exclusivamente en los Intenden-
tes Nacionales de Técnica Aduanera, de Recaudación Aduanera,
y de Fiscalización Aduanera, las facultades resolutivas para que
dentro del ámbito de competencia de cada una de ellas, formali-
cen la aprobación de nuevos procedimientos o instructivos dispo-
niendo que los mismos sean incorporados en el "Listado General
de Procedimientos en Aduanas", o de ser el caso para modificar o
precisar los Procedimientos que se detallan en este Listado;
Que, siguiendo las pautas establecidas por el procedimiento
general "Guía para la elaboración de Procedimientos" ST-PG.01,
se ha elaborado el procedimiento a que se refiere el considerando
anterior;
En uso de las facultades conferidas por el Estatuto de Adua-
nas, aprobado por Resolución de Superintendencia de Aduanas
Nº 001223 de 24 de noviembre de 1999;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR el "Procedimiento de Verificación de
Precios de Mercancías sujetas al Sistema de Verificación según
Acuerdo de Valor de la OMC" INFA-PE.06 (Versión 1), el mismo
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- La distribución e implementación del Procedi-
miento Específico aprobado por la presente Resolución son de
responsabilidad de la Intendencia Nacional de Fiscalización y de
la Secretaría Técnica de Calidad.
Artículo 3º.- El Procedimiento Específico aprobado en el
Artículo 1º de la presente Resolución entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GINO ALBAN PERALTA
Intendente Nacional
Intendencia Nacional de Fiscalización Aduanera
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACION
DE PRECIOS DE MERCANCIAS SUJETAS
AL SISTEMA DE VERIFICACION SEGUN
EL ACUERDO DE VALOR DE LA OMC
I. OBJETIVO
Establecer el procedimiento a seguir por las empresas verifi-
cadoras para la verificación de precios según el Acuerdo de
inspección Previo a la Expedición de la OMC en el marco del
Acuerdo del Valor de la OMC, a fin de determinar la base
imponible de los impuestos a la importación, de las mercancías
sujetas al Sistema de Supervisión.
II. ALCANCE
Está dirigido al personal de ADUANAS, Importadores, Des-
pachadores de Aduana y Empresas Verificadoras.
III. RESPONSABILIDAD
La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido
en el presente procedimiento es responsabilidad de las Intenden-
cias de las Aduanas de la República, de la Intendencia Nacional
de Fiscalización Aduanera, de los Despachadores de Aduanas y
de las Empresas Verificadoras.
IV. VIGENCIA
A partir del 1 de enero del 2000.
V. BASE LEGAL
- Acuerdo sobre Inspección Previo a la Expedición del Acuer-
do General de Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, aproba-
do por Resolución Legislativa Nº 26407 del 18.12.94.
- Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del Acuerdo
General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, aproba-
do por Resolución Legislativa Nº 26407 del 18.12.94.
- Decreto Supremo Nº 186-99-EF que aprueban el Reglamen-
to para la valoración de mercancías según el Acuerdo sobre
valoración en Aduana de la OMC.
- Decreto Supremo Nº 187-99-EF que establecen disposicio-
nes para la aplicación del Acuerdo sobre valoración en Aduana de
la OMC por parte de Empresas Verificadoras.
VI. NORMAS GENERALES
1. Las empresas Verificadoras, verificarán el precio de las
mercancías de conformidad con las disposiciones del Acuerdo de
Inspección previo a la expedición y del Acuerdo Relativo a la

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