La posición oficial del Perú en torno a las zonas marítimas de la Convemar a partir del diferendo marítimo con Chile

AutorSandra Namihas
CargoCoordinadora e investigadora del Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas95-108
La posición oficial del Perú en torno a las
zonas marítimas de la Convemar a partir del
diferendo marítimo con Chile
The official Peruvian position regarding maritime areas of
UnClos from the maritime dispute with Chile
SANDRA NAMIHAS*
Resumen: El presente artículo pretende demostrar cómo, durante el proceso
ante La Haya y con posterioridad a este, el Estado peruano ha definido la
naturaleza jurídica de sus doscientas millas de dominio marítimo, al asumir su
compatibilidad con las zonas marítimas establecidas en la Convención de las
Palabras clave: zonas marítimas – dominio marítimo – Perú-Chile –
Convemar
Abstract: The article purports to express how, in the course of and subsequent
to the proceedings in The Hague, the Peruvian Government has defined the
legal nature of its 200 miles of maritime domain, by assuming its compatibility
with the maritime zones established by United Nations Convention on the
Law of the Sea (UnClos).
Key words: maritime areas – maritime domain – Peru-Chile – UnClos
CONTENIDO: I. INTRODUCCIÓN.– II. DEFINICIÓN DE LA CONTROVERSIA
POR EL PERÚ ANTE LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA Y SU
VINCULACIÓN CON LAS ZONAS MARÍTIMAS CONSAGRADAS EN LA
CONVEMAR.– III. EL COMPROMISO DEL PERÚ DE RESPETAR LAS ZONAS
MARÍTIMAS CONSAGRADAS EN LA CONVEMAR.– III.1. LA DEMANDA
PERUANA.– III.2. EL ALEGATO ORAL PERUANO.– III.3. LA DECLARACIÓN
CONJUNTA DE LOS MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES Y DEFENSA
DEL PERÚ Y CHILE DE FECHA 6 DE FEBRERO DE 2014.– IV. CONCLUSIÓN.
I. INTRODUCCIÓN
Desde que se promulgó el decreto supremo 781 en 1947, se abrió un largo
debate en el Perú entre los denominados territorialistas y los zonistas. Los
primeros sostenían que la referida norma consagraba un mar territorial
de doscientas millas1, mientras que los segundos señalaban que lo que
* Coordinadora e investigadora del Instituto de Estudios Internacionales (IDEI) de la Pontificia
Universidad Católica del Perú. Correo electrónico: snamihas@pucp.edu.pe
1 La supuesta existencia de 200 millas de mar territorial, sostenida por esta teoría, fue descartada por
la mayoría de países en los años setenta y nunca llegó a ser una norma del derecho internacional.
Ver AriAs-schreiber, Alfonso. «La Tercera Conferencia sobre el Derecho del Mar y la participación
del Perú». En Sandra NAmihAs (ed.), Derecho del Mar. Análisis de la Convención de 1982, Lima:
Instituto de Estudios Internacionales (IDEI)/Sociedad Peruana de Derecho Internacional/Instituto de
Estudios Histórico-Marítimos/Fondo Editorial de la PUCP, 2001, p. 71.
N° 73, 2014
pp. 95-108

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