Presunción de inocencia

La semana pasada, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, presidida por el magistrado Javier Villa Stein, anuló la sentencia de ocho años de cárcel que había impuesto la Corte Superior al ex presidente Alberto Fujimori, y lo absolvió del delito de peculado en el caso conocido como Diarios Chicha. Pero sus repercusiones siguen vigentes.El fallo judicial, en efecto, no ha estado exento de polémica, como lo evidencian las opiniones en uno y otro sentido de diversos expertos en la materia. Desde el punto de vista estrictamente jurídico, varios abogados sostienen que existen argumentos razonables para concluir, al igual que la sala permanente de la Corte Suprema, que la conducta de Alberto Fujimori no encajaba dentro del tipo penal de peculado, puesto que los S/122 millones desviados de las Fuerzas Armadas hacia el Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) para la compra de la línea editorial de los diarios chicha no se encontraban legalmente bajo la administración y custodia de Fujimori. Otros tantos, en cambio, responden que, al haber firmado las resoluciones supremas que justificaban los ?gastos secretos? del SIN, Fujimori sí resultaba responsable por controlar y fiscalizar su uso.En este contexto, el pleno de la Corte Suprema está llamado a poner fin a la controversia y definir claramente el estándar de responsabilidad que puede alcanzar a altos funcionarios por el aprovechamiento (propio o de terceros) de recursos públicos. Pues resulta inevitable que el resultado de la última sentencia deje una sensación de impunidad cuando se considera que se ha utilizado un estándar más indulgente que en casos previos. Más aun, cuando el fallo de la sala que preside el juez Villa Stein utiliza un argumento tan inverosímil como el de sostener que puesto que según la ley el presidente es quien firma las resoluciones supremas, entonces dicha firma ?no lo hace responsable penalmente por obrar en cumplimiento de sus obligaciones?, equiparando así la figura del presidente a una irreflexiva mesa de partes, como si aquel no tuviera la facultad de negarse a firmar aquello con lo que no estuviera de acuerdo o que le resultara sospechoso (especialmente teniendo en cuenta que uno puede incurrir en el tipo penal de peculado por negligencia).Pero aunque una sentencia judicial pueda definir el...

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