Presentación

AutorEdgar Carpio Marcos; Pedro Grández Castro; Oscar Súmar
CargoDirector/Director/Editor Principal
Páginas7-8

Page 7

Tras dos años de haber inaugurado nuestra revista, como el único espacio que recogía la obra jurisprudencial del Tribunal Constitucional, así como la discusión crítica de sus decisiones, este año nos vemos animados por la aparición de nuevas publicaciones que siguen nuestros pasos. De este modo, la construcción, no siempre lineal del Estado Constitucional, se deja sentir también en el campo editorial.

El interés creciente por el Derecho Constitucional y sus problemas prácticos que son abordados por la Jurisprudencia, es en efecto, un fenómeno auspicioso para el desarrollo del Estado Democrático. Tal interés por lo demás, no es sólo de índole académico o teórico, sino eminentemente práctico. Como muestra la ascendente demanda de las vías constitucionales como medios para la tutela de los derechos de los ciudadanos, los ciudadanos y sus abogados, han venido confiando de manera creciente en los últimos años en la justicia constitucional, al punto de hacernos reflexionar, también a nosotros, sobre la necesidad de restringir el número de causas que ingresan al Tribunal, a efectos de no colapsarlo y anular por completo sus funciones básicas: esto es, el de ser instancia última y extrema para la reparación de violaciones de los derechos fundamentales; y el del control constitucional de la legislación, además de arbitrar los conflictos competenciales, que por cierto, en la dinámica de un desarrollo institucional del Estado Constitucional tienden a acrecentarse.

De este modo, la aparición de nuevas publicaciones en materia constitucional, constituye de alguna forma, es un baremo de medición de la confianza de la comunidad en las instituciones del Estado Democrático Constitucional de Derecho. Ya no son sólo los Códigos lo que leen los abogados, hoy existe una creciente preocupación por los argumentos de las sentencias, y en especial por las sentencias del Tribunal Constitucional. Quizá porque desde una perspectiva pragmática comprenden que en estos fundamentos puede encontrarse finalmente el argumento que buscan para sustentar una demanda o un recurso o quizá porque, con cierta convicción, van asumiendo la tesis básica del Estado Constitucional, según la cual, el Derecho ya no es sólo la ley, sino también las interpretaciones de la ley y de la Constitución asumidas por los jueces en su quehacer diario de dar respuestas a los casos. Esta comprensión del Derecho, ratifica la importancia de la actividad judicial en general, y en particular, la...

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